Logo El Peruano
Fecha de publicación: 18/04/2026
Designan Asesor de Alta Dirección del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros

Autorizan viaje de servidores de AGROMERCADO a Italia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0126-2026-MIDAGRI

Lima, 17 de abril de 2026

VISTOS:

El OF. RE (PCO) Nº 2-9-B/54 del Ministerio de Relaciones Exteriores; los Oficios Nº 0149 y 0151-2026-MIDAGRI-AGROMERCADO/J, del Jefe de AGROMERCADO; el Memorando Nº 00842-2026-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe Nº 00205-2026-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, el Informe Nº 00481-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), señala entre sus funciones rectoras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar políticas nacionales bajo su competencia; asimismo, en el marco de sus competencias compartidas, tiene entre otras, la función de promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados;

Que, AGROMERCADO, es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al MIDAGRI, creado mediante la Ley Nº 28890, modificada con la Ley Nº 30495, que tiene como uno de sus objetivos el fortalecer la competitividad comercial y empresarial de los productores agrarios y sus organizaciones para promover su articulación a los mercados nacionales e internacionales;

Que, mediante el OF. RE (PCO) Nº 2-9-B/54, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica a AGROMERCADO los avances vinculados a la participación del Perú en la Feria Internacional MACFRUT 2026, a realizarse del 21 al 23 de abril de 2026 en el Rimini Expo Centre, de la ciudad de Rimini, República Italiana, señalando que se ha gestionado el apoyo de la Organización Internacional Ítalo-Latinoamericana (IILA) para la participación de dos (2) servidores de AGROMERCADO mediante una propuesta que contempla el financiamiento de los pasajes aéreos, hospedaje y traslados a la feria;

Que, la Feria Internacional MACFRUT 2026 constituye una de las principales plataformas internacionales especializadas en el sector hortofrutícola, al reunir a productores, exportadores, importadores, distribuidores, empresas de tecnología agrícola, investigadores y representantes de entidades públicas y privadas vinculadas a la cadena de valor agroalimentaria, que representa un espacio estratégico que tiene como objetivo la promoción comercial, el intercambio de conocimientos y el fortalecimiento de vínculos comerciales entre los actores del sector a nivel global, lo cual constituye una valiosa oportunidad para el Perú en la promoción y posicionamiento de la oferta productiva de los pequeños y medianos productores agrarios vinculados a las cadenas hortofrutícolas;

Que, mediante correo electrónico de fecha 20 de marzo de 2026; Susana Yturry Farge, Directora de Promoción y Articulación Comercial de AGROMERCADO, confirma la participación de los señores Jhordan Steeve Deza Castilla, Director de la Dirección de Gestión de la Oferta Productiva DGOP y Pablo Gustavo Salinas Delgado, Especialista en Promoción Comercial de la Dirección de Promoción y Articulación Comercial DPAC en el referido evento;

Que, a través de los Oficios Nº 0151-2026-MIDAGRI-AGROMERCADO/J y 0149-2026-MIDAGRI-AGRO
MERCADO/J, el Jefe de AGROMERCADO solicita autorización de viaje para que los referidos servidores participen en la Feria Internacional MACFRUT 2026 a realizarse del 21 al 23 de abril de 2026 en el Rimini Expo Centre, de la ciudad de Rimini, República Italiana, la cual representa una oportunidad estratégica y un espacio propicio para expandir vínculos comerciales, técnicos y de promoción que favorecen al posicionamiento de las cadenas hortofrutícolas peruanas;

Que, a través del Memorando Nº 0842-2026-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), remite el Informe Nº 00205-2026-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales (OCAI), señala que el expediente de autorización de viaje de los señores Jhordan Steeve Deza Castilla, Director de la DGOP y Pablo Gustavo Salinas Delgado, Especialista en Promoción Comercial de la DPAC de AGROMERCADO, cumple con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 7.2.4.6 de la Directiva DI Nº 024-2025-MIDAGRI/OGA-OC, Versión 02: “Directiva para la autorización de viajes al interior y exterior del país por comisión de servicios, adquisición de pasajes, otorgamiento y control de viáticos y rendición de cuentas”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0135-2025-MINAGRI-SG, en adelante la Directiva;

Que, asimismo, la OCAI señala que dada la naturaleza del evento, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje de los servidores de AGROMERCADO, en tanto su participación en el antes mencionado evento permitirá fortalecer la presencia del Perú en el mercado europeo mediante el posicionamiento y consolidación de las exportaciones agrarias (mango, palta y orégano) en un contexto de creciente demanda por productos saludables, certificados y sostenibles; asimismo, impulsa la competitividad del sector agroexportador al permitir identificar tendencias, estándares y exigencias internacionales; De igual manera, promueve la inclusión económica de pequeños y medianos productores al facilitar su acceso directo a mercados internacionales, dinamizando las economías rurales, y contribuye a la diversificación de mercados, reduciendo riesgos comerciales y fortaleciendo la inserción del Perú en cadenas globales; en el ámbito institucional, refuerza la promoción comercial internacional del sector agrario, articula la oferta productiva con la demanda global y genera información estratégica que retroalimenta el diseño de políticas, programas de asistencia técnica e inversiones orientadas al cierre de brechas y al desarrollo competitivo y sostenible del sector;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedajes y traslados a la Feria para los servidores comisionados son asumidos por la Organización Internacional Italo-Latinoamericana (IILA); por lo que los gastos por concepto de alimentación son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 018: AGROMERCADO, según lo señalado en la certificación de Crédito presupuestario contenida en la Nota Nº 0000000773 y Nota Nº 0000000772, que se acompaña al expediente de autorización de viaje al exterior;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público;

Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros;

Que, asimismo, el artículo 4 del referido Decreto Supremo establece que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, mediante Informe Nº 00481-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje al exterior de los señores Jhordan Steeve Deza Castilla, Director de la Dirección de Gestión de la Oferta Productiva y Pablo Gustavo Salinas Delgado, Especialista en Promoción Comercial de la Dirección de Promoción y Articulación Comercial de AGROMERCADO para participar en la Feria Internacional MACFRUT 2026, a desarrollarse del 21 al 23 de abril de 2026 en la ciudad de Rímini, República Italiana;

Que, en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, resulta necesario autorizar el viaje en comisión de servicios de los servidores Jhordan Steeve Deza Castilla y Pablo Gustavo Salinas Delgado de AGROMERCADO del 19 al 25 de abril de 2026, conforme se señala en el Anexo 5 - Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a los tickets aéreos que obran en el expediente;

Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Jefe de AGROMERCADO; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28890, que crea AGROMERCADO, modificada por la Ley Nº 30495; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y la Resolución de Secretaría General Nº 0135-2025-MIDAGRI-SG que aprueba la Directiva DI Nº 024-2025-MIDAGRI/OGA-OC Versión 02: “Directiva para la autorización de viajes al interior y exterior del país por comisión de servicios, adquisición de pasajes, otorgamiento y control de viáticos y rendición de cuentas”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los servidores Jhordan Steeve Deza Castilla, Director de la Dirección de Gestión de la Oferta Productiva y Pablo Gustavo Salinas Delgado, Especialista en Promoción Comercial de la Dirección de Promoción y Articulación Comercial de AGROMERCADO, a la ciudad de Rimini, República Italiana, del 19 al 25 de abril de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos correspondientes a viáticos parciales que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo al presupuesto del Pliego Presupuestal 018: AGROMERCADO, acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Zona geográfica

Viático Parcial US$

Monto total de viáticos US$

Jhordan Steeve Deza Castilla

Europa

173,88

(3+2)

869,40

Pablo Gustavo Salinas Delgado

Europa

173,88

(3+2)

869,40

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los servidores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar ante el titular de la entidad un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 5.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE CÉSAR MEZA MILLÁN

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

2507538-1