Designan Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Olmos
Resolución Viceministerial
N° 055-2026-MINEDU
Lima, 21 de abril de 2026
VISTOS, el Expediente N° DICOPRO2026-INT-0414484, el Oficio N° 01050-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Informe N° 00229-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; el Informe N° 00598-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 32461, se crea, entre otras, la Universidad Nacional Autónoma de Olmos, con sede en el distrito de Olmos de la provincia de Lambayeque del departamento de Lambayeque, como persona jurídica de derecho público interno, con autonomía académica, administrativa, económica y financiera, dedica a la investigación científica y tecnológica, formación profesional y la difusión cultural; la misma que constituye pliego presupuestario;
Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;
Que, de acuerdo a los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; son funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia, respectivamente;
Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU, establece que la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU) tiene la función de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación;
Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene la función de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable;
Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y modificatorias (en adelante, el Documento Normativo), dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;
Que, el literal a) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo, señala que, en el caso del Presidente de la Comisión Organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de finalizar su designación;
Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 054-2026-MINEDU, se conforma la primera Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Olmos, quedando integrada por la señora RAQUEL YOVANA TELLO FLORES, como Presidenta; el señor JOSE ELIAS PONCE AYALA, como Vicepresidente Académico; y, el señor SERBANDO SOPLOPUCO QUIROGA, como Vicepresidente de Investigación;
Que, con el Oficio N° 01050-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, la DIGESU remite el Informe N° 00229-2026-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la DICOPRO, sustenta y propone la emisión de la resolución viceministerial que disponga: i) Dar por concluida la designación de la Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Olmos; ii) Designar al señor ALFONSO TESEN ARROYO, en el cargo de Presidente de la referida Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Olmos; iii) La aplicación de las excepciones señaladas en el numeral 7.7 del acápite VII de las Disposiciones Complementarias del Documento Normativo;
Que, a través del Informe N° 00598-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la DICOPRO, en el marco de lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley N° 30220;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 32461, Ley que crea, entre otras, la Universidad Nacional Autónoma de Olmos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución” y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora RAQUEL YOVANA TELLO FLORES, en el cargo de Presidenta Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Olmos, agradeciéndole por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar al señor ALFONSO TESEN ARROYO, en el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Olmos.
Artículo 3.- Disponer que para el presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Olmos, señalado en el artículo 2 de la presente Resolución, resultan de aplicación las excepciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del numeral 7.7 del acápite VII de las Disposiciones Complementarias del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y modificatorias.
Estas excepciones culminan con la formalización del pliego presupuestal de la Universidad Nacional Autónoma de Olmos y se cuente con la disponibilidad de los recursos para el desarrollo de sus actividades.
Artículo 4.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Olmos remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del informe de Transferencia de Gestión; conforme a lo previsto en el literal a) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y modificatorias.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GERBER SERGIO PÉREZ POSTIGO
Viceministro de Gestión Pedagógica
2508676-1