Convocan a la Primera Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de La Perla
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 003-2026-MDLP
La Perla, 14 de abril de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA.
VISTOS:
El Informe N° 023-2026-OGPP/MDLP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con fecha 07 de abril del 2026, Informe N° 44-2026-OGAJ/MDLP emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica con fecha 13 de abril del 2026, Memorándum N° 073-2026-GM/MDLP emitido por la Gerencia Municipal con fecha 14 de abril del 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante la Ley N° 31433, se incorpora el artículo 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, con Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD, aprobó el Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias pública de rendición de cuentas de gobiernos regionales, gobiernos locales;
Que, con Ordenanza N° 07-2024-MDLP, publicada en el Periódico Oficial “El Peruano” de fecha 24 de agosto de 2024, se aprobó la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento que regula la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas de la Municipalidad Distrital de La Perla, en cuyo artículo 5.3.2° dispone que la referida Audiencia Pública debe ser convocada mediante Decreto de Alcaldía y con una anticipación de treinta (30) días calendario;
Que, en ese sentido, es necesario convocar a la 1era. Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de La Perla, para los últimos días del mes de mayo del presente año;
ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS, Y EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES - LEY N° 27972 Y LA LEY N° 31433;
DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR a la ciudadanía a la Primera Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de La Perla, conforme se detalla a continuación:
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PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA |
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EVENTO |
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Modalidad: |
Presencial |
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Fecha: |
Viernes 29 de mayo de 2026 |
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Lugar del evento: |
Auditorio Palacio Municipal |
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Hora de inicio del evento: |
09:00 am |
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Hora de ingreso y registro de asistencia: |
De 08:45 am. a 09:20 am |
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Agenda: |
Exposición de los logros, avances y dificultades de la gestión municipal, enmarcados en los temas a tratar señalados en el numeral 5.3.5 de la Ordenanza N° 07-2024-MDLP, que aprueba el Reglamento que regula la realización de las audiencias públicas de la Municipalidad Distrital de La Perla. A partir del jueves 30 de abril de 2026 hasta el viernes 08 de mayo de 2026, los/as ciudadanos/as podrán realizar propuestas de temáticas, a través del Formulario de Inscripción de Participantes. |
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INSCRIPCIONES |
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Modalidad: |
Presencial |
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Horario de atención y lugar: |
De lunes a viernes de 09:00 am a 16:00 pm. La inscripción de la ciudadanía y representantes de las organizaciones privadas o entidades públicas será en las Oficinas de Participación Vecinal - Centro Integral del Adulto Mayor, Avenida Pacifico Cuadra 2. |
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Plazo: |
Inicio de inscripciones a partir del jueves 30 de abril de 2026 hasta el día del evento*** (excepto sábados, domingos y feriados) |
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Capacidad máxima de participantes: |
156 personas (previa inscripción) |
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*** Los/as ciudadanos/as que asistan a la primera audiencia pública sin previa inscripción ingresarán al evento de forma posterior al ingreso de los/as ciudadanos/as inscritos/as, de acuerdo a la capacidad de aforo del local, asimismo se comprometen a cumplir las normas incluidas en el Reglamento de Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de La Perla y respetando la hora de ingreso y registro. |
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Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social y a la Sub Gerencia de Participación Vecinal, la Inscripción de los participantes en estricto cumplimiento al “Formulario de Inscripción de Participantes en la Audiencia Pública del Distrito de La Perla” incluida dentro del Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de La Perla, aprobado con Ordenanza 07-2024-MDLP.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, a la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social y a la Sub Gerencia de Participación Vecinal, conforme a sus funciones correspondientes, realizar las acciones necesarias para llevar a cabo de manera satisfactoria a la Primera Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de La Perla, considerando además las disposiciones aprobadas con Ordenanza 07-2024-MDLP.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina De Tecnología de la Información, la respectiva publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www.munilaperla.gob.pe), y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RODOLFO MARIANO ADRIANZEN CASTAÑEDA
Alcalde