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Fecha de publicación: 26/04/2026
Designan Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa de Mejor Atención al Ciudadano – Programa MAC

Designan Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI

Resolución Directoral Ejecutiva

Nº 036-2026/APCI-DE

Miraflores, 23 de abril de 2026

VISTOS:

El Informe Nº 0044-2026-APCI/OAD del 23 de abril de 2026, de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 0296-2026-APCI/OAD-URH del 23 de abril de 2026, de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; y el Informe Nº 012-2026-APCI/GG del 22 de abril de 2026 de la Gerencia General de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que tiene por funciones ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y privado, en función de la política nacional de desarrollo, y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa; ejecuta la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI); y, proyecta la oferta peruana de cooperación técnica internacional, en el marco de las prioridades de desarrollo nacional y de política exterior;

Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado; así como, para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas;

Que, el artículo 2 de la Ley del Servicio Civil establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasifican en los siguientes grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias; señalando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de confianza;

Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 3 de la Ley del Servicio Civil, el servidor de confianza es el servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos y cuya permanencia en el servicio civil está determinada y supeditada a la confianza por parte de la persona que lo designó e ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; debiendo cumplir con el perfil del puesto en función de formación, conocimiento y experiencia y no están sujetos a período de prueba, conforme lo prevén los artículos 178 y 263 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM;

Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil dispone que el vínculo entre los servidores de confianza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confianza de quien los designa; en tanto su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad;

Que, con Resolución Directoral Ejecutiva Nº 040-2019/APCI-DE del 27 de marzo de 2019 se aprobó el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, actualizado mediante Resolución Administrativa Nº 032-2024/APCI-OGA del 27 de agosto de 2024, en el que se establece que el puesto de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica pertenece al grupo de servidores civiles: Directivo público, familia de puestos: Dirección Institucional, rol: Dirección Estratégica, puesto tipo: DP0010215 - Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de Gobierno Nacional, código del puesto: DP0014, dependencia jerárquica: Director Ejecutivo, grupo de servidores al que reporta: Funcionario Público;

Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000093-2021-SERVIR-PE, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 2 de julio de 2021, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en Sesión Nº 016-2021, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; cuya última actualización fue aprobada con la Resolución Administrativa Nº 066-2025/APCI-OGA del 11 de noviembre de 2025, considerándose el puesto de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, número de orden 014, naturaleza del órgano: Asesoramiento y Código del Puesto: DP0014, comprendido en el Registro de Servidores de Confianza del Registro de Contratación Directa y Plan de Implementación de la APCI;

Que el literal n) del artículo 11 del Texto Integrado del ROF de la APCI, aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 006-2026/APCI-DE, establece que la Dirección Ejecutiva es la encargada de la designación y remoción de los servidores de confianza de los órganos de la APCI;

Que, los artículos 16, 17 y 18 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 044-2025-RE, establece dentro de la estructura orgánica de la APCI a la Oficina de Asesoría Jurídica como órgano de asesoramiento de la APCI, así como las funciones de dicho órgano;

Que, con Resolución Directoral Ejecutiva Nº 035-2026/APCI-DE del 23 de abril de 2026, se aceptó la renuncia presentada por la señora Susana Vasquez Huapaya al cargo de confianza de Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, quedando vacante dicho puesto;

Que, con Informe Nº 012-2026-APCI/GG del 22 de abril de 2026, la Gerencia General de la APCI propone la designación de la abogada Lillian Lourdes Carrillo Meza en el cargo de Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI;

Que, con Informe Nº 0044-2026-APCI/OAD, la Oficina de Administración brinda su conformidad al Informe Nº 0296-2026-APCI/OGA-URH del 23 de abril de 2026, en el que la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de la APCI comunica que, tras evaluar el perfil de la señora Lillian Lourdes Carrillo Meza, ésta cumple con los requisitos para el puesto de jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI y no se encuentra impedida o inhabilitada para el ejercicio de la función pública;

Que, teniendo en cuenta lo informado por la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, resulta necesario emitir la resolución correspondiente; precisándose que los derechos y obligaciones del servidor civil se encuentran regulados en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y demás normas complementarias y conexas;

Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la Oficina de Administración y de la Gerencia General de la APCI; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y sus modificatorias; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y sus modificatorias; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI, y sus normas modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 044-2025-RE que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI; y, en concordancia con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la incorporación y designación, a partir del 23 de abril de 2026, de la señora Lillian Lourdes Carrillo Meza, en el cargo de confianza de Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, perteneciente al grupo de Directivos Públicos, familia de puestos de Dirección Institucional, rol de Dirección Estratégica, con Código del Puesto en el Cuadro de Perfil de Puestos (CPE) DP0014, bajo el Régimen de la Ley del Servicio Civil.

Artículo 2.- El vínculo de la servidora se rige por el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General, las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y demás normas complementarias y conexas.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la Oficina de Administración y a la Unidad de Recursos Humanos para las acciones correspondientes.

Artículo 4.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos notificar la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la señora Lillian Lourdes Carrillo Meza.

Artículo 5.- Disponer a la Oficina de Administración la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (www.gob.pe/apci) en el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese y comuníquese.

Noela María Eufemia Pantoja Crespo

Directora Ejecutiva

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

2509507-1