Aprueban modificación de la Ficha del “Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo”, versión 9, de la Carta de Servicios de PROMPERÚ
Resolución de Gerencia General
N° 000063-2026-PROMPERU/GG
San Isidro, 23 de abril del 2026
VISTOS: El Informe Técnico N° 000034-2024-PROMPERU/DT y el Memorando N° 000139-2026-PROMPERU/DT de la Dirección de Promoción del Turismo; los Memorandos N° 000109-2026-PROMPERU/GG-OPP y N° 000081-2026-PROMPERU/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Técnicos N° 000005-2026-PROMPERU/GG-OPP-UDOM y N° 000008-2026-PROMPERU/GG-OPP-UDOM de la Unidad de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000207-2026-PROMPERU/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 2 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales;
Que, asimismo, el literal b) del artículo 13 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, establece que son ingresos de Promperú los ingresos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones, que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada;
Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de una Resolución de su Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y los respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, dispone que el Titular de la entidad mediante Resolución que deberá ser publicada establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago, así como que toda modificación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 178-2015- PROMPERU/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden;
Que, mediante Informe Técnico N° 000034-2026-
PROMPERU/DT, la Dirección de Promoción del Turismo propone y emite sustento técnico de la modificación de la Ficha del “Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo” de la Dirección de Promoción del Turismo en la Carta de Servicios de PROMPERÚ;
Que, según el literal a) del artículo 25 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERU/PE, corresponde a la Unidad de Desarrollo Organizacional y Modernización formular y actualizar, entre otros, la Carta de Servicios, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas de la entidad y proponer el documento a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
Que, a través del Informe Técnico N° 000005-2026-PROMPERU/GG-OPP-UDOM, complementado con el Informe Técnico N° 000008-2026-PROMPERU/GG-OPP-UDOM, la Unidad de Desarrollo Organización y Modernización, evalúa y emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la Dirección de Promoción del Turismo; y, en consecuencia, recomienda aprobar la modificación de la Ficha del “Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo” de la Carta de Servicios de PROMPERÚ;
Que, con Informe N° 000207-2026-PROMPERU/GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que resulta viable la emisión del acto resolutivo, a fin de aprobar la modificación de la Ficha del “Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo” de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, evaluado por la Unidad de Desarrollo Organizacional y Modernización, con la conformidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
Que, mediante el literal b) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000001-2026-PROMPERU/PE, se delega en el Gerente General la facultad de aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modificatorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional;
Con el visto bueno de la Dirección de Promoción del Turismo, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Desarrollo Organizacional y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, Establecen disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERU/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 0054-2026-PROMPERU/PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación de la Ficha del “Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo”, versión 9, de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, la misma que anexa en diez (10) folios y forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación.
Artículo 3.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal Web Institucional de PROMPERÚ (www.gob.pe/promperu) efectué la difusión de la presente Resolución y la Ficha del “Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo”, versión 9, de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, el mismo día de la publicación a la que se refiere el artículo 2.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS DÍAZ CALLIRGOS
Gerente General
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Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ |
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Dirección de Promoción del Turismo |
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Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo1 |
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1. Descripción: Son eventos comerciales masivos de exhibición de servicios turísticos donde confluyen la oferta y la demanda de la industria del turismo de numerosos países. Existen cuatro (4) tipos: a) Feria Internacional Tipo A: Son ferias donde participan tour operadores, profesionales del turismo y público en general. Están orientadas al B2B y B2C. b) Feria Internacional Tipo B: Son ferias dirigidas al segmento de turismo de reuniones (Reuniones, Congresos, Incentivos y Exposiciones). Están orientadas al B2B y participan profesionales de turismo especializados en este tipo de eventos. c) Feria Internacional Tipo C: Son ferias dirigidas al segmento especializado en turismo de lujo o alta gama. Están orientadas al B2B y participan profesionales de turismo especializados en este tipo de eventos. d) Feria Internacional Tipo D: Son ferias dirigidas a segmentos nicho de turismo. Están orientadas al B2B y B2C, donde participan profesionales de turismo especializados en este tipo de eventos. 2. Alcance: El servicio se desarrolla a nivel internacional2. 3. Órgano o unidad orgánica responsable de brindar el servicio: Dirección de Promoción del Turismo: Ferias Tipo B. Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo: Ferias Tipos A, C y D. |
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Requisitos |
Precio de venta3 |
Forma de pago |
Presentación de documentación |
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Tipo de feria |
% UIT* |
S/. |
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1. Encontrarse inscrito en el Registro de Coexpositores en Eventos Internacionales de Promoción del Turismo. (Ver Anexo N° 1) 2. Solicitud de Participación en Eventos Internacionales de Turismo, debidamente completada a través de la plataforma Web “Módulo de Coexpositores”, y suscrita4 (mediante firma digital5 o manuscrita, no se acepta el pegado de la imagen de una firma). 3. Contrato de Participación en Ferias Internacionales de Turismo, debidamente completado a través de la plataforma Web “Módulo de Coexpositores” y suscrito4 (mediante firma digital5 o manuscrita, no se acepta el pegado de la imagen de una firma). |
Tipo A |
242,92 |
13 360.61 |
Cuota de inscripción6: 20% del precio final7, dentro de los tres (3) días hábiles contados desde el día siguiente de notificada la admisión de su Solicitud de Participación. Cuota final6: 80% del precio final7, hasta 60 días calendario antes de la fecha de inicio de la feria. |
De la Solicitud y Contrato de Participación: Versión impresa (firma manuscrita) Área de Trámite Documentario (Calle Uno Oeste N° 50, Edificio MINCETUR, Piso 1, San Isidro, 15036 Lima, Perú) Versión PDF (firma digital) Plataforma Web "Módulo de Coexpositores”: http:/coexpositores.promperu.gob.pe |
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Tipo B |
391,68 |
21 542.55 |
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Tipo C |
454.79 |
25 013.62 |
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Tipo D |
Se aprobará por Resolución de Gerencia General |
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* Porcentaje de UIT (Unidad Impositiva Tributaria) para el año 2026, el porcentaje se actualiza de acuerdo con la variación del valor de la UIT.
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Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ |
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Dirección de Promoción del Turismo |
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Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo |
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Requisitos |
Precio de venta |
Forma de pago |
Inscripción |
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4. No tener adeudos en PROMPERÚ. 5. Pago de las cuotas de inscripción y final. 6. Solo para Ferias Tipo B: Contar con una experiencia mínima de tres (03) años en el segmento de RICE (Reuniones, Incentivos, Congresos y eventos)8. 7. Solo para Ferias Tipo C: Contar con una experiencia mínima de cinco (05) años operando en el segmento de alta gama9. 8. Solo para Ferias Tipo D: Para el segmento Aventura: Estar inscrito en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del MINCETUR como agencia de viajes y turismo autorizada para prestar el servicio de turismo de aventura¹0. |
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Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ |
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Dirección de Promoción del Turismo |
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Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo |
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Condiciones Generales del Servicio |
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I. Participación de empresas 1.1. Los coexpositores que deseen participar en una Feria Internacional de Turismo, debe remitir la “Solicitud de Participación en Eventos Internacionales de Turismo”, debidamente completada y suscrita, y los documentos que acrediten el cumplimiento de los criterios de evaluación conforme se señala en el numeral 1.4. de la presente sección en la fecha indicada, a través de los medios establecidos en la sección de “Presentación de documentación”. 1.2. Una vez recibida la solicitud, PROMPERÚ revisa la documentación recibida en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de su recepción, a fin de determinar su admisión, misma que será notificada mediante correo electrónico a la dirección consignada en el numeral 4.1 de la Solicitud de Participación en Ferias Internacionales de turismo. 1.3. Los coexpositores cuya solicitud de participación sea admitida, son posteriormente evaluados por un comité interno que otorga el puntaje para la asignación de cupos correspondientes, conforme se señala en el numeral 6.1 del presente documento, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles desde la fecha de admitida la solicitud. Los criterios de evaluación para la selección de empresas a aplicarse a todas las empresas coexpositoras que soliciten participar en las ferias internacionales de turismo Tipo A, B, C y D son los siguientes: 1.4. Para la participación en Ferias Tipo A: 1.4.1. Experiencia Comercial: Se verifica la experiencia específica en el mercado o zona de influencia a través de los siguientes documentos: - Reporte de facturación a SUNAT (PDT). - Reservas confirmadas y/u órdenes de servicios de las ventas realizadas hacia empresas operadoras de servicios turísticos no domiciliadas en el país. - Portafolio de productos turísticos que la empresa opera para el turismo receptivo, para lo cual se revisará la página web y material promocional impreso o digital. 1.4.2. Comunicación estratégica: Se verifica las redes sociales de la empresa e información sobre las actividades de promoción realizadas en mercados de turismo receptivo. 1.4.3. Gestión de Clientes: Se evalúa la periodicidad de encuestas de satisfacción aplicada a sus clientes. 1.4.4. Capacitación continua: Se evalúa si la empresa forma parte del programa comercial (en caso no lo sea, puede rendir una evaluación de capacidades técnicas¹¹) y si cuenta con certificaciones de buenas prácticas o calidad relacionadas a la actividad turística. 1.4.5. Responsabilidad Social Corporativa: Se evalúa si la empresa viene implementando acciones orientadas a la sostenibilidad e involucramiento de las comunidades locales en la actividad turística. Adicionalmente, en este punto se evaluará si la empresa cuenta con certificaciones relacionadas a sostenibilidad o responsabilidad social corporativa. Adicionalmente, y a modo de bonificación con puntaje, se toma en cuenta si la empresa forma parte de una asociación sin fines de lucro o gremio orientado a promover la actividad turística receptiva hacia el Perú. Por otro lado, se considera como penalidad en el puntaje, para todos los tipos de feria, si la empresa ha incurrido en supuestos de penalidad en eventos internacionales de ediciones anteriores mencionados en la carta de servicios vigente y/o si cuenta con sanciones aplicadas por el INDECOPI. |
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Los especialistas de la Dirección de Promoción del Turismo pueden requerir a las empresas, vía correo electrónico, información complementaria que permita determinar un puntaje y resultado acorde con la realidad de la empresa. 1.5. Para la participación en Ferias Tipo B: 1.5.1. Ventas recientes en el segmento de RICE: Se verifica el reporte de facturación (PDT a SUNAT) y órdenes de servicio de clientes del segmento RICE. 1.5.2. Capacitación: Si cuenta con certificados de participación en capacitaciones especializadas en el segmento realizadas por entidades nacionales o internacionales que fortalezcan la formación profesional de los miembros de la organización. 1.5.3. Comunicación: Se verifica el sitio URL de dominio de la empresa el cual debe mostrar información de su producto, servicio, itinerarios, contenidos audiovisuales entre otros. Cabe mencionar que se considera como bonificación, si la empresa cuenta con certificaciones del segmento y/o si la empresa forma parte de una asociación sin fines de lucro o gremio orientado al segmento. 1.6. Para la participación en Ferias Tipo C: 1.6.1. Participación en actividades de alta gama: Se verifica si la empresa ha participado en eventos de lujo a nivel internacional, ya sea con PROMPERÚ o por cuenta propia en los últimos tres (3) años. 1.6.2. Reconocimientos o premios del segmento de alta gama: Se verifica si la empresa cuenta con al menos un (1) reconocimiento o premio del segmento de alta gama. 1.6.3. Relación comercial activa: Se verifica si la empresa mantiene una relación comercial activa con empresas del segmento de lujo, verificándose a través de los reportes de venta (PDT SUNAT) y reservas confirmadas. 1.6.4. Adicionalmente, se debe tomar en consideración si la empresa cuenta con una membresía de redes internacionales de lujo (tales como Red virtuoso, relais & cháteaux, signatura travel network, entre otros. |
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1.7. Para la participación en Ferias Tipo D: Para la participación en ferias internacionales dirigidas a nichos específicos se tiene en consideración lo siguiente: Para el mercado Asia: a. Si la empresa se encuentra registrada en la Lista de Agencias de viajes y turismo recomendadas para facilitar viajes de grupos turísticos organizados chinos al Perú ante MINCETUR (aplica solo para mercado chino), b. Si cuenta con al menos dos (02) cartas de recomendación provenientes de operadores asiáticos emitida dentro de los últimos (dos) años, de preferencia de los países de China, India, Corea del Sur y Japón, c. Si cuenta con staff de comercialización del producto que domine uno (1) de los siguientes idiomas: chino mandarín, coreano o japonés (en Perú o representante en destino) y, d. Si ha participado en Ferias y/o eventos de promoción turística B2B en Asia & Oceanía. Se considera (para eventos con el mercado chino) si la empresa mantiene una cuenta de WeChat activa. Para el segmento Aventura a. Si la empresa cuenta con certificaciones en manejo de riesgo de aventura y gestión ambiental. b. Si cuenta con capacitaciones realizadas por terceros en temas relacionados a manejo de riesgos y seguridad del personal y turistas, atención de emergencias, registro de incidentes y accidentes, entre otros relevantes para la actividad acorde al reglamento vigente. c. Si cuenta con promoción de actividades bajo normativa¹²: se considera la promoción de actividades que cuenten con normativa vigente del ente rector. d. Se considera puntaje adicional a modo de bonificación si la empresa forma parte de una asociación sin fines de lucro o gremio orientado al segmento. |
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1.8. Participación de empresas no domiciliadas en el país: Las empresas no domiciliadas en el país podrán participar en ferias internacionales de turismo promovidas por PROMPERÚ, en los siguientes casos: 1.8.1. En ferias cuyo público objetivo es el consumidor final (público en general), como coexpositor no domiciliado en el país; o, 1.8.2. En ferias dirigidas para profesionales de la industria turística y consumidor final, en las que participe una empresa domiciliada en el país, solo durante los días de consumidor final. En ambos casos, estas deben ser designadas por el coexpositor domiciliado en el país participante en la feria que mantiene una relación comercial con ella. Dicha designación deberá constar en la solicitud y contrato de participación, los cuales deben ser suscritos por el representante legal de la empresa domiciliada en el país. Asimismo, el pago de la cuota de inscripción y final será de responsabilidad de la empresa domiciliada en el país. 1.8.3. Los requisitos que deberá cumplir una empresa no domiciliada en el país para participar en ferias internacionales de turismo promovidas por PROMPERÚ, son los siguientes: - Ser una empresa prestadora de servicios turísticos, legalmente constituida en el país donde se llevará a cabo la feria internacional, para lo cual se deberá presentar copia del registro mercantil o su equivalente (con una antigüedad no mayor a dos (2) meses a la fecha de presentación de los documentos). - Contar con experiencia mínima de dos (2) años en comercializar el destino Perú. - Contar con material promocional impreso o digital, que detalle los productos o paquetes del destino Perú o paquetes combinados a Sudamérica que incluya al Perú, redactado obligatoriamente en el idioma del país donde se llevará a cabo la feria y opcional en los idiomas inglés o español. |
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1.9. Participación de asociaciones sin fines de lucro especializadas en turismo de reuniones (Feria internacional Tipo B): Para la participación de asociaciones sin fines de lucro especializadas en turismo de reuniones se tiene en consideración lo siguiente: Requisitos: - Constitución legal de acuerdo con las normas vigentes del país. - Estar inscrito con una antigüedad mínima de un (01) año en Registros Públicos - SUNARP - Las empresas interesadas deben presentar una carta dirigida a la Dirección de Promoción del Turismo, solicitando la participación en la feria Internacional Tipo B de preferencia, y adjuntar el Plan de Acción que detalle las actividades a desarrollarse en el marco de la feria internacional, así como la Declaración Jurada mediante el cual se establecen los compromisos de participación en la feria de interés. |
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Criterios de evaluación y Condiciones Generales: - Cantidad de asociados especializados en el segmento MICE (contando como mínimo con diez (10) asociados), para tal efecto, se debe presentar la base de datos de asociados para su evaluación. - Destinos promocionados para el segmento de turismo de reuniones, según la estrategia de PROMPERÚ, para cuyo efecto la asociación debe evidenciar a través de catálogo promocional institucional o website u otros canales de promoción. - Canales de comunicación propios para compartir información relevante y oportuna para los grupos de interés del sector. - Plan de comercialización vigente enfocado en el segmento MICE durante el año que participará en la feria especializada, la misma que tiene ser aprobado por el Consejo Directivo o la Alta Dirección de la Asociación postulante. - Acciones ejecutadas por la asociación durante el año de realización de la feria y/o el año previo, vinculadas a actividades que impulsen la promoción, fortalecimiento y/o capacitación de los actores que conforman la industria MICE en su región. Para tal efecto, la asociación debe presentar un informe detallado que describa la actividad desarrollada, los resultados obtenidos y las evidencias que respalden su ejecución. - El delegado que participe en representación de la asociación debe contar con conocimientos y dominio del idioma inglés, asimismo debe acreditar las capacitaciones recibidas en materia de turismo de reuniones, así como; capacitación en promoción y/o comercialización de la materia en mención. - La asociación asume los gastos relacionados a pasajes aéreos, traslados, viáticos y otros gastos que implique su participación en la feria. |
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1 Las ferias internacionales en las que participa anualmente PROMPERÚ, se encuentran clasificadas en el Cronograma de Ferias Internacionales de Turismo, en el cual se establece la fecha límite para el pago de la cuota final; así como, el número de cupos asignados y disponibles para cada feria, el correo electrónico de contacto en PROMPERÚ, entre otros aspectos.
2 Incluye las Ferias de carácter internacional que se desarrollan en territorio peruano, donde participan operadores de turismo extranjeros previamente identificados.
3 Sujeto a descuentos (Ver Descuentos aplicables sobre el precio de venta).
4 Descargarlo desde la plataforma Web, según lo indicado en el Manual del Módulo de Coexpositores publicado en la sección “Turismo” de la página Web institucional (http://www.promperu.gob.pe).
5 Conforme a lo regulado por la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y su Reglamento.
6 Una vez efectuado el pago, se deberá remitir el comprobante del depósito o transferencia bancaria correspondiente, al correo electrónico de contacto indicado en el Cronograma de Ferias Internacionales de Turismo, con copia a coexpositores@promperu.gob.pe.
7 Es el precio de venta menos los descuentos que corresponda. Incluye todos los impuestos de ley.
8 Dicha condición deberá ser acreditada mediante documento fehaciente.
9 Tales como: Red Virtuoso, Relais & Châteaux, Signature Travel Network, entre otras.
10 Segmentos pertenecientes al mercado receptivo: Aventura, cultura, naturaleza, lujo o alta gama.
¹¹ La evaluación técnica será de manera virtual a través de un enlace que se proporcionará vía correo electrónico.
¹² Actividades bajo normativa según la Resolución Ministerial N° 197-2021-MINCETUR: Ala Delta, Barranquismo, Buceo, Cabalgata, Canopy/Zipline, Ciclismo, Columpio extremo, Esquí, Escalada, Escalada en árboles, Espeleología o Exploración de cuevas, Kayak, Kite Surf, Parapente, Puente tibetano, Puentismo, Rápel, Sandboard, Stand up paddle, Tabla a vela, Vía ferrata y Zipline bike
13 Los Gobiernos Regionales no forman parte del universo de instituciones que puedan participar en las ferias internacionales Tipo B de turismo de reuniones.
¹4 En ninguno de los supuestos procederá la transferencia de los importes cancelados para la participación en otro evento o para otro Coexpositor.
¹⁴ PROMPERÚ, a través del área responsable de la actividad (Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo o la Dirección de Promoción del Turismo, según corresponda en cada caso), emitirá un informe de la supervisión del presente contrato en el cual se evidenciará la configuración o no de las penalidades antes descritas.
15 Conocimiento del destino que oferta y capacidad de negociación de acuerdo a una entrevista previa a la realización del evento.
2509455-1