Autorizan viaje de representantes del Ministerio al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para participar en reuniones del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico - CPTPP
Resolución Ministerial
N° 108-2026-MINCETUR
Lima, 21 de abril de 2026
VISTOS, el Informe N° 0009-2026-MINCETUR/VMCE/DGNCI/DAOA-CHL de la Dirección de Asia, Oceanía y África; el Memorándum 101-2026-MINCETUR/VMCE/DGNCI de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales; el Memorándum N° 329-2026-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; el Informe N° 0017-2026-MINCETUR/SG/OGA/OCCP de la Oficina de Contabilidad y Control Previo; el Memorándum N° 311-2026-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración y el Informe N° 0180-2026-MINCETUR/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es la entidad competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecución los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, y otros en el ámbito de su competencia;
Que, la República del Perú es parte del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP, por sus siglas en inglés), junto a Australia, Brunéi Darussalam, Canadá, Chile, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Singapur y Vietnam;
Que, durante el año 2026 la administración del CPTPP está a cargo de la República Socialista de Vietnam y, como tal, es responsable de monitorear el cumplimiento y administración del CPTPP, así como conducir el proceso de negociación para la actualización del CPTPP, continuar con la organización de los diálogos de comercio e inversión con la Unión Europea y los países de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN), e impulsar la discusión sobre la evaluación de las economías que han solicitado su adhesión al CPTPP;
Que, del 12 al 15 de mayo de 2026, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, se llevará a cabo la Segunda Reunión de Altos Funcionarios (SOM2) del CPTPP, que abordará entre otros temas, la aprobación del plan de trabajo de las negociaciones para la Modernización del CPTPP, de los diálogos de comercio e inversión con la Unión Europea y la ASEAN, y además, se sostendrán discusiones técnicas sobre la administración del CPTPP y se continuarán evaluando las solicitudes de adhesión pendientes de atención;
Que, en el marco del SOM2, también se desarrollará la reunión presencial del Grupo de Trabajo de Adhesión (AWG) de Uruguay al CPTPP, cuyo proceso de adhesión se acordó en la Reunión de la Comisión del CPTPP del año 2025;
Que, reviste de suma importancia la participación de representantes del MINCETUR en la Segunda Reunión de Altos Funcionarios (SOM2) del CPTPP y en la Reunión del Grupo de Trabajo de Adhesión (AWG) de Uruguay al CPTPP, lo que permitirá presentar y sustentar los temas de interés y la posición del Perú respecto de los mencionados temas;
Que, en ese sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Celia Pamela Beatriz Huamán Linares y de la señora Claudia del Carmen Gutiérrez Pazos, profesionales de la Dirección de Asia, Oceanía y África de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, para que en representación del MINCETUR participen en los referidos eventos;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, de la Secretaría General, de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Celia Pamela Beatriz Huamán Linares y de la señora Claudia del Carmen Gutiérrez Pazos, profesionales de la Dirección de Asia, Oceanía y África de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 10 al 17 de mayo de 2026, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en las reuniones del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico - CPTPP a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, están a cargo del Pliego 035 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
|
Nombres y apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos por día US$ |
Total Viáticos US$ |
|
Celia Pamela Beatriz Huamán Linares |
2 831,21 |
Europa |
540,00 x 5 días |
2 700,00 |
|
Claudia del Carmen Gutiérrez Pazos |
2 831,21 |
Europa |
540,00 x 5 días |
2 700,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza en el artículo 1, presenta al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ FERNANDO REYES LLANOS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2508610-1