Declaran Patrimonio Cultural de la Nación 7 unidades bibliográficas de la obra Tradiciones de Huamanga ([1967]-1977)
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 000117-2026-VMPCIC/MC
San Borja, 20 de abril del 2026
VISTOS: el Oficio N° 000291-2026-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000210-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;
Que, con el Oficio N° 000291-2026-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de siete (07) unidades bibliográficas de la obra Tradiciones de Huamanga ([1967]-1977) de la producción literaria de Juan de Mata Peralta Ramírez, perteneciente a la Biblioteca Pública Municipal “Luis Carranza” de Ayacucho;
Que, a través del Oficio N° 001281-2025-BNP-J la Biblioteca Nacional del Perú comunica a la Municipalidad Provincial de Huamanga el inicio del procedimiento y acompaña el cargo de notificación de fecha 23 de diciembre de 2025;
Que, a través del Informe Técnico N° 000029-2026-BNP-J-DPC-UVDP de la Unidad Funcional de Valoración y Defensa del Patrimonio Bibliográfico Documental se desarrolla la importancia, el valor y significado de los bienes cuya declaratoria se propone;
Que, con el Informe Nº 000051-2026-BNP-J-DPC, la Dirección de Protección de las Colecciones, con sustento en el informe técnico, recomienda a la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación del bien propuesto;
Que, Juan de Mata Peralta Ramírez (1916-1997) fue un destacado escritor, bibliotecario, docente y tradicionista ayacuchano, cuya obra constituye un aporte fundamental al estudio y difusión de la identidad cultural de la región;
Que, la obra Tradiciones de Huamanga constituye una publicación de notable importancia para la cultura peruana y, en particular, para la tradición ayacuchana. En ella, Juan de Mata Peralta Ramírez no solo difunde diversas manifestaciones culturales locales, sino que también contribuye a la consolidación de la literatura regional como un espacio de afirmación identitaria y de preservación de la memoria colectiva;
Que, el valor histórico de Tradiciones de Huamanga se fundamenta en el modo en que el autor reconstruye la historia de la ciudad a partir de sus tradiciones, representadas en sus casonas, templos y personajes emblemáticos de la sociedad huamanguina de la época colonial y republicana (Rivera, 2024). Para la redacción de estas tradiciones, Peralta Ramírez recopila relatos y anécdotas transmitidos por los pobladores y por destacados miembros de la sociedad de su época, como Pedro Mañaricúa, Luis Facio y Augusto Límaco, entre otros;
Que, respecto al valor de la obra, las unidades bibliográficas que conforman la propuesta destacan por corresponder a primeras ediciones de sus respectivas obras, con la excepción del ejemplar correspondiente al tomo 1 de la obra, que constituye una tercera edición. Estos ejemplares fueron impresos por imprentas ayacuchanas de la segunda mitad del siglo XX;
Que, en términos materiales, las siete (7) unidades bibliográficas presentan características singulares que las distinguen de otros ejemplares, convirtiéndolos en bienes culturales únicos. La materialidad de cada una de estas piezas testimonia su relevancia para la cultura peruana, en tanto constituyen aportes significativos para la memoria y el estudio de la cultura huamanguina y nacional;
Que, el significado para la cultura peruana de las siete (7) unidades bibliográficas de la obra Tradiciones de Huamanga ([1967]-1977]), de la producción literaria de Juan de Mata Peralta Ramírez, radica en el hecho que la obra promovió la reafirmación de la identidad y de las raíces culturales ayacuchanas. En ese sentido, Juan de Mata Peralta es reconocido como el tradicionista de Huamanga, por haber asumido la iniciativa de investigar, recopilar, narrar y difundir los relatos más representativos del temperamento y el sentir de sus pobladores, con el propósito permanente de explicar su ciudad y perennizar su memoria en la historia tradicional y en la sociedad huamanguina y peruana en general (González, 1995);
Que, por las razones expuestas, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación y, en ese sentido, los informes citados constituyen partes integrantes de la presente resolución y se adjuntan como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación siete (07) unidades bibliográficas de la obra Tradiciones de Huamanga ([1967]-1977) de la producción literaria de Juan de Mata Peralta Ramírez, pertenecientes a la Biblioteca Pública Municipal “Luis Carranza” de Ayacucho, conforme se aprecia en los anexos que son parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS
Viceministra de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
2508230-1