Autorizan viaje de Ministro de Relaciones Exteriores a la República Argentina y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros
resolución suprema
N° 127-2026-PCM
Lima, 16 de abril de 2026
La Hoja de Trámite (GAB) N° 403 del Despacho Ministerial, del 17 de marzo de 2026; el Memorándum N° OPP007982026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del 9 de abril de 2026; el Memorándum N° LEG006002026 de la Oficina General de Asuntos Legales, del 13 de abril de 2026; y, el Memorándum N° OAP010832026 de la Oficina de Administración de Personal de la Oficina General de Recursos Humanos, del 14 de abril de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, la Quincuagésima Edición de la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires (FILBA) se llevará a cabo del 23 de abril al 11 de mayo de 2026, habiéndose designado a la República del Perú como Invitado de Honor en dicho evento;
Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2025-MC se declaró de interés nacional la participación de la República del Perú como país invitado de honor en la Quincuagésima Edición de la FILBA, así como la realización de eventos culturales previos y conexos que reflejan la diversidad étnica, cultural y lingüística de nuestro país;
Que, en el marco de sus competencias y funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores, junto con otros sectores participantes, coordina y articula con el Ministerio de Cultura la ejecución de las acciones necesarias para garantizar el éxito de dicha participación, reflejando los esfuerzos de la diplomacia cultural por proyectar en el exterior una destacada propuesta editorial y las diversas manifestaciones culturales de nuestro país;
Que, la Quincuagésima Edición de la FILBA representa una plataforma clave para la internacionalización del talento peruano, con una muestra que supera los seiscientos cincuenta títulos y cuatro mil ejemplares de libros, además de la participación de más de sesenta expositores de las diversas industrias creativas del Perú, garantizándose la interlocución directa entre dichos actores y las autoridades argentinas;
Que, por ende, se requiere la presencia del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a fin de garantizar la máxima representación del Estado peruano en la Quincuagésima Edición de la FILBA, incluyendo el evento inaugural que se llevará a cabo el 23 de abril de 2026, así como la apertura del Pabellón Perú en la misma fecha;
Que, de igual manera, la presencia del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores respalda la promoción estratégica de la industria editorial, potenciando el fortalecimiento de las relaciones bilaterales con la República Argentina a través de la cultura y la proyección editorial, en línea con los objetivos de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, aprobada mediante Decreto Supremo N° 007-2022-MC, asegurando de esta manera la continuidad de los objetivos de Estado en materia de promoción cultural externa;
Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional autorizar el viaje del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTINEZ, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para participar en la Quincuagésima Edición de la FILBA;
Que, por cuestiones de itinerario, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 22 al 24 de abril de 2026;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure la misma, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTINEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 22 al 24 de abril de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, son cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (314) 0083906 ‘‘Conducción y asesoramiento de líneas de política exterior e institucional - Despacho Ministerial’’; y, Código POI AOI00004500085 “Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total de viáticos USD |
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HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTINEZ |
294.37 |
370.00 |
1+1 |
740.00 |
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor LUIS ENRIQUE ARROYO SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ
Ministro de Relaciones Exteriores
2507105-3