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Fecha de publicación: 23/04/2026
Convocan a la Primera Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Chorrillos del año fiscal 2026

Convocan a la Primera Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Chorrillos del año fiscal 2026

DECRETO DE ALCALDíA

N° 000004-2026-MDCH/ALC

Chorrillos, 21 de abril del 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS;

VISTOS:

El Memorándum N° 000130-2260-MDCH/OGPP de fecha 17 de abril de 2026, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; El Informe N° 000085-2026-MDCH/OPMII de fecha 17 de abril de 2026, emitido por la Oficina de Planeamiento, Modernización Institucional e Inversiones; El Informe N° 000151-2026-MDCH/OGAJ, de fecha 20 de abril de 2026, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; El Proveído N° 00129-2025-MDCH/GM, de fecha 21 de abril de 2026, emitido por la Gerencia Municipal; respecto a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, preceptúa que las municipalidades distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señala que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;

Que, el artículo 42º de la Ley N° 27972; Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, el artículo 112º de la Ley N° 27972, estipula que: “Los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión. Para tal fin, deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos a la información”. Asimismo, el tercer párrafo del artículo 118º de la referida Ley preceptúa: “El vecino tiene derecho a ser informado respecto a la gestión municipal y a solicitar la información que considere necesaria, sin expresión de causa; dicha información debe ser proporcionada, bajo responsabilidad, de conformidad con la ley en la materia”;

Que, mediante Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se incorpora el artículo 119-A que preceptúa: “Artículo 119-A.- AUDIENCIAS PÚBLICAS MUNICIPALES. Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos.

Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley de N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que: “la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes”; asimismo, conforme al numeral 17.1 del artículo 17° (Participación Ciudadana) del mismo cuerpo normativo: “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. (…)”;

Que, el literal g) del numeral 6.3 de la Directiva N° 016-2022-CG/PREVI sobre Rendición de Cuentas de Titulares y Transferencia de Gestión, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 267-2022- CG, preceptúa que, en el proceso de rendición de cuentas el titular de la entidad “debe disponer la exposición del informe de rendición de cuentas titulares en las audiencias públicas dirigidas a los ciudadanos, conforme a las normas específicas que regulan las mismas”;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD de la Presidencia de Consejo de Ministros, se aprueba el instrumento técnico para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales, cuyo objeto es brindar pautas y orientaciones concretas que contribuyan a que los gobiernos regionales y gobiernos locales desarrollen las audiencias públicas de rendición de cuentas, brindando información de calidad en base a sus planes de desarrollo concertado y objetivos de desarrollo sostenible, respetando la autonomía de los gobiernos descentralizados;

Que, mediante la Ordenanza N° 460-MDCH, se aprobó el “Reglamento Marco para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Municipales de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Chorrillos”, estableciendo los lineamientos, procedimientos y principios que rigen la organización y desarrollo de dichos espacios de diálogo y fiscalización ciudadana, dicha ordenanza dispone que las audiencias públicas constituyen mecanismos formales para informar a la población sobre los avances, dificultades y logros de la gestión municipal, garantizando el acceso a la información, el respeto, la participación sin discriminación y la neutralidad en el intercambio de opiniones, en concordancia con el marco legal nacional y los principios de la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas conexas.

Que, en este contexto, la rendición de cuentas es un mecanismo de transparencia y control social, que tiene como objetivo que las autoridades informen a la población sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de la gestión pública, así como el uso de los recursos públicos, a fin de que la ciudadanía pueda cumplir su rol vigilante del quehacer de las autoridades. La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, a cargo de los gobiernos locales, constituye un espacio que convoca a los representantes de la sociedad civil organizada y población en general, con el propósito de informar sobre el desempeño de la gestión pública para alcanzar las metas de desarrollo local, estableciendo una relación de diálogo entre autoridades y ciudadanía;

Que, mediante Memorándum N° 000130-2026-MDCH/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto traslada el Informe N° 000085-2026-MDCH/OPMII de la Oficina de Planeamiento, Modernización Institucional e Inversiones, la cual emite opinión técnica favorable del Decreto de Alcaldía que convoca a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, a realizarse el día viernes 29 de mayo de 2026 a las 16:00 horas, de manera presencial en la Casa de la Juventud, Av. Defensores del Morro N° 2280, Chorrillos;

Que, mediante Informe N° 000151-2026-MDCH/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal concluyendo que resulta viable emitir el Proyecto de Decreto de Alcaldía que convoca a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Chorrillos del año fiscal 2026, y con Proveído N° 001209-2026-MDCH/GM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Oficina General de Secretaria Municipal, para la emisión del Decreto de Alcaldía.

Estando a los fundamentos expuestos, en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la visación de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Planeamiento, Modernización Institucional e Inversiones, y Oficina General de Asesoría Jurídica;

RESUELVE:

Artículo Primero.- CONVOCAR a la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA MUNICIPAL DE RENDICION DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS del año fiscal 2026, a realizarse el día viernes 29 de mayo de 2026, a las 16:00 horas, en la Casa de la Juventud ubicado en la Av. Defensores del Morro (Ex Huaylas) N° 2280, Chorrillos.

Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma de Actividades para el desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, conforme al Anexo N° 01 que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a la ciudadanía a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de sociedad civil, entre otras a la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA MUNICIPAL DE RENDICION DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS donde deberán inscribirse del 04 de mayo hasta el día 28 de mayo de 2026, a través de mesa de partes, Subgerencia de Participación Vecinal, en horario de 09:00 a 16:00 horas y en el Portal Institucional de la entidad.

Artículo Cuarto.- APROBAR, la agenda de la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA MUNICIPAL DE RENDICION DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS, conforme al Anexo N° 02 que forma parte del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Quinto.- ENGARCAR a la Gerencia Municipal y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, adoptar las acciones necesarias, en la recopilación de información sobre los avances, logros y perspectiva de la gestión, así como el uso de los recursos públicos de la entidad.

Artículo Sexto.- ENCOMENDAR a la Oficina General de Transformación Digital y Comunicaciones, brindar el soporte técnico, mediante la implementación de instrumentos tecnológicos que contribuyan al desarrollo de las fases de la Audiencia Pública.

Artículo Séptimo.- ENGARCAR a la Oficina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, las acciones de difusión de la convocatoria a la que se refiere el Artículo Primero del presente Decreto, y a la Subgerencia de Participación Vecinal, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, para los fines de su estricta competencia.

Artículo Octavo.- DISPONER a la Oficina General de Secretaría Municipal la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina General de Transformación Digital publicar el presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos: www.gob.pe/munichorrillos.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RICHARD CORTEZ MELGAREJO

Alcalde

ANEXO N° 01

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA EL DESARROLLO DE LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA MUNICIPAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2026 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS

ACTIVIDAD Y/O PRODUCTO

UNIDAD ORGÁNICA RESPONSABLE

FECHA

HORA

LUGAR

1

DIFUSIÓN Y CONVOCATORIA A LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTA DEL AÑO FISCAL 2026

1.1. Invitación a la ciudadanía en general a participar en la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026 de la Municipalidad de Distrital de Chorrillos

SGPV / OGIIC OGTD

Del 04 de mayo hasta el 28 de

Mayo de 2026

-

Diario El Peruano, Portal Institucional,

Redes Sociales

2

ELABORACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL RESUMEN EJECUTIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2026.

2.1. Publicación del Resumen ejecutivo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Chorrillos.

OGPP

Hasta el 18 de mayo de 2026

-

Portal Institucional

(www.munichorrillos.gob.pe)

3

INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE PARTICIPANTES:

3.1. Inscripciones de los participantes a través de Mesa de Partes, Subgerencia de Participación Vecinal y también mediante el Portal Institucional de la entidad.

3.2. Publicación de la Lista de participantes de la Primera Audiencia Pública de Rendición de cuentas.

SGPV /OGDAC/ OGTD

SGPV/OGTD

Del 4 de mayo hasta 27 de mayo de 2026

Hasta el 28 de mayo de 2026

Lunes a viernes de 9:00 am a

4:00 pm

-

Palacio Municipal - AV. Defensores del Morro (Ex Huaylas) N° 2765 - Chorrillos.

-

4

SESIÓN DE LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2026.

4.1. Presentación y Exposición de los logros de gestión, del cumplimiento y perspectivas del cierre del año 2026.

4.2. Suscripción de Acta de la Primera Sesión de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año fiscal 2026 de la Municipalidad de Distrital de Chorrillos.

TODAS LA UNIDADES ORGÁNICAS INVOLUCRADAS DE LA MDCH

Viernes 29 de mayo de 2026

De 4:00 pm a 7:00 pm

Auditorio de la Casa de la Juventud Av. Defensores del Morro (Ex Huaylas) N° 2280 - Chorrillos

ANEXO N° 02

AGENDA DE LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2026 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS

HORA

ACTIVIDAD

Hasta las 16:00

Registro de los Ciudadanos y las Organizaciones de la sociedad civil

16:00 - 16:05

Presentación del evento y a los funcionarios que realizaran la exposición, a cargo del Maestro de ceremonias.

16:05 - 16:15

Dando inicio a la Agenda de la Audiencia, se invitó al público

asistente a entonar el Himno Nacional

16.15

- 16:45

Palabras de Bienvenida a cargo del Sr. Richard Cortez Melgarejo.

16:45 - 18:00

Exposición de los logros de gestión, del cumplimiento y perspectivas del cierre del año de los temas como:

Ejecución Presupuestal

Estados Financieros

Inversión Pública

Desarrollo Ambiental

Programas Sociales

Salud

Seguridad Ciudadana

18:00 - 18:30

Absolución de Consultas (preguntas)

18:30 - 19:00

Suscripción del Acta de Audiencia Pública Municipal de Rendición de cuentas mayo 2026

19:00 -19:15

Cierre a cargo del Sr. alcalde Richard Cortez Melgarejo

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