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Fecha de publicación: 13/05/2026
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Aprueban la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional de Huancavelica

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA

Rectorado

RESOLUCIÓN Nº 0253-2026-R-UNH

Huancavelica, 6 de abril de 2026

VISTOS:

Cédula de Notificación Nº 0516-2026-ST-INDECOPI-SRB-INDECOPI, Proveído de Rectorado Nº 0002393 (19.03.2026), Proveído de Secretaría General Nº 001581 (20.03.2026), Proveído de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Nº 001040 (20.03.2026), Proveído de la Unidad de Planeamiento y Modernización Nº 000712 (25.03.2026), 01 ejemplar del “TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA” en 87 folios, Informe Nº 000139-2026-UNH/UPM (06.04.2026) más 01 anexo, Oficio Nº 000395-2026-UNH/OPP (06.04.2026), Proveído de Rectorado Nº 003023 (09.02.2026), Proveído de Secretaría General Nº 001889 (06.04.2026); sobre aprobación de la actualización del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Universidad Nacional de Huancavelica; y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú: Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; asimismo, de acuerdo a lo versado en el artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220: El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución;

Que, mediante Resolución Nº 0083-2025-R-UNH (30.01.2025), se aprueba el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Universidad Nacional de Huancavelica, documento que consta, de 04 secciones, en 90 páginas;

Que, el jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite al señor rector de la UNH, con Oficio Nº 000395-2026-UNH/OPP (06.04.2026), el Informe Nº 000139-2026-UNH/UPM (06.04.2026), emitido por la jefa de la Unidad de Planeamiento y Modernización; sobre la aprobación del proyecto de actualización del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Universidad Nacional de Huancavelica, en el marco del procedimiento de eliminación de barreras burocráticas iniciado por INDECOPI, en la cual concluye: 1. La Unidad de Planeamiento y Modernización ha realizado la actualización de los procedimientos administrativos vinculados a grados y títulos en el TUPA, en el marco del procedimiento de eliminación de barreras burocráticas iniciado por INDECOPI. 2. Las modificaciones efectuadas se sustentan en un trabajo técnico articulado con la Unidad de Grados y Títulos, reflejado en el cuadro comparativo adjunto al presente informe (dice/debe decir), y han sido incorporadas en el Sistema Único de Trámites (SUT). 3. La actualización del TUPA se enmarca en el criterio de requerimientos institucionales, conforme a la Directiva vigente, y responde a la necesidad de adecuación normativa frente a la intervención de un organismo regulador. 4. El reporte actualizado del TUPA constituye el documento técnico que deberá ser aprobado mediante acto resolutivo rectoral, a fin de formalizar su aplicación institucional. Por lo expuesto, se recomienda que, a través de su despacho, se eleve el presente informe a Rectorado, para que, por conducto regular (Secretaría General), se gestione la aprobación del TUPA actualizado mediante acto resolutivo rectoral;

Que, a través de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP se aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), a fin de responder a las necesidades públicas en concordancia con el análisis de calidad regulatoria y simplificación administrativa; y con Decreto Supremo N.º 123-2018-PCM se aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, estableciendo los principios, normas y procedimientos que aplican al proceso de modernización de la gestión pública;

Que, el Decreto Supremo Nº 103-2022-PCM aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, demandando que las entidades públicas analicen los procedimientos y servicios a su cargo, sobre el modelo conceptual de gobernanza pública, en el cual la relación Estado-personas se concibe como un vínculo colaborativo, sustentado sobre la base de los valores de la eficacia y eficiencia;

Que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es un documento de gestión que contienen toda la información relacionada a la tramitación de procedimientos que los administrados realizan ante las dependencias;

Que, los numerales 44.1) y 44.3) del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, prescribe: El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo. El TUPA y la disposición legal de aprobación o modificación se publica obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. La publicación en los medios previstos en el presente numeral se realiza de forma gratuita, respectivamente; asimismo, el numeral 44.4 del cuerpo legal antes referido establece: Sin perjuicio de la indicada publicación, cada entidad realiza la difusión de su TUPA mediante su ubicación en lugar visible de la entidad;

Que, el numeral 44.5 del artículo 44º de la norma antes citada establece: Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 44.1. En ambos casos se publicará la modificación según lo dispuesto por los numerales 44.2 y 44.3;

Que, el literal g) del artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Huancavelica, aprobado por con Resolución Nº 0927-2025-R-UNH (01.12.2025), establece que la Unidad de Planeamiento o Modernización, tiene la función de: g) Coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la UNH; así como la elaboración y actualización de sus documentos de gestión en materia organizacional y de procedimientos administrativos (TUPA) conforme la normativa de la materia;

Que en el numeral 11.1 del artículo 11º de la Ley Universitaria Nº 30220 sobre Transparencia de Universidades dispone que: Las universidades públicas y privadas tienen la obligación de publicar en sus portales electrónicos en forma permanente y actualizada, entre otras, la correspondiente al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) (…);

Que, los numerales 2), 7) y 20) del artículo 144º del Estatuto de la UNH, reformado mediante Resolución Nº 0004-2026-AU-UNH (19.02.2026), establecen: Son atribuciones y ámbito funcional del rector: Dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y financiera; Expedir resoluciones y otras normas legales que faciliten la gestión universitaria; y, Las demás que le otorguen la Ley y el presente Estatuto, respectivamente;

Que, el señor rector autoriza al secretario general de la UNH, con Proveído de Rectorado Nº 003023 (06.04.2026), proceder emitir la presente resolución, de acuerdo a sus prerrogativas;

En uso de las atribuciones que le confiere al Titular del Pliego, la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto de la UNH y Resolución de Comité Electoral Universitario Nº 006-2021-CEU-UNH (02.07.2021);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la actualización del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Universidad Nacional de Huancavelica, documento que consta de, 04 secciones, 87 folios y es parte integrante del sustento de la presente resolución, el cual se encuentra en la página web de la Universidad Nacional de Huancavelica (https://www.unh.edu.pe/) y tendrá acceso en el siguiente link: https://appunh.com/documentos/texto-unico-de-procedimientos-administrativos-tupa.

Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto, todo documento que contravenga a lo resuelto en la presente resolución.

Artículo Tercero.- DISPONER que la jefa de la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, cumpla con publicar lo resuelto en la presente, en el diario oficial El Peruano, bajo responsabilidad.

Artículo Cuarto.- DISPONER que el jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información, cumpla con publicar lo resuelto en la presente, en el Portal Web de la Universidad Nacional de Huancavelica, bajo responsabilidad.

Artículo Quinto.- NOTIFICAR con la presente, al Vicerrectorado Académico, Vicerrectorado de Investigación, Dirección General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Asesoría Jurídica, 09 Facultades, Oficina de Tecnologías de la Información, Oficina de Comunicación e Imagen Institucional de la Universidad Nacional de Huancavelica, para su conocimiento y demás fines del caso.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Edgardo Félix Palomino Torres

Rector

Universidad Nacional de Huancavelica

Daniel Quispe Vidalón

Secretario General

Universidad Nacional de Huancavelica

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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