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Fecha de publicación: 10/04/2026
Designan Jefe de la Oficina General de Tecnología de la Información

Amplían vigencia del “Grupo de Trabajo encargado de evaluar y proponer las acciones necesarias para la reactivación del servicio de guardería infantil a favor de los hijos de los servidores del Ministerio de Cultura”

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 000095-2026-MC

San Borja, 7 de abril del 2026

VISTOS: el Memorando N° 001409-2026-OGRH-SG/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 000686-2026-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000414 -2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 000358-2025-MC, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, bajo la dependencia del Ministerio de Cultura, denominado “Grupo de Trabajo encargado de evaluar y proponer las acciones necesarias para la reactivación del servicio de guardería infantil a favor de los hijos de los servidores del Ministerio de Cultura”;

Que, a través del artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 000358-2025-MC se establece que el referido Grupo de Trabajo tiene una vigencia de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación;

Que, mediante el Memorando N° 001409-2026-OGRH-SG/MC, la Oficina General de Recursos Humanos señala que se encuentran pendientes acciones de coordinación para la habilitación del espacio destinado al servicio de guardería; así como, la culminación de la elaboración del expediente técnico que será presentado ante la Municipalidad de San Borja, con la finalidad de obtener los permisos necesarios para la implementación del servicio de guardería en la entidad; por lo que, propone ampliar el plazo de vigencia por un periodo de sesenta (60) días hábiles adicionales al establecido en el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 000358-2025-MC;

Que, a través del Memorando N° 000686-2026-OGPP-SG/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000133-2026-OOM-OGPP-SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización, mediante el cual emite opinión favorable a la propuesta de ampliación del plazo de vigencia del “Grupo de Trabajo encargado de evaluar y proponer las acciones necesarias para la reactivación del servicio de guardería infantil a favor de los hijos de los servidores del Ministerio de Cultura”;

Que, de conformidad con el numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2028-PCM y modificatorias, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos, y sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros;

Que, asimismo, el numeral 28.2 del artículo 28 de los citados lineamientos refiere que los grupos de trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende. Corresponde a la Oficina General de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, validar la legalidad y sustento técnico para su creación, respectivamente. En el caso de los grupos de trabajo con una vigencia mayor a dos (2) años, su creación requiere de la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública;

Que, a través del Informe N° 000414 -2026-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable ampliar la vigencia del Grupo de Trabajo creado mediante la Resolución Ministerial N° 000358-2025-MC;

Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que amplie el plazo de vigencia del “Grupo de Trabajo encargado de evaluar y proponer las acciones necesarias para la reactivación del servicio de guardería infantil a favor de los hijos de los servidores del Ministerio de Cultura”, hasta sesenta (60) días hábiles adicionales al plazo establecido en el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 000358-2025-MC;

Con los vistos de la Secretaría General, la Oficina General de Recursos Humanos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ampliar la vigencia del “Grupo de Trabajo encargado de evaluar y proponer las acciones necesarias para la reactivación del servicio de guardería infantil a favor de los hijos de los servidores del Ministerio de Cultura”, creado mediante la Resolución Ministerial N° 000358-2025-MC, hasta sesenta (60) días hábiles adicionales al plazo establecido en el artículo 10 de la referida Resolución Ministerial N° 000358-2025-MC.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FATIMA SORAYA ALTABAS KAJATT

Ministra de Cultura

2504300-1