Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno para participar en evento que se realizará en Argentina
universidad nacional del altiplano - puno
RESOLUCIÓN RECTORAL
N° 0781-2026-R-UNA
Puno, 13 de abril del 2026
VISTOS:
El MEMORANDUM N° 316-2026-SG-UNA-PUNO (13-04-2026) de Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 07 de abril del año en curso, referido a autorizar el viaje a CÓRDOVA - ARGENTINA, del 15 al 21 de abril del 2026; a favor de dos docentes de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de esta Universidad; para participar como Ponentes en el 14° FORO ARGENTINO DE CONTABILIDAD, con bolsa de viaje; en concordancia con la Resolución de Decanato N°058 y N°062-2026-D-FCCA-UNA;
CONSIDERANDO:
Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N°27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria;
Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”;
Que, en ese contexto, según el numeral 93.16 artículo 93° del Estatuto Universitario, aprobado con RAU N° 008-2023-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”; consiguientemente, el numeral 212.7 del Artículo 212° del citado cuerpo normativo, prescribe como derecho del docente, el de tener licencia con o sin goce de haber con reserva de plaza en el sistema universitario;
Que, vista la solicitudes de parte, en sesión Ordinaria del Consejo de Facultad de fecha 18 de marzo del 2026, mediante RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 058-2026-D-FCCA-UNA y RESOLUCIÓN DE DECANATO N°062-2026-D-FCCA-UNA; la FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS de esta Casa Superior de Estudios, autoriza Licencia por Capacitación del 15 al 21 de abril del 2026, al Dr. EDGAR VILLAHERMOSA QUISPE; y, Dr. CARLOS ARTURO LIZÁRRAGA TUERO, respectivamente, para su participación como PONENTES en el evento que se efectuará en la ciudad de CÓRDOVA - ARGENTINA: 14° FORO ARGENTINO DE CONTABILIDAD, con el tema “El estado de resultados y su impacto en la utilidad neta de una empresa de estación de servicio en la ciudad de Puno: un análisis de regresión lineal múltiple, 2010-2024”. Del mismo modo, se autoriza el otorgamiento de una bolsa de viaje por el monto de S/ 4,000.00 (Cuatro mil con 00/100 soles), a ambos docentes, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados por el Programa de Maestría en Contabilidad y Administración Centro de Costo 02.06.04.03.03;
Que, respecto al egreso que demande la presente resolución, la Unidad de Presupuesto – Oficina de Planeamiento y Presupuesto de esta Universidad, ha emitido el INFORME N° 0585-2026-UP-OPP-UNA-PUNO (09-04-2026) considerando su atención con cargo a la Meta SIAF 0011-5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.04.01-Decanato de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas, por el monto total de S/ 8.000.00, presupuesto adicional, con la precisión de que la Unidad de Tesorería y/o Administración Contable de la EPG se debe afectar con fondos de la Maestría en Contabilidad y Administración Mención en Gestión Gubernamental y Desarrollo Empresarial. Dicha afirmación es concordante con la opinión vertida por la Administración Contable de la Escuela de Posgrado, contenida en los INFORMES N°0188 y N°0189-2026-ADMC-EPG-UNA, de los cuales se infiere la disponibilidad de fondos de la mencionada Maestría;
Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la opinión procedente de la Oficina de Asesoría Jurídica de esta Universidad, inmersa en la OPINIÓN LEGAL N° 588-2026-OAJ-UNA-PUNO; corresponde emitir el respectivo administrativo;
En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria N°009-2021-AU-UNA;
De conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario Extraordinario de fecha 07 de abril del 2026, transcrito en el MEMORANDUM N° 316-2026-SG-UNA-PUNO (13-04-2026) de Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CONCEDER, Licencia por Capacitación; y, AUTORIZAR, el viaje a CÓRDOVA - ARGENTINA, del 15 al 21 de abril del 2026; a favor de los siguientes docentes de la FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS de esta Universidad; para participar como PONENTES en el 14° FORO ARGENTINO DE CONTABILIDAD, con el tema “El estado de resultados y su impacto en la utilidad neta de una empresa de estación de servicio en la ciudad de Puno: un análisis de regresión lineal múltiple, 2010-2024”, en concordancia con la RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 058 y N° 062-2026-D-FCCA-UNA:
1. Dr. EDGAR VILLAHERMOSA QUISPE
2. Dr. CARLOS ARTURO LIZÁRRAGA TUERO
Artículo Segundo.- OTORGAR, una BOLSA DE VIAJE por el importe total de CUATRO MIL CON 00/100 SOLES (S/4,000.00) a favor de cada uno de los docentes citados precedentemente; montos que serán con cargo a la Meta SIAF 0011-5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.04.01-Decanato de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas, acorde con la opinión vertida en el Informe N° 0585-2026-UP-OPP-UNA-PUNO.
Artículo Tercero.- DISPONER, que los docentes cuyo viaje es autorizado, presenten un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo.
Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, en cumplimiento estricto de los extremos del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y demás normativa aplicable al presente caso.
Artículo Quinto.- PÓNGASE, a conocimiento la presente resolución a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y demás dependencias correspondientes de la entidad, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PAULINO MACHACA ARI
Rector
LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA
Secretaria General
2505538-1