Modifican el Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - ascenso, y aprueban Tablas de puntaje para la evaluación curricular
Resolución N° 248-2026-JNJ
Lima, 10 de abril de 2026
VISTOS:
El proyecto de modificación al Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - ascenso y sus respectivas tablas de evaluación curricular, presentado por la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento y; el Acuerdo del pleno de la Junta Nacional de Justicia, adoptado en Sesión del 18 de marzo del 2026;
y,
CONSIDERANDO:
1. Por Resolución N° 145-2025-JNJ del 10 de abril de 2025, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó el vigente Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - ascenso, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de abril de 2025.
2. El pleno de la JNJ estima necesario adecuar el marco normativo que rige los procedimientos de selección y nombramiento a fin de fortalecer la transparencia, eficacia, celeridad y predictibilidad administrativa, y consolidar un sistema de ascenso a la carrera judicial y fiscal dinámico y optimizado. En tal sentido, la presente modificación reglamentaria se fundamenta en la necesidad de perfeccionar tales procedimientos, permitiendo una mejor evaluación de los postulantes y mecanismos más ágiles que maximicen la eficiencia operativa de la Junta Nacional de Justicia.
3. A través de la reestructuración de los porcentajes de valoración de las etapas del concurso y la precisión de los criterios de evaluación curricular, se pretende dotar a la Junta Nacional de Justicia de un instrumento normativo capaz de seleccionar jueces y fiscales con un alto estándar de especialización, garantizando que el proceso de selección no solo verifique los conocimientos, sino también la probidad y excelencia en la función jurisdiccional y fiscal.
4. Asimismo, resulta necesario establecer que la Junta Nacional de Justicia requerirá formalmente el historial de medidas disciplinarias de los jueces y fiscales titulares a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público. Esto asegurará que el puntaje asignado en la etapa de evaluación curricular refleje fielmente la trayectoria del postulante.
Por lo que de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 2° literal i y 24° literales b) y e) de la Ley N° 30916 - Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia y, estando a lo acordado por el pleno de la Junta Nacional de Justicia en su sesión del 18 de marzo de 2026;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el artículo V. de las Disposiciones Generales, los artículos 26°, 28°, 35°, 40°, 51°, 64°, 71°, 72°, 73°, 74°, 75°, 77°, 86°, 87° y 88° del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - ascenso.
Artículo Segundo.- Derogar los Anexos 1, 2, 3 y 4, correspondientes a las Tablas de puntaje para la evaluación curricular del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - ascenso.
Artículo Tercero.- Aprobar las Tablas de puntaje para la evaluación curricular - Anexos 1, 2, 3, 4, de conformidad con las modificaciones efectuadas al artículo 35° del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - ascenso.
Artículo Cuarto.- Lo dispuesto en la presente resolución rige desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y se aplica para los concursos de selección y nombramiento de jueces y fiscales, y de jueces y fiscales de control - ascenso, que se convoquen a partir de su vigencia.
Artículo Quinto.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Los artículos modificados del presente reglamento y sus anexos se publican en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM), sito en la sede digital de la Junta Nacional de Justicia: http://www.gob.pe/jnj
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA TERESA CABRERA VEGA
Presidenta
2506569-1