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Fecha de publicación: 21/04/2026
Dejan sin efecto la Resolución Suprema N° 127-2026-PCM

Reconocen a Cónsul General de la República de Chile en Arequipa, con jurisdicción consular en la circunscripción consular correspondiente a los departamentos de Arequipa, Cusco, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Madre de Dios

resolución suprema

N° 068-2026-RE

Lima, 20 de abril de 2026

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 2 y 11 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, disponen que el establecimiento de relaciones consulares entre Estados se efectuará por consentimiento mutuo; y, el jefe de la oficina consular será provisto por el Estado que envía de un documento que acredite su calidad, en forma de carta patente u otro instrumento similar, extendido para cada nombramiento y en el que indicará, por lo general, su nombre completo, su clase y categoría, la circunscripción consular y la sede de la oficina consular;

Que, el numeral 1 del artículo 12 de la referida Convención establece que el jefe de oficina consular será admitido al ejercicio de sus funciones por una autorización del Estado receptor llamada exequátur, cualquiera que sea la forma de esa autorización, con la cual, el Estado peruano reconoce al referido jefe de oficina consular;

Que, el literal l) del artículo 198 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0516-2025-RE, señala que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, tiene como una de sus funciones específicas, constituir el nexo con el Cuerpo Consular acreditado en el Perú, evaluar y tramitar las solicitudes de Exequátur y Reconocimiento Provisional, así como prestar apoyo para el desempeño de sus actividades;

Que, mediante Nota Nº 088/2026 del 13 de febrero de 2026, la Embajada de Chile en el Perú informa que el Gobierno de Chile ha designado al Primer Secretario Daniel Alejandro Mora Muñoz, como Cónsul General de Chile en Arequipa;

Que, conforme a la Hoja de Trámite (GAC) N° 877 del 06 de marzo de 2026, el Despacho Viceministerial del Ministerio de Relaciones Exteriores manifiesta su conformidad respecto a la designación del señor Daniel Alejandro Mora Muñoz, como Cónsul General de Chile en Arequipa;

Que, a través de la Nota RE (CON) N° 6-4/34 del 9 de marzo de 2026, la Dirección de Política Consular de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares informa a la Embajada de Chile en el Perú que el Estado peruano ha aceptado la designación del señor Daniel Alejandro Mora Muñoz como Cónsul General de Chile en Arequipa;

Que, mediante Nota N° 143/2026 del 10 de marzo de 2026, la Embajada de Chile en el Perú remite las Letras Patentes que acreditan al Cónsul General de Chile en Arequipa, señor Daniel Alejandro Mora Muñoz, con jurisdicción consular en la circunscripción consular correspondiente a los departamentos de Arequipa, Cusco, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Madre de Dios;

Que, mediante Memorándum N° DGC010792026 del 08 de abril de 2026, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares emite opinión favorable para el reconocimiento del señor Daniel Alejandro Mora Muñoz como Cónsul General de Chile en Arequipa, con jurisdicción consular en la circunscripción consular correspondiente a los departamentos de Arequipa, Cusco, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Madre de Dios;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo señalado en los incisos 11 y 13 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en el artículo 198 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0516-2025-RE; y, en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reconocimiento

Se reconoce al señor Daniel Alejandro Mora Muñoz, como Cónsul General de la República de Chile en Arequipa, con jurisdicción consular en la circunscripción consular correspondiente a los departamentos de Arequipa, Cusco, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Madre de Dios.

Artículo 2.- Extensión del Exequátur

Se extiende el Exequátur correspondiente.

Artículo 3.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ

Ministro de Relaciones Exteriores

2508078-6