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Fecha de publicación: 24/04/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Cajamarca, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales

Disponen reprogramar visita judicial ordinaria al 25° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima, para el mes de mayo de 2026, conforme a la prórroga dispuesta por la Res. Adm: N° 000026-2026-P-CE-PJ

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 0054-2026-JODC-LIMA-PJ

Lima, 15 de abril de 2026

VISTOS: La Resolución Administrativa N° 011-2026-JODC-LIMA-PJ; la Resolución Administrativa N° 000026-2026-P-CE-PJ de fecha 20 de febrero de 2026; y el informe emitido por la Unidad Descentralizada de Prevención, Supervisión e Inspección;

CONSIDERANDO:

Primero.- Que, la Jefatura de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial cuenta con facultades para organizar, dirigir y controlar las actividades de la ODANC, así como aprobar el programa de visitas judiciales en el ámbito de su competencia, conforme a lo previsto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.

Segundo.- Que, conforme al artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión.

Tercero.- Que, mediante Resolución Administrativa N° 011-2026-JODC-LIMA-PJ se aprobó el Rol de Visitas Judiciales de Prevención y Supervisión (Visitas Ordinarias) para el año 2026, comprendiendo diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, entre ellos el 25° Juzgado de Trabajo Transitorio, programado para el mes de octubre de 2026. Sin embargo mediante Resolución Administrativa N° 000026-2026-P-CE-PJ de fecha 20 de febrero de 2026, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la prórroga del funcionamiento de determinados órganos jurisdiccionales transitorios, entre ellos el 25° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima, hasta el 31 de mayo de 2026.

Cuarto.- Que, en atención a la prórroga dispuesta por el máximo órgano administrativo del Poder Judicial, se advierte que la visita judicial ordinaria programada para el 25° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima se encuentra fuera del periodo de funcionamiento autorizado, por lo que el magistrado superior, Wilson Santiago Paucar Eslava, Responsable de la Unidad Descentralizada de Prevención, Supervisión e Inspección, mediante el informe N° 008-2026-WSPE-UDPSI-LIMA-PJ, propone la reprogramación de la visita judicial ordinaria al mencionado órgano jurisdiccional para el mes de mayo, a fin de garantizar la supervisión dentro del periodo de vigencia del órgano jurisdiccional.

Quinto.- Que, mediante informe N° 005-2026-WSPE-UDPSI-LIMA-PJ, el Responsable de la Unidad Descentralizada de Prevención, Supervisión e Inspección informa que, por error material, en el Rol de Visitas Judiciales correspondiente al año 2026 se ha consignado al 29° Juzgado de Trabajo de Lima tanto en el mes de mayo como en el mes de agosto, cuando lo correcto es que dicho órgano jurisdiccional mantenga su programación únicamente en el mes de agosto, por lo que corresponde efectuar la corrección respectiva.

Por los fundamentos expuestos y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 42° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- REPROGRAMAR para el mes de mayo la visita judicial ordinaria al 25° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima, programada para el mes de octubre mediante Resolución Administrativa N° 011-2026-JODC-LIMA-PJ, a fin de efectuarse dentro del periodo de vigencia de funcionamiento del referido órgano jurisdiccional, conforme a la prórroga dispuesta por la Resolución Administrativa N° 000026-2026-P-CE-PJ.

Artículo Segundo.- RECTIFICAR el error material contenido en la Resolución Administrativa N° 011-2026-JODC-LIMA-PJ, en el extremo referido a la programación del 29° Juzgado de Trabajo de Lima, debiendo considerarse su inclusión únicamente en el mes de agosto de 2026, y no en el mes de mayo, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo Tercero.- REMITIR la presente Resolución Administrativa a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fin que disponga su publicación en el diario oficial “El Peruano”, en aras de su público conocimiento.

Artículo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a la Jefatura nacional de la Autoridad Nacional de Control de Poder Judicial, a los órganos jurisdiccionales correspondientes, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SACHA FELIX RIVAS FIGUEROA

Jefe de la Oficina Descentralizada de la

Autoridad Nacional de Control de Lima

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