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Fecha de publicación: 11/04/2026
Designan Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI

Disponen el inicio del procedimiento de saneamiento físico legal del bien inmueble prehispánico denominado Complejo Arqueológico La Centinela, ubicado en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 000010-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC

San Borja, 9 de abril del 2026

Vistos, el Informe Nº 000116-2023-DSFL-LMS/MC; Informe Nº 000022-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC; e, Informe Nº 000042-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-MVE/MC;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares y demás bienes de valor histórico o cultural constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad pública o privada, encontrándose bajo protección del Estado;

Que, la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación son objeto de identificación, registro, inventario, delimitación, protección, conservación, investigación y puesta en valor por parte del Estado, correspondiendo al Ministerio de Cultura ejercer las acciones necesarias para su adecuada gestión y salvaguardia;

Que, mediante Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo encargado de formular y ejecutar políticas públicas en materia de patrimonio cultural, ejerciendo funciones exclusivas sobre la identificación, registro, delimitación, protección y gestión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, de acuerdo con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble es el órgano responsable de formular, conducir y supervisar las políticas y acciones orientadas a la protección, conservación y gestión del patrimonio arqueológico inmueble; y que la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal es la unidad orgánica encargada de conducir los procesos de catastro, delimitación y saneamiento físico legal de los bienes inmuebles prehispánicos, promoviendo su inscripción registral cuando corresponda;

Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 309/INC de fecha 20 de mayo de 2003 se declaró Patrimonio Cultural de la Nación el bien inmueble prehispánico denominado “Centinela”, ubicado en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica;

Que, mediante Informe Nº 000116-2023-DSFL-LMS/MC, de fecha 14 de julio de 2023, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal elaboró el expediente técnico de delimitación del bien inmueble prehispánico denominado Complejo Arqueológico La Centinela, proponiendo su delimitación mediante el plano perimétrico PP-073-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, con un área de 120 181.97 m², y perímetro 1446.46 m. Datum WGS84 Zona 18, acompañado de la Ficha Catastral, Memoria Descriptiva y Ficha Resumen correspondientes;

Que, mediante Informe Nº 000022-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC, de fecha 14 de marzo de 2025, se efectuó el diagnóstico técnico-legal del ámbito correspondiente al referido bien inmueble prehispánico, verificándose que el polígono delimitado no cuenta con antecedente registral inscrito ni presenta superposición con derechos otorgados por entidades generadoras de catastro;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1661 regula el saneamiento físico legal automático de los bienes inmuebles prehispánicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, estableciendo que dicho procedimiento comprende el conjunto de actos y actuaciones destinados a lograr la inscripción en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP de la situación real y de los derechos que ejerce el Estado sobre dichos bienes;

Que, en atención a lo señalado en el Informe Nº 000042-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-MVE/MC, resulta jurídicamente viable iniciar el procedimiento de saneamiento físico legal del bien inmueble prehispánico Complejo Arqueológico La Centinela, a fin de gestionar la primera inscripción de dominio a favor del Estado representado por el Ministerio de Cultura;

De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 28296, la Ley Nº 29565, el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el Decreto Supremo Nº 011-2022-MC y el Decreto Legislativo Nº 1661;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER el inicio del procedimiento de saneamiento físico legal del bien inmueble prehispánico denominado Complejo Arqueológico La Centinela, ubicado en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica, cuya delimitación se encuentra definida en el plano perimétrico PP-073-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, con un área de 120 181.97 m² y perímetro 1446.46 m. Datum WGS84 Zona 18, Ficha Catastral, Memoria Descriptiva y Ficha Resumen correspondientes al Expediente Técnico de delimitación.

Artículo Segundo.- DISPONER que, en el marco del procedimiento de saneamiento físico legal, se promuevan las acciones necesarias para gestionar la primera inscripción de dominio del área correspondiente a favor del Estado representado por el Ministerio de Cultura, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1661.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web institucional del Ministerio de Cultura. Asimismo, disponer la publicación del Expediente Técnico de delimitación del bien inmueble prehispánico “La Centinela” en el portal web institucional del Ministerio de Cultura, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1661.

Artículo Cuarto.- ESTABLECER que los terceros que consideren afectados sus derechos podrán formular oposición judicial o extrajudicial dentro del plazo de treinta (30) días calendario contados desde la publicación de la presente Resolución, conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1661.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA

Director de la Dirección de Catastro y

Saneamiento Físico Legal

2504622-1