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Fecha de publicación: 22/04/2026
Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros

Dan por concluida designación y nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 1144-2026-MP-FN

Lima, 21 de abril de 2026

VISTOS:

Los oficios Nºs. 007281-2025-MP-FN-PJFSLORETO, 000189 y 001367-2026-MP-FN-PJFSLORETO, de fechas 11 de diciembre de 2025, 13 de enero y 11 de marzo de 2026, respectivamente; e informe Nº 0101-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 13 de abril de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, eleva la propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2999-2025-MP-FN, de fecha 29 de septiembre de 2025, se designó al abogado César Augusto Ramos Gúzman, fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Mariscal Cáceres, Distrito Fiscal de San Martín, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Cáceres.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, establece que el fiscal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado César Augusto Ramos Gúzman, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el segundo párrafo de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0101-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 13 de abril de 2026.

De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado César Augusto Ramos Gúzman, fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Mariscal Cáceres, Distrito Fiscal de San Martín, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Cáceres, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2999-2025-MP-FN, de fecha 29 de septiembre de
2025.

Artículo Segundo.- Nombrar al abogado César Augusto Ramos Gúzman, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designándolo en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado César Augusto Ramos Gúzman que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Loreto y San Martin, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2508380-6