Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en los Estados Unidos de América
Resolución Ministerial
N° 106-2026-MINCETUR
Lima, 20 de abril de 2026
VISTOS, el Oficio N° 000232-2026-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; y el Informe N° 0161-2026-MINCETUR/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ a través de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales es responsable de impulsar la promoción, atracción, retención y expansión de la inversión extranjera directa en emprendimientos destinados a la generación de bienes y servicios, para fines distintos a la infraestructura y servicios públicos, de preferencia que incrementen oferta exportable y el turismo, aprovechando la red de contactos en el país y el exterior, para originar nuevas oportunidades de negocios a las empresas, crecimiento económico y beneficios para el país, sin demandar financiamiento público para su concreción, en concordancia con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y las políticas, lineamientos, objetivos y metas sectoriales;
Que, en la ciudad de Coral Gables, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 28 al 30 de abril de 2026, se llevará a cabo el evento denominado “ALIS CALA 2026”, principal conferencia de inversión hotelera para la región del Caribe y Latinoamérica, que reunirá a cadenas hoteleras y empresas de gestión hotelera, así como a fondos de inversión, y entidades de capital y financiamiento;
Que, la participación de PROMPERÚ en dicho evento reviste de suma importancia dado que permitirá presentar un portafolio de oportunidades de inversión turística y hotelera a inversionistas internacionales, agentes multiplicadores de inversión y representantes de instituciones públicas y privadas, promoviendo las ventajas competitivas y oportunidades de inversión del Perú, como un país seguro, confiable y estable para la inversión extranjera directa;
Que, el referido evento comprende sesiones plenarias, paneles especializados por región, espacios de networking estratégico y reuniones; en dicho marco, el día 29 de abril del presente año, el Director de Promoción de Inversiones Empresariales de PROMPERÚ, en representación de la entidad, participará como expositor en la sesión “Oportunidades de Inversión en el Perú”, lo que generará nuevos contactos con fondos de inversión y reuniones bilaterales con potenciales inversionistas, contribuyendo al fortalecimiento de la Marca Perú;
Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación de PROMPERÚ en el evento “ALIS CALA 2026”, siendo necesario autorizar el viaje del señor Daniel Ignacio Córdova Espinoza, Director de Promoción de Inversiones Empresariales, para que realice acciones de promoción de las inversiones;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector;
Con el visado de la Presidencia Ejecutiva y de la Gerencia General de PROMPERÚ, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Daniel Ignacio Córdova Espinoza, Director de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales, a la ciudad de Coral Gables, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 27 al 30 de abril de 2026, para que, en representación de PROMPERÚ, participe en el evento que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US $ |
Zona Geográfica |
Viáticos por día |
Total viáticos US $ |
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Daniel Ignacio Córdova Espinoza |
1 129,27 |
América del Norte |
440,00 x 3 |
1 320,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza en el artículo 1, presenta al Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos y presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ FERNANDO REYES LLANOS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2508005-1