Convocan a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 del distrito de San Isidro
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 007
San Isidro, 22 de abril de 2026
LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO
VISTO: El Informe N° D000464-2026-05.1.0-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000096-2026-05.0.0-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y el Informe N° D000187-2026-04.0.0-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;
Que, el artículo 148º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales están sujetos a la transparencia y sostenibilidad fiscal y a otras conexas en su manejo de recursos públicos y que dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de confianza de la ciudadanía para el accionar del Estado; así como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos públicos;
Que, el artículo 2º de la Ley N° 31433, Ley que modifica la citada Ley Orgánica de Municipalidades, incorpora el artículo 119º-A, que señala que las Audiencias Públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos Audiencias Públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD se aprueba el “Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales”, el cual en su numeral 5.3.2 establece que la convocatoria a audiencia pública debe realizarse con un plazo no menor a treinta (30) días calendario previos al desarrollo de la audiencia;
Que, de conformidad con los artículos 7°, 8° y 11° de la Ordenanza N° 615-MSI que aprueba el “Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del distrito de San Isidro”, se efectuarán dos (02) audiencias públicas de rendición de cuentas en el año de manera presencial, salvo excepciones, la primera en el mes de mayo y la segunda en el mes de setiembre, siendo que en el caso de la Audiencia Pública del mes de mayo abordará la información del periodo anterior culminado y en cuanto a la Audiencia Pública del mes de setiembre se abordará información de enero - junio del periodo en curso, referido a los logros y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, así como la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal. Asimismo, en su artículo 15° señala que corresponde la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo proponer la convocatoria de la audiencia pública y a la Alcaldía aprobar la misma;
Que, el literal a), del artículo 17° de la citada Ordenanza, establece que la convocatoria indicará la fecha, hora y lugar del evento, el plazo y lugar para la inscripción de los participantes a fin de promover una amplia participación de la ciudadanía, para lo cual se usarán diversos medios o canales de comunicación escritos, redes sociales e internet. La convocatoria se difundirá con no menos de treinta (30) días calendario de anticipación y se efectuará conjuntamente con la agenda inicial de los temas a tratar, para que la población tome conocimiento”;
Que, estando a la propuesta formulada por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo con los informes del visto, y a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° D000187-2026-04.0.0-GAJ/MSI; y,
De conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil del distrito de San Isidro, y vecinos en general, a la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2026 del distrito de San Isidro, según el siguiente cronograma:
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Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2026 |
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Actividad |
Lugar |
Fecha y hora |
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1. Convocatoria Pública y difusión. |
Portal institucional, redes sociales, etc |
26 de abril de 2026 |
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2. Inscripción de participantes con temas de interés. |
Portal Institucional y Plataforma de Atención al Ciudadano. Calle Augusto Tamayo N° 180 y Calle 21 N° 765 |
Del 27 de abril al 24 de mayo de 2026 |
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3. Publicación de Resumen Ejecutivo. |
Portal Institucional |
18 de mayo de 2026 |
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4. Publicación de participantes (que registran temas o preguntas de interés). |
Portal Institucional |
24 de mayo de 2026 |
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5. Realización de Primera Audiencia Pública. |
Centro Cultural “El Olivar” Sala de usos múltiples Calle República 455 |
25 de mayo de 2026 17:00 horas |
Teniendo como agenda los siguientes temas a tratar, de acuerdo al artículo 10° de la Ordenanza N° 615-MSI que aprueba el “Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del distrito de San Isidro”:
• Información General: Logros de gestión, dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos.
• Primera Parte: Información sobre la Gestión Administrativa de la Entidad.
• Segunda Parte: Principales Bienes y Servicios Públicos entregados.
Artículo Segundo.- ENCARGAR la supervisión y cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro (www.munisanisidro.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN
Alcaldesa
2509189-1