Modifican la R.M. N° 146-2023-MINCETUR, sobre conformación del Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de Artesanía y Turismo de Ucayali – CITE Artesanía Ucayali
Resolución Ministerial
N° 093-2026-MINCETUR
Lima, 14 de abril del 2026
VISTOS, el Informe N° 0139-2025-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT/CIUCAYALI del Coordinador del CITE Ucayali; el Informe N° 0096-2025-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-EVM de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía; el Memorándum N° 1767-2025-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe N° 504-2025-MINCETUR/SG/OGPPM/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum N° 673-2025-MINCETUR/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 0018-2026-MINCETUR/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, se regula la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los CITE, los cuales tienen por objeto contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías, transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información, entre otros;
Que, el artículo 15 del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) crea los CITE artesanales y turísticos, públicos o privados, con la finalidad de promover la innovación tecnológica y el desarrollo de las actividades artesanales y turísticas, en el ámbito de su competencia;
Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, dispone que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante Resolución Ministerial, establece el procedimiento de creación, calificación, promoción, supervisión, gestión y extinción de los CITE Públicos;
Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM “Directiva que regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 264-2019-MINCETUR y modificada por la Resolución Ministerial N° 454-2019-MINCETUR, establece que el Comité Directivo del CITE Público es el órgano supremo de gobierno interno que se designa por Resolución Ministerial del Sector y está conformado por un máximo de siete (7) miembros, entre otros, por un representante de la actividad artesanal y un representante de la actividad turística;
Que, el numeral 7.1.4 de la citada Directiva regula el procedimiento para la elección de los representantes de las actividades artesanales y/o actividades turísticas que integran el Comité Directivo del CITE Público; disponiendo, entre otros aspectos, que la designación de dichos representantes se formaliza mediante Resolución Ministerial del Titular del Sector y la vigencia de su designación es de dos años;
Que, con Resolución Ministerial N° 146-2023-MINCETUR, se actualiza la conformación del Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de Artesanía y Turismo – CITE Artesanía Ucayali del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, creado mediante Resolución Suprema N° 023-2005-MINCETUR;
Que, mediante los documentos de Vistos, la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo comunica que el plazo de vigencia de la designación de los representantes de la actividad artesanal y turística de la región Ucayali, efectuada mediante la Resolución Ministerial N° 146-2023-MINCETUR, ha concluido; por lo que propone formalizar la designación de los nuevos representantes, los cuales han sido elegidos en el marco del procedimiento previsto en el numeral 7.1.4 de la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM “Directiva que regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR”;
Que, por lo expuesto, corresponde formalizar la designación de los nuevos representantes de la actividad artesanal y actividad turística de la región Ucayali ante el Comité Directivo del CITE Artesanía Ucayali y, en consecuencia, modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 146-2023-MINCETUR a fin de actualizar la conformación del citado Comité Directivo;
Con el visado del Viceministerio de Turismo, de la Secretaría General, de la Dirección General de Artesanía, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM “Directiva que regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 264-2019-MINCETUR; y, la Resolución Ministerial N° 216-2025-MINCETUR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
SE RESUELVE:
Articulo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 146-2023-MINCETUR, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1.- Modificar la conformación del Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de Artesanía y Turismo de Ucayali – CITE Artesanía Ucayali del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, conforme al siguiente detalle:
Por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR:
- Presidente Titular: Director (a) de la Dirección de Asuntos Ambientales Turísticos de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Turístico.
- Presidente Alterno: Director (a) de la Dirección de Desarrollo Artesanal de la Dirección General de Artesanía.
Por el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP:
- Representante Titular: Director (a) de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITES (DEDFO).
- Representante Alterno: Director (a) del CITE Forestal Pucallpa.
Por el Gobierno Regional de Ucayali:
- Representante Titular: Director (a) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali.
- Representante Alterno: Sub-Gerente de Promoción de Inversiones y Competitividad Regional.
Por la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ:
- Representante Titular: Especialista en Región del Departamento de Desarrollo Regional.
- Representante Alterno: Especialista en Industria de la Vestimenta y Decoración del Departamento de la Industria de la Vestimenta y Decoración.
Por la Actividad Artesanal de la Región Ucayali:
- Representante Titular: Elizabeth Tangoa Inocente.
- Representante Alterno: Katerine Vanessa Zevallos Ojanama.
Por la Actividad Turística de la Región Ucayali:
- Representante Titular: Vicepresidente (a) de Servicios de la Cámara de Comercio, Industria y Turismo Ucayali.
- Representante Alterno: Presidente (a) de la Cámara Regional de Turismo Ucayali.
Por la Academia:
- Representante Titular: Úrsula Vanessa Monteiro Temmerman.
- Representante Alterno: Ingrid Yossy Robles Castañeda.”
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de Artesanía y Turismo de Ucayali – CITE Artesanía Ucayali del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
Articulo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ FERNANDO REYES LLANOS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2506225-1