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Fecha de publicación: 17/04/2026
Autorizan viaje de Ministro de Relaciones Exteriores a la República Argentina y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros

Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones específicas que regulan la gestión de sitios contaminados generados por actividades de la industria manufacturera o de comercio interno y de las referidas Disposiciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 000099-2026-PRODUCE

Lima, 16 de abril de 2026

VISTOS: El Memorando N° 00000330-2026-
PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; los Memorandos Nos. 00000335-2026-PRODUCE/DGAAMI y 00000393-2026-
PRODUCE/DGAAMI de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria; el Informe Nº 00000021-
2026-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado de la Dirección de Gestión Ambiental; el Informe N° 00000021-2026-MDAVILA de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; y el Informe N° 00000414-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, establece que dicho Ministerio es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; asimismo, es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la citada Ley dispone que el Ministerio de la Producción tiene como funciones específicas dictar normas y políticas nacionales, entre otros, sobre la promoción de la industria y comercio interno, en armonía con la protección del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad de conformidad con lo establecido por el ente rector en materia ambiental;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de los Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados, aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2017-MINAM, establece que las autoridades sectoriales competentes, en el marco de sus funciones y la normativa ambiental vigente, aplican la referida norma como marco general, establecen la regulación específica de acuerdo a la naturaleza de las actividades bajo su competencia, así como los procedimientos necesarios para su implementación, considerando la aplicación de mecanismos de participación ciudadana y medidas para atender la especial situación de vulnerabilidad de los pueblos indígenas, en caso corresponda; asimismo, dispone que las autoridades sectoriales competentes, en coordinación con el Ministerio del Ambiente, emitirán la referida regulación específica;

Que, la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, establece que los titulares deben cumplir con los Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados indicados en el Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM o aquella que la sustituya; asimismo, dispone que el Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial, previa opinión favorable del MINAM, establece la regulación específica que se indica en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 012-2017-MINAM;

Que, a través del Informe Nº 00000021-2026-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado, la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria propone y sustenta la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones específicas que regulan la gestión de sitios contaminados generados por actividades de la industria manufacturera o de comercio interno;

Que, con el Memorando N° 00000171-2026-
PRODUCE/DGPAR, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio hace suyo el Informe N° 00000021-2026-MDAVILA de la Dirección de Normatividad, que considera viable publicar el referido proyecto de Resolución Ministerial, a fin de recoger los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general;

Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, señala que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados;

Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; asimismo, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 de la precitada norma dispone que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario;

Que, a través del Informe N° 00000414-2026-PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, desde el punto de vista legal, resulta viable disponer la publicación del referido proyecto de Resolución Ministerial;

Que, de acuerdo con el sustento técnico contenido en el Informe Nº 00000021-2026-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria; la opinión favorable del Informe N° 00000021-2026-MDAVILA de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, y atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, en aplicación de lo dispuesto en el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; así como, en el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; resulta necesario publicar el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones específicas que regulan la gestión de sitios contaminados generados por actividades de la industria manufacturera o de comercio interno, en la sede digital del Ministerio de la Producción, por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 017-2015-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno; el Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM que aprueba Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados; el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; y, el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo

Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones específicas que regulan la gestión de sitios contaminados generados por actividades de la industria manufacturera o de comercio interno y de las referidas Disposiciones, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general.

Artículo 2.- Mecanismos de participación

Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo al que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sean presentados a través de la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, o remitidos a la dirección de correo electrónico: dgaami@produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CESAR MANUEL QUISPE LUJAN

Ministro de la Producción

2507024-1