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Fecha de publicación: 22/04/2026
Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Huaca El Huerto - Sector A y Sector B, ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica

RESOLUCIóN VICEMINISTERIAL

N° 000114-2026-VMPCIC/MC

San Borja, 17 de abril del 2026

VISTOS; el Informe N° 000776-2025-DGPA-VMPCIC/MC y el Memorando N° 000480-2026-DGPA-VMPCIC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; la Hoja de Elevación N° 000165-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que todo bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de carácter prehispánico, es de propiedad del Estado, así como sus partes integrantes o accesorias y sus componentes descubiertos o por descubrir, independientemente de que se encuentre ubicado en predio de propiedad pública o privada y su ámbito tiene la condición de intangible, inalienable e imprescriptible;

Que, el literal a) del artículo 14 de la norma citada, establece como funciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de lo cual se colige que el ejercicio de la prerrogativa de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación conlleva, además, la aprobación del expediente técnico del bien inmueble prehispánico y de todo documento relacionado a aquel;

Que, mediante Informes N° 000223-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC y N° 000228-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal presenta la propuesta técnica para la declaratoria y aprobación de delimitación como bien inmueble prehispánico integrante del Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto Sector A y Sector B, ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, conforme los datos técnicos señalados en los planos PP-089-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84 y PP-090-MC_DGPA-DSFL-2024;

Que, mediante Informes N° 000059-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-HHP/MC y N° 000052-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC de la la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico, así como el Oficio N° 237-2025-SUNARP/ZRXI/UREG de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, concluye que el diagnóstico físico legal del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto Sector A y Sector B, se superponen a las Partidas Registrales N° 11195351 y N° 40024930 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Ica de la Zona Registral N° XI - Sede Ica, inscrita a favor del Gobierno Regional de Ica y el Instituto Nacional de Innovación Agraria, respectivamente.

Que, con Memorando N° 1835-2024-DDC ICA/MC, que adjunta como sustento el Informe N° 001115-2024-DDC ICA-MMR/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ica, se da cuenta que no se ha expedido Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos - CIRAS dentro del ámbito del bien inmueble prehispánico;

Que, a través de los Oficios N° 000754-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000755-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000756-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000837-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC y N° 000838-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, se notificaron al Gobierno Regional de Ica, al Instituto Nacional de Innovación Agraria y al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego sobre el inicio del procedimiento de declaratoria y delimitación del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto Sector A y Sector B, con fines de saneamiento físico legal, otorgándose un plazo máximo de siete días hábiles para emitir pronunciamiento, contados a partir del día siguiente de su recepción, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1661;

Que, mediante Oficio N° 1009-2025-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR, la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, remite a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal copia de conocimiento sobre el traslado al Programa de Titulación de Tierras - PRETT del Gobierno Regional de Ica del inicio de declaratoria del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto Sector B, sustentado en el Informe N° 0080-2025-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR-DMML, a través del cual comunica que no tiene competencia para iniciar, ni ha iniciado, el proceso de saneamiento físico-legal de las áreas que se superponen con el Sitio Arqueológico Huaca El Huerto - Sector A y Sector B, que incluye a la Unidad Catastral N° 66118;

Que, a la fecha de la emisión de la presente resolución, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, no ha recibido respuesta alguna por parte del Gobierno Regional de Ica, ni del Instituto Nacional de Innovación Agraria;

Que, en virtud de las acciones descritas en los considerandos precedentes, no habiendo mediado oposición al inicio del procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y aprobación del expediente técnico del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto - Sector A y Sector B, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura inicia las acciones de saneamiento físico legal en los predios inscritos en las partidas N° 11195351 y N° 40024930, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, mediante Informe N° 000776-2025-DGPA-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, acompaña los Informes N° 000223-
2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, N° 000228-2024-
DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, N° 000059-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-HHP/MC y N° 000052-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC, a través de los cuales la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, presenta la propuesta técnica de declaratoria y delimitación como bien inmueble prehispánico integrante del Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Sitio Arqueológico Huaca El Huerto - Sector A y Sector B;

Que, el artículo VI del Título Preliminar del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2022-MC, establece que sitio arqueológico es el espacio que contiene evidencias arqueológicas muebles y/o inmuebles asociados entre sí, tanto en superficie como en el subsuelo o en medio subacuático;

Que, el Sitio Arqueológico Huaca El Huerto - Sector A y Sector B es importante porque fue un centro administrativo, urbano y ceremonial, perteneciente al periodo del intermedio tardío (900 d.C - 1440 d.C), construido por la cultura Ica y ocupado posteriormente por el imperio incaico. Se trata de una construcción piramidal que presenta gran volumen y solidez de sus muros, donde en algunos casos se puede observar enlucidos de color ocre y blanco en sus paredes;

Que, el valor arqueológico prehispánico de la Huaca El Huerto - Sector A y Sector B reside en que los vestigios materiales, como edificaciones y materiales arqueológicos que son fuentes primordiales para estudiar, comprender e interpretar esta civilización asentada en el valle de Ica, ofreciendo información sobre sus formas de vida, organización social, creencias y legado histórico;

Que, el significado de la Huaca El Huerto - Sector A y Sector B, como un área arqueológica de gran importancia y valor, estriba en que forma parte de un conjunto de estructuras piramidales ubicadas en la planicie del valle del río Ica, que guarda un gran valor histórico, social, estético y científico al ser un patrimonio que fortalece la identidad colectiva, el sentido de pertenencia y la comprensión de la historia en este departamento;

Que, de acuerdo a lo desarrollado y habiéndose pronunciado favorablemente los órganos especializados, resulta procedente la declaratoria y aprobación de la delimitación como bien inmueble prehispánico integrante del Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto - Sector A y Sector B, constituyendo los informes citados partes integrantes de la presente resolución y se adjuntan como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y el Decreto Supremo N° 011-2022-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Huaca El Huerto - Sector A y Sector B, ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a los datos que se consignan en el siguiente cuadro:

Departamento

Ica

Provincia

Ica

Nombre del Sitio Arqueológico

Distrito

Sector

Datum WGS84 Zona 18 Sur

UTM Este

UTM Norte

Huaca El Huerto

Salas

A

417187.8552

8452543.7076

B

417516.0744

8452204.8539

Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico de delimitación (memoria descriptiva, ficha catastral y plano perimétrico) del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto - Sector A y Sector B, según los datos técnicos que se detallan a continuación:

Nombre del Sitio Arqueológico

Sector

N° de Plano en Datum WGS84

Área

(m2)

Área

(hectárea)

Perímetro (m)

Huaca El Huerto

A

PP-089-MC_DGPA-DSFL-2024

5,549.14

0.5549

281.28

B

PP-090-MC_DGPA-DSFL-2024

7,081.05

0.7081

323.01

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal inscribir la condición cultural sobre las partidas ubicadas dentro del polígono del expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente resolución e iniciar las acciones de saneamiento físico legal conforme al marco de sus competencias.

Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Municipalidad Distrital de Salas, a la Municipalidad Provincial de Ica, al Gobierno Regional de Ica, a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, para efectos de que sea considerada dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; así como en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), conjuntamente con el expediente de declaratoria y expediente técnico del Sitio Arqueológico Huaca El Huerto - Sector A y Sector B, y sus anexos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS

Viceministra de Patrimonio Cultural

e Industrias Culturales

2507643-1