Autorizan viaje de servidora del INICTEL-UNI a Suiza, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
Resolución Rectoral
N° 0620-2026-UNI
Lima, 17 de abril de 2026
VISTO:
El Expediente con Registro N° 0050075-2026 del Sistema de Gestión Documentaria sobre la Autorización de viaje en Comisión de Servicios a la ciudad de Ginebra, Suiza de la Ing. Iris Magally Pretel Trejo servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica del INICTEL-UNI del 19 al 26 de abril de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”;
Que, el artículo 8° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, Ley Universitaria, dispone que “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable”. Esta autonomía se manifiesta en los regímenes normativos, de gobierno, académico, administrativo y económico, concordantes con el artículo 7° del Estatuto de la UNI, aprobado mediante la Resolución Rectoral N° 1787-2014-UNI del 16 de diciembre de 2014;
Que, el artículo 3° de la Ley N°30220, refiere que: “La universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia que brinda una formación humanista científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial (...)”. En ese sentido, sus actuaciones se encuentran regidas entre otros por los principios de calidad académica, espíritu crítico y de investigación, pluralismo, tolerancia, diálogo intercultural e inclusión, compromiso con el desarrollo del país, internacionalización, difundir el conocimiento universal en beneficio de la humanidad, y realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística, conforme establece el artículo 5° del mismo marco legal;
Que, el artículo 6° de la Ley Universitaria establece que son fines de la Universidad realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística; Difundir el conocimiento universal en beneficio de la humanidad; Promover el desarrollo humano y sostenible en el ámbito local, regional, nacional y servir a la comunidad y al desarrollo integral. Lo cual se correlaciona con los fines de esta Casa de Estudios, previstos en los numerales 5.6 y 5.7 del artículo 5º del Estatuto;
Que, el artículo 1° de la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, establece que todo viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos que irroguen gastos al Tesoro Público requiere autorización previa; disposición que se complementa con la Ley N° 28807, que extiende su aplicación a viajes financiados con recursos del Estado y/o de cooperación internacional;
Que, artículos 2° y 3° de la Ley N° 27619 dispone que las resoluciones que autorizan viajes al exterior deben encontrarse debidamente sustentadas en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; y que dichas resoluciones deben ser publicadas en el Diario Oficial “El Peruano” con anterioridad a la realización del viaje;
Que, en el marco del citado contexto legal, mediante documento BDT/PPS/CSD/NUM/135 de fecha 17 de diciembre de 2025, la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) invita a nuestra institución a participar en la reunión anual de la Academia de Formación de la ITU Centros (ATC), que tendrá lugar del 21 al 24 de abril de 2026 en Ginebra, Suiza y que se celebrará en conjunto con el Global Taller de Centros de Transformación Digital (DTC). Asimismo, la UIT señala que cubrirá los costes relacionados con viajes y alojamiento hotelero para un representante de cada centro;
Que, la reunión anual de los Centros de Formación de la Academia (ATC) de la UIT reúne a representantes de los ATC y será un evento práctico de trabajo para debatir la implementación del programa, fortalecer colaboración entre centros y exploración de ideas innovadoras. Está diseñado como un evento presencial y para todos los ATC;
Que, con Informe Nº 000083-2026-INICTEL-UNI-DCTT de 19 de diciembre de 2025, el Director de Capacitación y Transferencia Tecnológica del INICTEL-UNI, informa que mediante Carta N° 000143-2025-INICTEL-UNI/DE de fecha 16 de diciembre de 2025, la Dirección Ejecutiva ha aprobado la participación de la Ing. Iris Magally Pretel Trejo, a la reunión anual de los Centros de Capacitación de la Academia de la UIT (ATC) en la cual somos miembros, que se llevará a cabo de manera presencial del 21 al 24 de abril de 2026 en la Sede Central de la Unión Internacional de telecomunicaciones (UIT) en Ginebra – Suiza;
Que, el literal d) del Art. 8° del Manual de Operaciones - MOP del INICTEL-UNI, aprobado por Resolución Rectoral N° 1335-2025-UNI de 05 de mayo de 2025, establece que son funciones del Consejo Directivo, aprobar los viajes al exterior de carácter oficial de sus miembros, funcionarios y servidores;
Que, mediante Informe N° 000020-2026-INICTEL-UNI-DE/SG de fecha 16 de marzo de 2026, el Secretario General del INICTEL-UNI pone en conocimiento el Acuerdo N° 001.001.2026 adoptado por el Consejo Directivo del INICTEL-UNI en su Sesión Ordinaria Virtual, donde acordó: “Aprobar, el viaje en comisión de servicios de la Ing. Iris Magally Pretel Trejo, servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica, a efectos de que participe como representante de la ATC INICTEL-UNI en la reunión anual presencial de los Centros de Capacitación (ATC) de la Academia de la Unión Internacional de Telecomunicaciones UIT y Global Digital Transformation Centres (DTCs) workshop, que se desarrollará del 19 al 26 de abril de 2026, en Ginebra - Suiza, periodo que incluye días de desplazamiento, así como la asignación de viáticos (alojamiento, alimentación y transporte local) y seguro de viaje que representa un gasto de S/ 9,760.00 soles aproximadamente conforme presupuesto proyectado por la acotada Dirección, toda vez que el costo de los pasajes internacionales (Lima - Ginebra - Lima) son asumidos por la UIT, conforme el marco normativo de la Ley de Presupuesto y previa verificación de disponibilidad presupuestal, y en ese sentido, se remita la documentación pertinente al Pliego, para la urgente emisión de la Resolución Rectoral correspondiente, teniendo en cuenta la proximidad del viaje en comisión de servicios, exonerándose el presente acuerdo del requisito de aprobación del acta en la próxima sesión del Consejo Directivo para su ejecución”;.
Que, la reunión ATC 2026 representa una oportunidad estratégica para consolidar el rol del UIT en ATC INICTEL-UNI dentro de la red global de Centros de Capacitación de la UIT. Asimismo, permitirá profundizar alianzas, actualizar líneas de acción y contribuir al fortalecimiento de capacidades en TIC a nivel internacional. En ese sentido, la participación en esta reunión representa una oportunidad estratégica para consolidar el rol del UIT en ATC INICTEL-UNI dentro de la red global de Centros de Capacitación de la UIT, así como para fortalecer alianzas, actualizar líneas de acción y contribuir al fortalecimiento en capacidades en TIC a nivel internacional. Por lo tanto, la Reunión Anual Presencial de los Centros de Capacitación de la Académica de la UIT (ATC), que se celebrará en conjunto con el Taller Global de Centros de Transformación Digital (DTC), se enmarca entre los fines, funciones, objetivos e intereses institucionales de la universidad previstos en la Ley Universitaria y en el Estatuto de la UNI;
Que, en dicho marco el INICTEL-UNI debe asumir los gastos de alojamiento, alimentación y movilidad local (en Ginebra, Suiza) para los días del evento, para los días de desplazamiento, alimentación, movilidad local y el seguro de viaje, durante el periodo de la comisión de servicio que será considerado del 19 al 26 de abril de 2026, considerando días de desplazamiento;
Que, mediante Disponibilidad Presupuestal N° 001-2026-DCTT y Disponibilidad Presupuestal N° 0022026-DCTT ambas de 25 de marzo de 2026, la Oficina de Planificación y Presupuesto otorga disponibilidad para financiar los viáticos y seguros por la participación de un representante en la reunión anual presencial de los Centros de Capacitación de la Academia (ATC) de la UIT, el mismo que se ejecutará con cargo a la meta 0019: Gestión de Proyectos y Transferencia de Conocimientos por la fuente Recursos Ordinarios; conforme a lo siguiente:
|
Meta |
Cadena de Gastos |
Bienes y/o Servicios |
Disponibilidad Presupuestal Autorizada S/ |
|
0019 |
2.3.2.1.1.2 |
Viáticos y asignaciones por comisión de servicio |
9,400.00 |
|
2.3.2.6.3.4 |
Otros Seguros Personales |
400.00 |
Que, mediante Oficio N° 0582-2026-OAJ-UNI de fecha 15 de abril del 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que “resulta viable lo solicitado por el Director Ejecutivo de INICTEL-UNI, respecto a la emisión de la Resolución Rectoral que autorice el viaje en comisión de servicios de la Ing. Iris Magally Pretel Trejo, servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica del INICTEL-UNI, a fin de que participe en la Reunión Anual Presencial de los Centros de Capacitación de la Académica de la UIT (ATC), a realizarse conjuntamente con el Global Taller de Centros de Transformación Digital, del 19 al 26 de abril de 2026, periodo que comprende los días de desplazamiento, en la ciudad de Ginebra-Suiza”, y;
Estando al Proveído N°1919/AFTC RECT.26 de fecha 16 de abril del 2026, y conforme a lo contemplado en el Artículo 1° de la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y estando a lo previsto en el artículo 60º de la Ley N° 30220, Ley Universitaria y a las atribuciones conferidas al rector en el numeral 62.2 del artículo 62° de dicho dispositivo legal concordante con el literal b) del artículo 25 del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, sobre las atribuciones del rector para dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y financiera.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, el viaje en Comisión de Servicios a la ciudad de Ginebra, Suiza de la Ing. IRIS MAGALLY PRETEL TREJO servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica del INICTEL-UNI del 19 al 26 de abril de 2026, periodo que considera los días de desplazamiento, para que participe en la reunión anual presencial de los Centros de Capacitación de la Academia (ATC) de la UIT.
Artículo 2°.- Otorgar, a la Ing. IRIS MAGALLY PRETEL TREJO, el equivalente en soles del total de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que irroguen la comisión de servicios referida en los considerandos de la presente Resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida comisión.
Artículo 3°.- Los gastos que irrogue la Comisión de Servicios autorizada serán financiados de acuerdo al detalle contenido en el siguiente cuadro:
|
Meta |
Cadena de Gasto |
FF |
Concepto |
Monto S/. |
|
0019 |
2.3.2.1.1.2 |
R.O |
Viáticos y asignaciones por comisión de servicio |
9,400.00 |
|
0019 |
2.3.2.6.3.4 |
R.O |
Otros Seguros Personales |
400.00 |
|
Total |
S/ 9,800.00 |
Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje la Comisionada, deberá presentar al Consejo Directivo de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la comisión.
Artículo 5°.- Disponer que la Secretaría General de la Universidad Nacional de Ingeniería publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI.
Artículo 6°.- Dar cuenta al Consejo Directivo del INICTEL-UNI.
Regístrese, Comuníquese y Archívese,
Arturo Fernando Talledo Coronado
Rector
Catterine Neddy Anco Alarcón
Secretaria General
2507416-1