Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Argentina, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 212-2026-RE
Lima, 16 de abril de 2026
VISTOS:
El Memorándum N° DAC001952026 de la Dirección General de Diplomacia Cultural, de 1 de abril de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 1234 del Despacho Viceministerial, de 6 de abril de 2026, el Memorándum N° OPP008412026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 15 de abril de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP011222026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 15 de abril de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, la Quincuagésima Feria Internacional del Libro de Buenos Aires (50° FILBA), en la que el Perú ha sido designado como Invitado de Honor, se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 23 de abril al 11 de mayo de 2026;
Que, la 50° FILBA representa una plataforma clave para la internacionalización del talento peruano, con una muestra que supera los seiscientos cincuenta títulos y cuatro mil ejemplares, además de la participación de más de sesenta agentes del sector.
Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2025-MC, se declara de interés nacional la participación de la República del Perú, como país invitado de honor en el referido evento;
Que, en el marco de sus competencias y funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores coordina y articula con el Ministerio de Cultura la ejecución de las acciones necesarias para garantizar el éxito de dicha participación, reflejando los esfuerzos de la diplomacia cultural por proyectar en el exterior una destacada propuesta editorial y las diversas manifestaciones culturales de nuestro país;
Que, la comitiva, integrada por del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, así como de funcionarios del Ministerio de Cultura, estará al frente de la delegación nacional compuesta por sesenta expositores de las diversas industrias creativas del país; garantizando la interlocución directa con las altas autoridades argentinas; y, respaldando la promoción estratégica de la industria editorial, potenciando el fortalecimiento de las relaciones bilaterales, a través de la cultura y la proyección editorial, en cumplimiento de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, asegurando la continuidad de los objetivos de Estado en materia de promoción cultural en el exterior;
Que, en tal sentido, se estima importante la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Germán Augusto Amézaga Rodríguez, Director General de Diplomacia Cultural; y, de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Karim Milagros Durand Lazo, Directora de Promoción Cultural, de la Dirección General de Diplomacia Cultural, a fin de garantizar la adecuada participación del Estado peruano, en un hito histórico, pues se trata del Quincuagésimo Aniversario de la FILBA, donde el Perú es el primer país Invitado de Honor;
Que, por razones de itinerario, los citados funcionarios diplomáticos viajarán a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 20 al 24 de abril de 2026; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 20 al 24 de abril de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:
• Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Germán Augusto Amézaga Rodríguez, Director General de Diplomacia Cultural; y,
• Ministra en el Servicio Diplomático de la República, Karim Milagros Durand Lazo, Directora de Promoción Cultural, de la Dirección General de Diplomacia Cultural.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Metas: 0137179 (298) Promoción y Protección Cultural en el Exterior - Dirección General de Diplomacia Cultural y 0137179 (300) Promoción y Protección Cultural en el Exterior - Promoción Cultural; y, Códigos POI: AOI00004500151 “Lidera y evalúa las estrategias para la promoción cultural, la protección del patrimonio y el acceso a programas de intercambio en el Perú y en el exterior”, y AOI00004500180 “ Promoción de las expresiones culturales del Perú en el exterior”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Clase Económica (USD) |
Viáticos por día (USD) |
Número de días |
Total viáticos (USD) |
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Carlos German Augusto Amézaga Rodríguez |
1 229.43 |
370.00 |
4 + 1 |
1 850.00 |
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Karim Milagros Durand Lazo |
1 229.43 |
370.00 |
4 + 1 |
1 850.00 |
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.
Artículo 3.- Informe
Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO DE ZELA
Ministro de Relaciones Exteriores
2507119-1