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Fecha de publicación: 30/04/2026
Designan Secretario de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Barranca, para participar en actividades académicas que se llevarán a cabo en Brasil

UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA

Resolución de Comisión Organizadora

N° 482-2026-UNAB

Barranca, 9 de abril de 2026

VISTO:

El Exp N° 1007-2026 de la Presidencia, OFICIO N° 071-2026-UNAB-VP. INVEST, OFICIO N° 0194-2026-UNAB/VPI/II, CARTA N° 04-2026-UNAB-FFCV, INFORME N° 259-2026-UNAB/OPP y el INFORME N° 0278-2026-UNAB/UPPM; y;

CONSIDERANDO:

Que, el párrafo cuarto del artículo 18° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 7° y 8° del Estatuto de la UNAB;

Que, el artículo 29° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 002-2026-MINEDU, de fecha 06 de enero de 2026, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; quedando integrada por: Dr. JUAN CARLOS REYES ULFE Presidente, Dr. MIGUEL ANGEL LUNA NEYRA Vicepresidente Académico y el Dr. JOSE AUGUSTO ARIAS PITTMAN Vicepresidente de Investigación;

Que, el artículo 58° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, concordante con el artículo 19º del Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca, aprobada con Resolución de Comisión Organizadora N° 454-2025-UNAB, que establece: El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Barranca, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias;

Que, mediante Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público (..);

Que, conforme al artículo 4° y 9° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, “NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE AUTORIZACIÓN DE VIAJES AL EXTERIOR DE SERVIDORES Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS”, establece los actos administrativos a fin de hacer eficiente el gasto público en la realización de los citados viajes;

Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 632-2025-UNAB, de fecha 15 de mayo de 2025, se aprueba los resultados de la convocatoria de proyectos de investigación financiados con fondos internos y sin financiamiento de la UNAB - 2025, (…)”, dentro del cual se aprueba el proyecto de investigación titulado: “(…) 11 FACTORES QUE CONDICIONAN LA INFORMALIDAD DE LOS EMPRENDIMIENTOS ARTESANALES PARA ESTABLECER ESTRATEGIAS QUE MEJOREN SUS CONDICIONES LABORALES Y ECONÓMICAS”;

Que, mediante Resolución Directoral N° 040-2026-UNAB/DGA, de fecha 27 de marzo de 2026, se concede la Licencia con goce de haber al Dr. FREDDY FREDRICH CABELLO VICENTE, docente ordinario auxiliar con dedicación a tiempo completo, para su participación en el desarrollo de actividades académicas vinculadas al turismo y la gestión de empresas, en el marco del proyecto de investigación titulado: “FACTORES QUE CONDICIONAN LA INFORMALIDAD DE LOS EMPRENDIMIENTOS ARTESANALES PARA ESTABLECER ESTRATEGIAS QUE MEJOREN SUS CONDICIONES LABORALES Y ECONÓMICAS”, las cuales se llevarán a cabo en la Escola de Artes, Ciencias e Humanidades da Universidade de Sao Paulo (USP), en Sao Paulo, Brasil, del 26 de abril al 2 de mayo de 2026;

Que, mediante INFORME N° 259-2026-UNAB, de fecha 01 de abril de 2026, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en atención al INFORME N° 0278-2026-UNAB/UPPM, de fecha 01 de abril de 2026, suscrito por la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, informa que se ha procedido con la habilitación presupuestal del centro de costo: Instituto de Investigación;

Que, mediante CARTA N° 04-2026-UNAB-FFCV, el Dr. Freddy Fredrich Cabello Vicente, en calidad de Investigador Responsable del Proyecto de Investigación: “Factores que condicionan la informalidad de los emprendimientos artesanales, para establecer estrategias que mejoren sus condiciones laborales y económicas”, solicita la autorización de viaje para desarrollar actividades investigativas en la Escola de Artes, Ciências e Humanidades da Universidade de São Paulo (USP), São Paulo - Brasil, durante el período comprendido entre el 26 de abril y el 02 de mayo de 2026; precisando que su salida hacia Sao Paulo, Brasil se realizará el 25 de abril mientras que el retorno está previsto para el 03 de mayo del presente año. Cabe señalar que la participación en este evento resulta indispensable para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el proyecto de investigación, así como para el fortalecimiento de la visibilidad y proyección académica de nuestra institución en el ámbito internacional;

Que, mediante OFICIO N° 071-2026-UNAB-VP. INVEST, de fecha 08 de abril de 2026, el despacho de la Vicepresidencia de Investigación, en atención al OFICIO N° 0194-2026-UNAB/VPI/II, de fecha 08 de abril de 2026, eleva la solicitud de Autorización de viaje al exterior a favor del Dr. Freddy Fredrich Cabello Vicente, Docente adscrito al Departamento Academico de Ciencias Contables y Financieras de la Universidad Nacional de Barranca, para participar en el desarrollo de actividades académicas vinculadas al turismo y la gestión de empresas, en el marco del proyecto de investigación titulado: “FACTORES QUE CONDICIONAN LA INFORMALIDAD DE LOS EMPRENDIMIENTOS ARTESANALES PARA ESTABLECER ESTRATEGIAS QUE MEJOREN SUS CONDICIONES LABORALES Y ECONÓMICAS”, las cuales se llevarán a cabo en la Escola de Artes, Ciencias e Humanidades da Universidade de Sao Paulo (USP), en Sao Paulo, Brasil, del 26 de abril al 02 de mayo de 2026. Del mismo modo se precisa que cuenta con la habilitación presupuestal; conforme al siguiente detalle:

CLASIFICADOR

DESCRIPCIÓN

IMPORTE (S/)

23.21.11

Emisión de boleto aéreo

(Lima-Sao Paulo-Lima)

S/. 5,000.00

23.21.12

Viáticos estancia Brasil (10 días)

S/. 5,000.00

Total:

S/ 10,000.00

Que, mediante Exp. N° 1007-2026 de la Presidencia de la Comisión Organizadora de la UNAB de fecha 08 de abril de 2026, remite a Secretaría General para ser tratado en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de abril de 2026;

Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de abril de 2026, acordó AUTORIZAR el viaje al exterior del país al Dr. FREDDY FREDRICH CABELLO VICENTE, Docente adscrito al Departamento Academico de Ciencias Contables y Financieras de la Universidad Nacional de Barranca, para participar en el desarrollo de actividades académicas vinculadas al turismo y la gestión de empresas, en el marco del proyecto de investigación titulado: “FACTORES QUE CONDICIONAN LA INFORMALIDAD DE LOS EMPRENDIMIENTOS ARTESANALES PARA ESTABLECER ESTRATEGIAS QUE MEJOREN SUS CONDICIONES LABORALES Y ECONÓMICAS”, las cuales se llevarán a cabo en la Escola de Artes, Ciencias e Humanidades da Universidade de Sao Paulo (USP), en Sao Paulo, Brasil, del 26 de abril al 02 de mayo de 2026;

Que, en uso de las facultades y atribuciones establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley N° 30220- Ley Universitaria, Ley N° 29553 - Ley que crea la UNAB, Estatuto de la UNAB, Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado: “DISPOSICIONES PARA LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES ORGANIZADORAS DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS EN PROCESO DE CONSTITUCIÓN”; modificadas por: Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 053-2023-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 077-2025-MINEDU; la Resolución Viceministerial N° 002-2026-MINEDU, que reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país al Dr. FREDDY FREDRICH CABELLO VICENTE, Docente adscrito al Departamento Academico de Ciencias Contables y Financieras de la Universidad Nacional de Barranca, para participar en el desarrollo de actividades académicas vinculadas al turismo y la gestión de empresas, en el marco del proyecto de investigación titulado: “FACTORES QUE CONDICIONAN LA INFORMALIDAD DE LOS EMPRENDIMIENTOS ARTESANALES PARA ESTABLECER ESTRATEGIAS QUE MEJOREN SUS CONDICIONES LABORALES Y ECONÓMICAS”, las cuales se llevarán a cabo en la Escola de Artes, Ciencias e Humanidades da Universidade de Sao Paulo (USP), en Sao Paulo, Brasil, del 26 de abril al 02 de mayo de 2026.

Artículo 2.- AUTORIZAR los gastos correspondientes a viáticos y pasajes aéreos, por un monto de S/. 10,000.00 (Diez mil con 00/100 Soles).

Artículo 3.- ENCARGAR a la Vicepresidencia de Investigación y la Dirección del Instituto de Investigación, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a las normas vigentes.

Artículo 4.- DISPONER que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el viaje, el docente deberá presentar un informe de su participación y la rendición de cuentas a las áreas correspondientes.

Artículo 5.- DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información se encargue de la publicación de la presente resolución en la página web y el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Barranca.

Artículo 6.- NOTIFICAR a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Instituto de Investigación, Departamento Academico de Ciencias Contables y Financieras, Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y al Dr. Freddy Fredrich Cabello Vicente, para su conocimiento y fines.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JUAN CARLOS REYES ULFE

Presidente de la Comisión Organizadora

ADALBERTO CRUZ GARCÍA

Secretario General

2507642-1