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Fecha de publicación: 25/04/2026
Autorizan viaje de Ministro de Desarrollo Agrario y Riego a la República de Turquía y encargan su Despacho a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Autorizan viaje de responsable y coinvestigadora de proyecto de la Universidad Nacional de Trujillo para participar en capacitación a realizarse en Argentina

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

UNT

RESOLUCIÓN RECTORAL

N° 608-2026/UNT

Trujillo, 23 de abril de 2026

Visto el documento N°100826582 - expediente N°054326582E, promovido por el Mg. Edgar David Zavaleta Verde, sobre autorización de viaje al exterior;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el párrafo final del artículo 18°, establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, rigiéndose por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las leyes; precepto recogido en el artículo 8° de la Ley Universitaria N°30220, que reconoce la autonomía universitaria y precisa que esta se ejerce de conformidad con la Constitución, la citada ley y demás normativa aplicable, manifestándose en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, concordante con el artículo 13° del Estatuto de la Universidad Nacional de Trujillo;

Que, mediante Resolución de Consejo Universitario N°032-2024/UNT de fecha 19.01.2024, se aprobó el Contrato N°PE501085431-2023-PROCIENCIA-BM, del Concurso E044-2023-01-BM denominado “Fortalecimiento de Laboratorios”, para ejecución del Proyecto denominado “Secuenciación automatizada como herramienta complementaria a las tecnologías multi-ómicas en el estudio sistemático de la microbiota ambiental y agroindustrial”, convocado por PROCIENCIA, cuyo responsable de su ejecución es el Dr. Edgar David Zavaleta Verde, docente nombrado de la Facultad de Ciencias Biológicas del Departamento Académico de Microbiología y Parasitología;

Que, mediante Resolución Rectoral N°421-2026/UNT de fecha 19.03.2026, se autorizó la incorporación de saldo de balance vía crédito suplementario al Presupuesto Institucional del Pliego 512 Universidad Nacional de Trujillo para el Año Fiscal 2026, de la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, hasta por el monto de S/ 82,523.00 (ochenta y dos mil quinientos veintitrés y 00/100 soles), de la Transferencia Financiera N°2023-001736-0000000224-0001 y la Transferencia Financiera N°2024-001736-0000000006-0001, para el financiamiento del proyecto de investigación con Contrato N°PE501085431-2023-PROCIENCIA-BM;

Que, en el marco del proyecto de investigación aplicada anteriormente citado, mediante Oficio N°04-2026- Contrato N°PE501085431-2023-PROCIENCIA-BM-UNT, el Mg. Edgar David Zavaleta Verde solicita autorización de viaje al exterior desde el 25 de abril al 03 de mayo del presente año, en comisión de servicios como Responsable Técnico y para la Coinvestigadora Bertha Soledad Soriano Bernilla, a fin de participar en la capacitación que se llevará a cabo desde el 27 de abril al 02 de mayo del 2026, en las instalaciones del Instituto de Microbiología y Zoología Agrícola del Centro de Investigación en Ciencias Veterinarias y Agronómicas del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – Argentina;

Que, por Resolución Jefatural N°511 y 514-2026-UNT/URH-APERACAD de fecha 17.04.2026, se concedieron cuatro días de comisión de servicios, del 27 al 30 de abril del 2026, a favor de los docentes Edgar David Zavaleta Verde y Bertha Soledad Soriano Bernilla participar en la capacitación que se llevará a cabo desde el 27 de abril al 02 de mayo del presente año, en las instalaciones del Instituto de Microbiología y Zoología Agrícola del Centro de Investigación en Ciencias Veterinarias y Agronómicas del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – Argentina; asimismo, se precisó que dicha visita es parte de las actividades y gastos programados en el plan operativo del proyecto con Contrato N°PE501085431-2023-PROCIENCIA-BM, con N° de convocatoria EO44-2023-01-BM, Esquema Financiero E044-2023-01-BM Equipamiento para la investigación científica, “Fortalecimiento de Laboratorios”;

Que, mediante Oficio N°523-2026-UNT/DINE, la Dirección de Investigación y Ética alcanza el Informe N°059-2026-BNAC/VIN-DINE de la Asistente Econ. Brenda Nikol Abad Cerna, quien refiere que, para la ejecución del proyecto, la Dirección de Investigación y Ética ofrece el apoyo y el direccionamiento de lo requerido, quedando la solicitud del responsable técnico como declaración jurada; por lo que solicita atender el requerimiento;

Que, en atención al Proveído N°114-2026-R/UNT del despacho Rectoral, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal N°436-2026-OAJ/UNT, refiere que se debe tener en consideración lo señalado en el Contrato N°PE501085431-2023-PROCIENCIA-BM, cláusula octava; al respecto, precisa que a la Universidad Nacional de Trujillo (UNT) como Entidad Ejecutora, se le exhorta mantener de manera organizada y transparente la gestión de los recursos financieros brindados por PROCIENCIA; en ese sentido, refiere que el presupuesto incorporado para el mencionado proyecto se realizó mediante la fuente de financiamiento como DONACIONES Y TRANSFERENCIAS, recursos que se encuentran bajo la administración de la Universidad;

Que, en ese sentido, señala que las normas de autorización de viaje al exterior de los docentes solicitantes se debe desarrollar en el marco normativo de la Ley N°27619 “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos” y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N°047-2002-PCM; entendiendo que, el Responsable Técnico y la Coinvestigadora realizan ciertas labores administrativas al gestionar los recursos financieros y técnicos documentales para la ejecución y viabilidad del proyecto, por lo que, se enmarcarían como servidores públicos por su gestión administrativa;

Que, en esa línea de ideas, determina que la autorización para el viaje al exterior se debe otorgar en mérito al objeto del proyecto, donde PROCIENCIA otorga a favor de la UNT la subvención de recursos monetarios para su total ejecución, para lo cual se requiere la asistencia a la capacitación a realizar en Argentina como una actividad programada dentro del Plan Operativo del proyecto, motivo que se sustenta como interés no solo de la adquisición de conocimiento por parte de los docentes participantes, sino también como el fortalecimiento de la imagen institucional en temas de investigación de la UNT, de conformidad con el artículo 2° del D.S. N° 047-2002-PCM; adicionalmente, precisa que los gastos a realizar deben ser afectados a lo presupuestado financieramente con la suma dineraria incorporada como saldo para el presente año fiscal;

Que, por lo tanto, opina que se emita resolución rectoral autorizando el viaje al exterior solicitado, en virtud a lo previsto en el artículo 11° del Decreto Supremo Nº047-2002-PCM y el artículo 42° del Reglamento N°014-2024-UNT/URH “Reglamento De Control, Asistencia, Permanencia y Licencias para el Personal Docente de la UNT”;

Estando a lo expuesto, en mérito a las atribuciones conferidas al Rectorado, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, artículos 8°, 60° y 62° inciso 62.2 de la Ley Universitaria N°30220 concordante con los artículos 27° y 28° del Estatuto reformado;

SE RESUELVE:

1°).- AUTORIZAR el viaj e al exterior del Responsable Técnico EDGAR DAVID ZAVALETA VERDE y la Coinvestigadora BERTHA SOLEDAD SORIANO BERNILLA del Proyecto denominado “Secuenciación automatizada como herramienta complementaria a las tecnologías multi-ómicas en el estudio sistemático de la microbiota ambiental y agroindustrial”, desde el 25 de abril al 03 de mayo del 2026 para participar en la capacitación que se llevará a cabo en las instalaciones del Instituto de Microbiología y Zoología Agrícola del Centro de Investigación en Ciencias Veterinarias y Agronómicas del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – Argentina.

2°).- DISPONER que la Unidad de Abastecimientos realice la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, para lo cual deberá remitir en formato digital, con cargo a la partida de la unidad usuaria.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

HERMES NATIVIDAD SIFUENTES INOSTROZA

Rector

HAYDEE MARISOL CARRANZA CASTAÑEDA

Secretaria General (e)

2509586-1