Aceptan renuncia de fiscal adjunto superior del distrito fiscal de Lima Centro
RESOLUCIÓN DE LA
JUNTA DE FISCALES SUPREMOS
Nº 013-2026-MP-FN-JFS
Lima, 15 de abril de 2026
VISTOS:
La carta del abogado HUGO DOMICIANO TURRIATE LOAYZA de fecha 16 de marzo de 2026; el oficio Nº 001098-2026-MP-FN-FSNCEDCF de fecha 18 de marzo de 2026; la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 520-2003-CNM; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 520-2003-CNM de fecha 23 de octubre de 2003, se resolvió nombrar al abogado Hugo Domiciano Turriate Loayza, Fiscal Adjunto al Fiscal Superior en lo Penal en el Distrito Judicial de Lima.
Segundo: Mediante proveído Nº 012987-2026-MP-FN-SEGFIN Secretaría General remite la carta de fecha 16 de marzo de 2026, presentada por el abogado Hugo Domiciano Turriate Loayza, a través del cual renuncia al cargo de fiscal adjunto superior del distrito fiscal de Lima Centro, por razones estrictamente personales, solicitando que la renuncia se haga efectiva a partir del día 20 de abril de 2026.
Tercero: A través del Oficio Nº 001098-2026-MP-FN-FSNCEDCF, de fecha 18 de marzo de 2026, el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios otorga la conformidad a la renuncia del abogado Hugo Domiciano Turriate Loayza.
Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; de igual forma, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, ha precisado que la recepción de la misma es una facultad discrecional del empleador.
Quinto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 023-2026 adoptado en sesión ordinaria de fecha 15 de abril de 2026 convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado HUGO DOMICIANO TURRIATE LOAYZA al cargo de fiscal adjunto superior del distrito fiscal de Lima Centro, a partir del día 20 de abril de 2026; dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución; sin perjuicio de hacer de conocimiento del abogado que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.
En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado HUGO DOMICIANO TURRIATE LOAYZA al cargo de fiscal adjunto superior del distrito fiscal de Lima Centro, desde el día 20 de abril de 2026; dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento del abogado HUGO DOMICIANO TURRIATE LOAYZA, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.
Artículo Tercero.- Remitir copia certificada de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a la Gerencia General, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
2507011-1