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Fecha de publicación: 17/04/2026
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Actualizan el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Borja

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 049-2026-MSB-A

San Borja, 13 de abril de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA

VISTO, el Memorándum Nº D000161-2026-MSB-GM-GDUC de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro de fecha 16 de febrero de 2026, el Informe Nº D000247-2026-MSB-OGSCM-OTDA de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo de fecha 05 de marzo de 2026, el Informe Técnico Nº D000001-2026-MSB-GM-GSP-SAIS de la Subgerencia de Atención Integral de la Salud de fecha 13 de marzo de 2026, el Informe Nº D000045-2026-MSB-GM-OGPPMI-OPMGI de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional de fecha 18 de marzo de 2026, el Memorándum Nº D000058-2026-MSB-GM-OGPPMI de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional de fecha 18 de marzo de 2026, el Informe Nº D000275-2026-MSB-GM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de fecha 26 de marzo de 2026, el Memorándum Nº D000224-2026-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 30 de marzo de 2026; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el cual se establece que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 218-2023-MSB-A de fecha 14 de agosto de 2023, se aprueba la adecuación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y sus modificatorias, a la nueva estructura organizacional aprobado con Ordenanza Nº 702-MSB; asimismo, se aprueba el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Borja;

Que, con Resolución de Alcaldía Nº 096-2025-MSB-A de fecha 09 de junio de 2025, se aprueba las modificaciones al Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) correspondientes a las unidades orgánicas de: Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, Subgerencia de Obras Privadas, Oficina General de Imagen Institucional, Oficina de Trámite Documentario y Archivo, Subgerencia de Inclusión Social y Subgerencia de Atención Integral de la Salud;

Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 122-2025-MSB-A de fecha 17 de setiembre de 2025, se aprueba la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), adecuado mediante el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 218-2023-MSB-A de fecha 14 de agosto de 2023 y modificado con Resolución de Alcaldía Nº 096-2025-MSB-A de fecha 09 de junio de 2025, en relación a los servicios prestados por la Subgerencia de Inclusión Social de la Gerencia de Gestión Social;

Que, mediante el Memorándum Nº D000161-2026-MSB-GM-GDUC de fecha 16 de febrero de 2026, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro remite la propuesta de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), en relación a los costos para el servicio no exclusivo denominado “Inspección Ocular de Predio con fines Catastrales y Urbanos”;

Que, con Informe Nº D000247-2026-MSB-OGSCM-OTDA de fecha 05 de marzo de 2026, la Oficina de Trámite Documentario y Archivo (OTDA) propone modificar el servicio del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), actualmente denominado “Copia de documentos archivados”, precisando que esta iniciativa tiene como objetivo optimizar la comprensión del servicio por parte del ciudadano, brindando mayor precisión sobre la modalidad del mismo. La modificación plantea el cambio de denominación a “Fotocopiado de documentos archivados” e incorpora la especificación de que el costo establecido es por cara;

Que, mediante Informe Técnico Nº D000001-2026-MSB-GM-GSP-SAIS de fecha 13 de marzo de 2026, la Subgerencia de Atención Integral de la Salud remite su propuesta de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), precisando los siguiente: i) Se propone la eliminación de diversos ítems en las áreas de Psicología, Nutrición, Tópico y Veterinaria que han perdido vigencia operativa o que, en el caso de salud mental, se brindan actualmente de forma gratuita en los preventorios municipales para promover la detección oportuna en menores. ii) Se plantean cambios en la nomenclatura de servicios para reflejar con precisión la actividad asistencial; por ejemplo, el servicio de “Visita domiciliaria” pasará a denominarse “Consulta médica a domicilio” y el “Control de signos vitales” especificará ahora todos los parámetros evaluados. iii) Se propone igualar el costo de la administración de inyectables (intradérmico y subcutáneo) con la tarifa del inyectable intramuscular, dado que ambos requieren tiempos de atención y recursos humanos similares. Iv) Para la incorporación del servicio de Inyectable Endovenoso, se aplicó la metodología de la Resolución Ministerial Nº 1032- 2019/MINSA. El costo estándar unitario calculado es de S/ 38.16, no obstante, se ha optado por una tarifa social de S/ 33.00 para vecinos de San Borja (subsidiada) y de S/ 42.00 para usuarios externos;

Que, a través del Informe Nº D000170-2025-MSB-GM-OGPPMI-OPMGI de fecha 03 de setiembre de 2025, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional remite las propuestas de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Borja, por parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, y la Subgerencia de Atención Integral de la Salud; concluyendo que las propuestas de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) resultan viables, precisando que el proyecto consolida la modernización administrativa de la entidad a través de los siguientes impactos estratégicos: i) Desarrollo Territorial: Las iniciativas de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro materializan el cumplimiento del OEI.03, al garantizar un catastro distrital actualizado y mecanismos de desarrollo territorial sostenibles (AEI.03.05 y AEI.03.06). ii) Salud Pública y Bienestar: La propuesta de la Subgerencia de Atención Integral de la Salud se alinea directamente con el OEI.05, enfocado en mejorar las condiciones de salud del distrito. Esto se logra mediante la optimización de la prevención primaria y el fortalecimiento del programa de sanidad animal (AEI.05.01 y AEI.05.03), incorporando servicios de alta demanda con un enfoque de tarifa social subsidiada. iii) Eficiencia Institucional: La actualización logística y procedimental de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo impacta directamente en el OEI.10, orientado a fortalecer la eficiencia de la gestión institucional mediante la digitalización avanzada y la transparencia en los servicios de fotocopiado;

Que, mediante el Memorándum Nº D000058-2026-MSB-GM-OGPPMI de fecha 18 de marzo de 2026, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional ratifica lo señalado por la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional y deriva los actuados a la Oficina General de Asesoría Jurídica para que emita la opinión legal correspondiente;

Que, a través del Informe Nº D000275-2026-MSB-GM-OGAJ de fecha 26 de marzo de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y señala que, estando a la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional y de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional respecto a la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) presentado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, Subgerencia de Atención Integral de la Salud y la Oficina de Trámite Documentario y Archivo y contando con el marco legal habilitante, corresponde remitir los actuados al Despacho de Alcaldía a fin de que al amparo de lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº27972, se emita el acto administrativo correspondiente;

Que, a través del Memorándum Nº D000224-2026-MSB-GM de fecha 30 de marzo de 2026, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido y continuar con el trámite correspondiente;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, numerales 6) y 18) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, la Subgerencia de Atención Integral de la Salud, la Oficina de Trámite Documentario y Archivo y la Gerencia Municipal;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), adecuado mediante el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 218-2023-MSB-A de fecha 14 de agosto de 2023 y modificado con Resolución de Alcaldía Nº 096-2025-MSB-A de fecha 09 de junio de 2025 y Resolución de Alcaldía Nº 122-2025-MSB-A de fecha 17 de setiembre de 2025, en relación a los servicios prestados por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, Subgerencia de Atención Integral de la Salud y la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía.

Artículo Segundo.- ACTUALIZAR el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado mediante el Artículo Segundo de la Resolución de Alcaldía Nº 218-2023-MSB-A de fecha 14 de agosto de 2023.

Artículo Tercero.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información la publicación de la Resolución de Alcaldía conjuntamente con su anexo correspondiente en la plataforma Gob.pe y a la Oficina General de Imagen Institucional su difusión en el distrito.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS

Alcalde

2506327-1