Modifican la R.M. N° 001-2026-MTC/01, que delega facultades en diversos funcionarios, órganos, organismos públicos y programas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 201-2026-MTC/01
Lima, 20 de abril de 2026
VISTOS: el Memorando Nº 546-2026-MTC/02 del Viceministerio de Transportes y el Memorando Nº 1329-2026-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece, entre otros, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministro ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; pudiendo delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 001-2026-MTC/01 se delegan facultades en diversos funcionarios, órganos, organismos públicos y programas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, a través de los artículos 8, 10, 11 y 12 de la Resolución Ministerial Nº 001-2026-MTC/01 se delega en la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, en el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO y en el Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL, respectivamente, facultades y atribuciones en el marco del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura (en adelante Decreto Legislativo Nº 1192);
Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1726, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, a fin de facilitar la disponibilidad de inmuebles mediante la liberación de áreas en bloque para la ejecución de obras de infraestructura, se incorpora al Decreto Legislativo Nº 1192 la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final, la cual precisa que cuando el valor de tasación de inmuebles referido en el artículo 13 del referido Decreto Legislativo Nº 1192 sea inferior a una (1) Unidad Impositiva Tributaria, corresponde reconocer a los Sujetos Pasivos u Ocupantes, según corresponda, el pago de una (1) Unidad Impositiva Tributaria;
Que, con Memorando Nº 546-2026-MTC/02, el Viceministerio de Transportes remite el Memorando Nº 1329-2026-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes que hace suyo el Memorando Nº 1794-2026-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios, que a su vez, traslada el Informe Nº 030-2026-DDP/CL, en el cual se sustenta la necesidad de modificar la delegación de facultades prevista en la Resolución Ministerial Nº 001-2026-MTC/01 en el marco de las modificaciones realizadas al Decreto Legislativo Nº 1192;
Que, asimismo, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO y el Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL, mediante Informe Nº 277-2026-MTC/20.3, Informe Nº 000196-2026-MTC/21.OAJ e Informe Nº I000086-2026-MTC/24-OAL, respectivamente, han sustentado la necesidad de modificar la citada Resolución Ministerial Nº 001-2026-MTC/01;
Que, con el propósito de agilizar y optimizar la gestión administrativa en el ministerio y sus programas, resulta necesario aprobar la modificación de la delegación de facultades dispuesta en la Resolución Ministerial Nº 001-2026-MTC/01;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los artículos 8, 10, 11 y 12 de la Resolución Ministerial Nº 001-2026-MTC/01, que delega facultades en diversos funcionarios, órganos, organismos públicos y programas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme al siguiente detalle:
“(...)
Artículo 8.- Delegación de facultades en la Dirección General de Programas У Proyectos de Transportes
Delegar en el Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, las siguientes facultades:
(...)
8.3 Aprobar el valor total de la tasación y el pago, incluyendo el incentivo, para la adquisición de los inmuebles necesarios para la ejecución de obras de infraestructura mediante la modalidad de trato directo, previa opinión de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y normas conexas; lo que incluye la aprobación del pago del monto equivalente a una (1) UIT, en aplicación de su Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final. Asimismo, aprobar el valor de tasación y el pago de las mejoras encontradas en el inmueble y los gastos de traslado, en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1192, de corresponder, lo que incluye la aprobación del pago del monto equivalente a una (1) UIT, en aplicación de su Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final.
(...)
Artículo 10.- Delegación de facultades en el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL
Delegar en el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, las siguientes facultades:
(...)
10.2. Aprobar el valor total de la tasación y el pago, incluyendo el incentivo, para la adquisición de los inmuebles necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, lo que incluye aprobar el pago del monto equivalente a una (1) UIT, en aplicación de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final del citado marco normativo.
10.3. Aprobar el valor de tasación y el pago de las mejoras encontradas en el inmueble y los gastos de traslado a los ocupantes o poseedores que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto Legislativo Nº 1192, a fin de obtener la liberación de los inmuebles en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada norma, lo que incluye aprobar el pago del monto equivalente a una (1) UIT, en aplicación de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final del citado marco normativo”.
(...)
Artículo 11.- Delegación de facultades en el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO
Delegar en el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, las siguientes facultades:
(...)
11.3. Aprobar el valor total de la tasación y el pago, incluyendo el incentivo, para la adquisición de los inmuebles necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, lo que incluye aprobar el pago del monto equivalente a una (1) UIT, en aplicación de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final del citado marco normativo.
11.4. Aprobar el valor de tasación y el pago de las mejoras encontradas en el inmueble y los gastos de traslado a los ocupantes o poseedores que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto Legislativo Nº 1192, a fin de obtener la liberación de los inmuebles en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada norma, lo que incluye aprobar el pago del monto equivalente a una (1) UIT, en aplicación de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final del citado marco normativo.
(...)
Artículo 12.- Delegación de facultades en el Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL
Delegar en el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL, las siguientes facultades:
(...)
12.5. Aprobar el valor total de la tasación, que incluye el incentivo correspondiente y, el pago, por la adquisición de los predios y bienes inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos de Redes e Infraestructura de Telecomunicaciones en el ámbito de competencia y/o administración del PRONATEL y de la “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro” de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1192, lo que incluye aprobar el pago del monto equivalente a una (1) UIT, en aplicación de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final del citado marco normativo.
12.6. Aprobar el valor de tasación y el pago de las mejoras encontradas en los inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos de Redes e Infraestructura de Telecomunicaciones a cargo del PRONATEL, así como de la “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”; así como los gastos de traslado a los ocupantes o poseedores que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 el Decreto Legislativo Nº 1192, en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada norma, lo que incluye aprobar el pago del monto equivalente a una (1) UIT, en aplicación de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final del citado marco normativo”.
(...).”
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALDO M. PRIETO BARRERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
2508045-1