Autorizan inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales de la asociación denominada Asociación Cultural Vozarte
resolución suprema
N° 004-2026-MC
Lima, 23 de abril de 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 075-97-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 018-2013-EF, se aprueban los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) en favor de las instituciones culturales;
Que, el artículo 1 del mencionado decreto supremo establece que se puede autorizar como operaciones no gravadas con el Impuesto General a las Ventas, entre otras, la prestación de servicios culturales acorde al objeto de cada institución cultural, definido en su estatuto;
Que, asimismo, el artículo 2 del referido decreto supremo dispone que para la expedición de la resolución suprema que autorice la inafectación del Impuesto General a las Ventas, las instituciones culturales deben adjuntar a su solicitud, copia del documento que acredite la calificación del Ministerio de Cultura; copia literal de la ficha registral de inscripción de la asociación o fundación en la Oficina de los Registros Públicos correspondientes; copia de la resolución que acredite su inscripción en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta que lleva la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT; y, el detalle del objeto de la institución cultural de acuerdo a su estatuto; además, se señala que la inafectación se aplica por el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 055-2020-MC, el Ministerio de Cultura elimina diecisiete (17) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo 001-2015-MC, entre ellos, la “Prórroga de reconocimiento como asociación cultural”; por lo que, el referido reconocimiento tiene actualmente una vigencia indeterminada;
Que, a través del Formulario FP03DGIA presentado con el Expediente N° 2026-0012398, la Asociación Cultural Vozarte solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV), respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de la misma establecido en su Estatuto;
Que, con los Informes N° 000256-2026-DIA-DGIA-VMPCIC/MC, N° 000357-2026-DIA-DGIA-VMPCIC/MC y N° 000024-2026-DIA-DGIA-VMPCIC-VLB/MC, la Dirección de Artes señala que la Asociación Cultural Vozarte cumple con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 075-97-EF y su modificatoria, por cuanto sus fines se circunscriben en el ámbito artístico cultural y que se verifica el cumplimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento de la inafectación solicitada;
Que, con los Informes N° 000181-2026-DGIA-VMPCIC/MC y N° 000232-2026-DGIA-VMPCIC/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes concluye que la solicitud de la autorización de inafectación del IGV, respecto a la prestación de servicios culturales de la citada Asociación, cumple con lo previsto en el Decreto Supremo N° 075-97-EF;
Que, mediante el Informe N° 000239-2026-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para que se proceda a autorizar la inafectación del Impuesto General a la Ventas (IGV), respecto a la prestación de servicios culturales de la referida asociación, conforme se indica en su estatuto;
De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, el Decreto Supremo N° 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo N° 018-2013-EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales de la asociación denominada Asociación Cultural Vozarte, conforme se indica en su estatuto.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
Artículo 3.- La presente resolución suprema es refrendada por la Ministra de Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
FÁTIMA SORAYA ALTABÁS KAJATT
Ministra de Cultura
2509442-11