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Fecha de publicación: 21/04/2026
Dejan sin efecto la Resolución Suprema N° 127-2026-PCM

Aprueban Cronograma de actividades para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de El Agustino para el año 2026

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 006-2026-MDEA

El Agustino, 7 de abril de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO;

VISTO: El Informe N° 000052-2026-SGD-MDEA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000177-2026-SGD-MDEA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil; y el Memorándum N° 000207-2026-SGD-MDEA/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo 11 del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972, y sus modificatorias, establece que, el sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderada rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, entre otros;

Que, la Ley N° 31433, publicada en el diario oficial El Peruano el 06 de marzo de 2022, modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre ellos, modifica el numeral 36 del artículo 20, mediante el cual señala que es una atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local;

Que, el artículo 42 de la referida Ley, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley de N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes;

Que, a través de la Ordenanza N° 764-2025-MDEA, de fecha 10 de abril de 2025, se aprobó la modificación del Reglamento para el desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de El Agustino, y a través del artículo 12 de dicho Reglamento, se señala que, es atribución del alcalde la convocatoria a la Audiencia Pública, que será realizada con no menos de treinta (30) días calendarios de anticipación y deben ser aprobadas mediante decreto de alcaldía. En la convocatoria se indicará expresamente, lo siguiente: i) Fecha, hora y lugar de la Audiencia Pública; ii) Propuesta de agenda y el plazo de quince (15) días calendarios improrrogables para formular propuestas sobre la temática de la audiencia; y; iii) Lugar y plazo para la inscripción de participantes;

Que, mediante Informe N° 000052 -2026-SGD-MDEA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que resulta necesario gestionar la aprobación del Cronograma de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año 2026 mediante el respectivo Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Informe N° 000177-2026-SGD-MDEA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil emite opinión favorable a la propuesta de aprobar el cronograma y convocar la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de El Agustino y la Agenda Preliminar; manifestando además que, resulta viable continuar con el trámite respectivo para su aprobación mediante la emisión del respectivo de Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Memorando N° 000207-2026-SGD-MDEA/GM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Oficina General de Secretaría para la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente;

De acuerdo a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Organiza de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo 1.- APROBAR Cronograma de actividades detallado en el Anexo N° 01, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de El Agustino para el año 2026.

Artículo 2.- CONVOCAR a la ciudadanía, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otras a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de El Agustino para el año 2026, según Anexo N° 02, que forma parte del presente Decreto de Alcaldía, en mérito de los considerandos antes expuestos.

Artículo 3.- APROBAR la Agenda preliminar de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de El Agustino para el año 2026, conforme al Anexo N° 03 que forma parte del presente Decreto de Alcaldía, en mérito de los considerandos antes expuestos.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Oficina de Participación Ciudadana, promover y procurar la participación ciudadana, de las organizaciones y vecinos en general, quienes podrán registrarse en la Ficha de Inscripción hasta el día de la Audiencia Pública, encontrándose sujeto a la capacidad del Auditorio, además de efectuar el listado general de los participantes inscritos.

Artículo 5.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a las demás unidades orgánicas pertinentes, disponer las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía y, a la Oficina de Imagen Institucional su amplia difusión en el distrito.

Artículo 6.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y en la Plataforma Única del Estado Peruano y sus anexos completos en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RICHARD SORIA FUERTE

Alcalde

2506052-1