Modifican la Res. Nº 028-2025-RASS, que delegó atribuciones y competencias a distintas unidades orgánicas de la Municipalidad de Santiago de Surco
RESOLUCIÓN Nº 054-2026-RASS
Santiago de Surco, 17 de abril del 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Memorándum Nº 470-2026-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 231-2026-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1304-2026-GAF-MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 1266-2026-SGLP-GAF-MSS de la Subgerencia de Logística y Patrimonio, entre otros documentos relacionados con la modificación de la Resolución de Alcaldía Nº 028-2025-RASS; y
CONSIDERANDO:
Que, respecto a la delegación de competencias, los numerales 78.1 y 78.2 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, precisan que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Asimismo, procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, mientras no se trate sobre atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso impugnativo, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;
Que, asimismo, el numeral 85.1 del artículo 85 del citado Texto Único Ordenado establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en dicha ley;
Que, con Resolución Nº 028-2025-RASS, el Alcalde ha delegado a distintas unidades orgánicas de la Municipalidad de Santiago de Surco, según su especialización e inmediatez, diversas atribuciones y competencias;
Que, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, -en adelante la Ley- y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, entraron en vigencia a partir del 22 de abril de 2025;
Que, en ese contexto, se emitió la Resolución de Alcaldía N° 068-2025-RASS, de fecha 07.05.2025, adecuando a las disposiciones de la nueva Ley, y, modificando la mencionada Resolución de Alcaldía N° 028-2025-RASS;
Que, con el Informe Nº 1266-2026-SGLP-GAF-MSS de fecha 07.04.2026 la Subgerencia de Logística y Patrimonio, indica que se ha verificado que el numeral II del Artículo Tercero de la Resolución Nº 028-2025-RASS, modificado a través del artículo tercero de la Resolución Nº 068-2025- RASS, ha dispuesto la delegación de facultades al Subgerente de Logística y Patrimonio para “aprobar la modificación y resolución de contratos suscritos bajo los supuestos establecidos en los artículos 4 y 5 de la Ley N.º 30225”. No obstante, muchos de los supuestos establecidos en los artículos 4 y 5 de la Ley anterior han sido recogidos en el artículo 7 de la Ley, que están referidos a los supuestos excluidos del ámbito de aplicación de la Ley, estando sin la delegación de facultades correspondiente para su atención por parte del Subgerente de Logística y Patrimonio;
Que, en ese contexto, la Subgerencia de Logística y Patrimonio, considera necesario, para la continuidad de los procedimientos que la entidad requiere, se le sean asignadas las funciones atribuidas respecto a la atención de los supuestos excluidos del ámbito de aplicación de la normativa de contrataciones en el marco del artículo 7 de la Ley, en tanto que son compatibles con los supuestos establecidos en los artículos 4 y 5 de la Ley anterior;
Que, con el Memorándum Nº 1304-2026-GAF-MSS de fecha 07.04.2026, la Gerencia de Administración y Finanzas, otorga su conformidad a lo opinado por la Subgerencia de Logística y Patrimonio;
Que, a través del Informe Nº 231-2026-GAJ-MSS de fecha 13.04.2026, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera legalmente viable la propuesta remitida por la Gerencia de Administración y Finanzas, respecto a la delegación de facultades a la Subgerencia de Logística y Patrimonio, para INCORPORAR el numeral III al ARTÍCULO TERCERO de la Resolución de Alcaldía N° 028-2025-RASS, con el siguiente texto:
“III. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO BAJO EL ÁMBITO DE LA NUEVA LEY N° 32069 LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y SU REGLAMENTO:
3.1 Aprobar la suscripción, modificación y resolución de contratos suscritos bajo los supuestos establecidos en el artículo 7 de la Ley N° 32069”.
Que, a través del Memorándum Nº 470-2026-GM-MSS de fecha 13.04.2026, la Gerencia Municipal, considerando lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Administración y Finanzas, propone se incorpore el Numeral III en el Artículo Tercero de la Resolución N° 028-2025-RASS, en el marco de la vigencia de la Ley y su Reglamento;
Estando a las consideraciones expuestas en los párrafos precedentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades:
RESUELVE:
Artículo Primero.- INCORPORAR el numeral III al Artículo Tercero de la Resolución de Alcaldía N° 028-2025-RASS, conforme el siguiente texto:
“Artículo Tercero.- APROBAR la delegación de las siguientes atribuciones al SUBGERENTE DE LOGÍSTICA Y PATRIMONIO DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS: (…)
III. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO BAJO EL ÁMBITO DE LA NUEVA LEY N° 32069 LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y SU REGLAMENTO
3.1 Aprobar la suscripción, modificación y resolución de contratos suscritos bajo los supuestos establecidos en el artículo 7 de la Ley N° 32069.”
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución a los funcionarios y a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad de Santiago de Surco, para conocimiento y fines.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO las disposiciones que se opongan a la presente modificatoria, quedando subsistente las demás disposiciones de la Resolución de Alcaldía Nº 028-2025-RASS.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe) y en el Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS BRUCE MONTES DE OCA
Alcalde
2508328-1