Logo El Peruano
Fecha de publicación: 22/04/2026
Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros

Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 1148-2026-MP-FN

Lima, 21 de abril de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 002019-2026-MP-FN-PJFS-SANMARTIN, de fecha 27 de marzo de 2026, e informe Nº 0113-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 16 de abril de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Penal de Picota.

Con oficio Nº 000429-2026-MP-FN-UEDFSMAR, la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de San Martín, informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 001520 y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Xavier Dahin Liza Torres, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Penal de Picota; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0113-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 16 de abril de 2026.

De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar al abogado Xavier Dahin Liza Torres, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designándolo en la Fiscalía Provincial Penal de Picota (AIRHSP Nº 001520).

Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y/o delegación de funciones, considerando el régimen laboral en el que se encuentra sujeto el abogado Xavier Dahin Liza Torres.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2508380-10