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Fecha de publicación: 16/04/2026
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del PNUD para ejecución del proyecto “Promoción de diálogo y consolidación del Acuerdo Nacional”

Delegan facultades y atribuciones en materia de contrataciones públicas, gestión y presupuesto en diversos funcionarios del FONDEPES y dictan otras disposiciones

RESOLUCIóN JEFATURAL

N° 000017-2026-FONDEPES/J

Lima, 15 de abril del 2026

VISTOS: El Informe N° 000093-2026-FONDEPES/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000066-2026-FONDEPES/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (en adelante, FONDEPES) es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público, creado mediante Decreto Supremo N° 010-92-PE y elevado al rango de Ley a través del artículo 57 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca;

Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), señala que: “El ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación, según lo previsto en esta Ley”;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (en adelante, ROF) del FONDEPES, el que establece las funciones de la Jefatura y dispone en el literal n) de su artículo 8 que el/la Jefe(a) puede delegar en el Gerente General u otros funcionarios del FONDEPES, las funciones y atribuciones que no sean privativas de su cargo, de acuerdo a ley; asimismo dispone en su artículo 7, que la Jefatura constituye la autoridad de más alto nivel jerárquico que ejerce la representación institucional de la Entidad y conduce la dirección de la misma, asumiendo la titularidad del pliego;

Que, el literal a) del artículo 25 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (en adelante, la Ley), establece los actores involucrados directamente en el proceso de contratación pública, entre ellos, el Titular de la Entidad, quien es la máxima autoridad ejecutiva al interior de la entidad contratante conforme a sus normas de creación y organización;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley, el titular de la entidad contratante puede delegar, mediante resolución, las facultades que dicha Ley le otorga, salvo las excepciones previstas en el Reglamento; y, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la citada Ley, dispone que: “Los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la presente ley se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria”;

Que, con el propósito de agilizar y optimizar la gestión administrativa de FONDEPES para el cumplimiento de los objetivos institucionales, resulta conveniente delegar en los Jefes (as) y/o Directores (as) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina General de Administración; de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola; de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola; en el/la Procurador (a) Público; y, en el/la Gerente General, determinadas funciones asignadas como Titular de la Entidad, en su calidad de autoridad de más alto nivel jerárquico que ejerce la representación institucional del FONDEPES en materia de contrataciones públicas, en materia de gestión y en materia presupuestal, en el marco de las facultades que otorgan la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2025-EF; el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución Directoral N° 0005-2023-EF/50.01 que aprueba la Directiva N° 0002-2023-EF/50.01“Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria”; la Resolución Directoral N° 013-2022-EF/50.01, que aprueba los “Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso”; el numeral 32.4 del artículo 32 de la Directiva N° 001-2019-EF-63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada mediante Resolución Directoral N° 001-2019-EF-63.01; el acápite 17 del numeral 39.1 del artículo 39 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; y, el literal a) del artículo 76 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 910, Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador, aprobado por el Decreto Supremo N° 020-2001-TR;

Que, a fin de ejercer determinadas facultades delegadas, los órganos antes mencionados deberán emitir resoluciones. No obstante, el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES no prevé dicha competencia para la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola (en adelante, DIGENIPAA) y la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola (en adelante, DIGEPROFIN), por lo que resulta necesario facultar a los directores a emitir resoluciones directorales, en concordancia con el numeral 85.3 del artículo 85 del TUO de la LPAG que establece la posibilidad de transferir a los órganos jerárquicamente dependientes la competencia para emitir resoluciones;

Que, mediante Informe N° 000093-2026-FONDEPES/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de delegación de facultades por parte de la Jefatura, en materias de contrataciones públicas, de gestión y presupuestal, las cuales se detallan en el Anexo N° 1;

Que, mediante Informe N° 000066-2026-FONDEPES/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable sobre la viabilidad legal de la referida propuesta; de facultar al/la Director(a) General de la DIGENIPAA y al/la Director(a) General de la DIGEPROFIN a emitir resoluciones directorales; así como dejar subsistente la Resolución Jefatural N° 056-2023-FONDEPES/J, en aquellos contratos que se mantuvieran vigentes en el marco de la Ley N° 30225 y su reglamento; y dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 000045-2025-FONDEPES/J, así como todo acto resolutivo que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución;

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS; y, el Reglamento de Organización Funciones del FONDEPES, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE; y,

Con los vistos de la Gerencia General; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina General de Administración; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de facultades

Delegar en el/la Gerente General, el/la Director (a) de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, el/la Director (a) de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola, en el/la Jefe(a) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el/la Jefe(a) de la Oficina General de Administración y en el/la Procurador (a) Público del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, las facultades y atribuciones en materia de contrataciones públicas, gestión y presupuesto detalladas en el Anexo N° 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- De la observancia de los requisitos legales

La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente resolución jefatural, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos, formalidades y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto.

Artículo 3.- De la obligación de dar cuenta

Los/las funcionarios/as en quienes se han delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente resolución, deberán informar semestralmente a la Jefatura respecto de las actuaciones realizadas en virtud de la delegación, dentro de los primeros cinco (05) días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre; así como informar de manera inmediata ante riesgos u otros hechos advertidos que pudieran transgredir lo regulado por la normativa de la materia y puedan afectar el cumplimiento de la finalidad pública de la contratación.

Artículo 4.- Deber de vigilancia respecto de los actos emitidos por delegación

El ejercicio del deber de vigilancia del delegante se desarrolla en atención a las siguientes consideraciones:

4.1 Verificar el cumplimiento del deber de informar por parte del delegado, a que se refiere el artículo 3 de la presente resolución, disponiendo las medidas administrativas que correspondan en caso de omisión.

4.2 Comunicar a los órganos competentes para la evaluación de posibles responsabilidades, sobre los riesgos u otros actos advertidos y comunicados por el delegado, que pudieran transgredir lo regulado por la normativa de la materia, en el marco de las facultades y atribuciones delegadas.

4.3 Revisar aleatoriamente un mínimo de dos (02) expedientes de contratación gestionados e informados por el delegado, con una periodicidad bimensual.

Artículo 5.- Facultar al/la Director(a) General de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola a emitir resoluciones directorales para el ejercicio de las facultades delegadas. Para tal efecto, el/la Director (a) General de la DIGENIPAA deberá solicitar opinión legal a la Oficina General de Asesoría Jurídica, previa a la emisión de la resolución directoral correspondiente, con una anticipación de cinco (05) días hábiles a la fecha de vencimiento del plazo para emitir pronunciamiento por parte de la Entidad, bajo responsabilidad.

Artículo 6.- Facultar al/la Director(a) General de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola a emitir resoluciones directorales para el ejercicio de la facultad delegada. Para tal efecto, el/la Director (a) General de la DIGEPROFIN deberá solicitar opinión legal a la Oficina General de Asesoría Jurídica, previa a la emisión de la resolución directoral correspondiente, bajo responsabilidad.

Artículo 7.- Dejar subsistente la Resolución Jefatural N° 056-2023-FONDEPES/J, únicamente para aquellos contratos que se mantengan vigentes bajo el marco de la Ley N° 30225 y su Reglamento.

Artículo 8.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 000045-2025-FONDEPES/J, así como todo acto resolutivo que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 9.- Vigencia

La presente resolución entra en vigencia a partir del día de siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 10.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, y el mismo día, la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Portal Institucional https://www.gob.pe/fondepes y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KATIA NATALI NOVOA SÁNCHEZ

Jefa

Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero

FONDEPES

2506249-1