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Fecha de publicación: 12/04/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Encañada y Chetilla de la provincia de Cajamarca; en el distrito de Cachachi de la provincia de Cajabamba; en los distritos de Sorochuco y Huasmin de la provincia de Celendín; en el distrito de Contumazá de la provincia de Contumazá; en el distrito de Chalamarca de la provincia de Chota; en los distritos de Hualgayoc, Chugur y Bambamarca de la provincia de Hualgayoc; en los distritos de San Ignacio y San José de Lourdes de la provincia de San Ignacio y en el distrito de Gregorio Pita de la provincia de San Marcos del departamento de Cajamarca

Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Chile, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 199-2026-RE

Lima, 10 de abril de 2026

VISTOS:

El Memorándum N° DAE003692026 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 20 de marzo de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 1101 del Despacho Viceministerial, de 25 de marzo de 2026, el Memorándum N° OPP007492026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 31 de marzo de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP010382026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 7 de abril de 2026;

CONSIDERANDO:

Que, el Perú asumió la presidencia pro tempore de la CEPAL para el período 2025-2026, durante el cual presidirá las reuniones del Foro sobre Desarrollo Sostenible (2025 y 2026) y el Comité Plenario de la CEPAL (2025);

Que, la Novena Reunión del Foro de los Países de América Latina y el Caribe sobre el Desarrollo Sostenible tendrá lugar en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 13 al 16 de abril de 2026;

Que, la citada reunión permitirá al Perú encaminar la discusión en uno de los principales foros regionales sobre desarrollo sostenible, impulsar el intercambio de buenas prácticas, definir metas comunes e incentivar la cooperación con organizaciones regionales y subregionales para orientar un proceso inclusivo hacia el desarrollo sostenible en América Latina y el Caribe;

Que, en tal sentido, se estima importante la participación en el referido evento de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Carla María Cueva Navarro, Directora para Asuntos Sociales, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, así como del Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República André Sandro Jiménez Bernal, Responsable temático de la Dirección General para Asuntos Económicos, a fin de brindar adecuado seguimiento a la reunión, así como coordinar las distintas acciones operativas requeridas;

Que, por razones de itinerario, los citados funcionarios diplomáticos viajarán a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 13 al 17 de abril de 2026; y,

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización

Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 13 al 17 de abril de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:

• Ministra en el Servicio Diplomático de la República Carla María Cueva Navarro, Directora para Asuntos Sociales, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales; y,

• Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República André Sandro Jiménez Bernal, Responsable Temático de la Dirección General para Asuntos Económicos.

Artículo 2.- Gastos

Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Metas: 0090930 (177) Integración y Negociaciones Económicas Internacionales - Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales y, 0137176 (291) Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales - Dirección para Asuntos Sociales; y, Códigos POI AOI00004500253 “Participación en reuniones de comisiones, comités y otros espacios internacionales vinculados con asuntos multilaterales y globales sobre asuntos sociales”, y AOI00004500181 “Fortalecimiento de las negociaciones económicas internacionales”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos

Clase Económica

(USD)

Viáticos

por día

(USD)

Número

de

días

Total

viáticos

(USD)

Carla María Cueva Navarro

618.71

370.00

4

1 480.00

André Sandro Jiménez Bernal

618.71

370.00

4

1 480.00

Artículo 3.- Informe

Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos

La presente resolución ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Hugo de Zela

Ministro de Relaciones Exteriores

2504763-1