Logo El Peruano
Fecha de publicación: 10/04/2026
Designan Jefe de la Oficina General de Tecnología de la Información

Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00397-2026-DE

Lima, 7 de abril del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 2298/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00735-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00597-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, a través del mensaje naval del 20 de febrero de 2026, el Comandante de la Segunda Flota de la Marina de los Estados Unidos de América remitió la programación de la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) de la Revista Naval Internacional “INR - 250”, a realizarse en la ciudad Norfolk, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, del 20 al 23 de abril de 2026;

Que, con Oficio N° 087/42 del 9 de marzo de 2026, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú agradece la invitación cursada e informa al Comandante de la Segunda Flota de la Marina de los Estados Unidos de América que se ha designado al Capitán de Navío Roberto Javier VARGAS SALAS para participar en la mencionada actividad internacional;

Que, por medio del Oficio N° 2298/51 la Marina de Guerra del Perú remite el proyecto de resolución ministerial que autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío Roberto Javier VARGAS SALAS, identificado con CIP. N° 00913170 y DNI. N° 09855100, como personal titular; así como, del Capitán de Fragata Jhonathan Ralf RIVERA DELGADO, identificado con CIP. N° 01022179 y DNI. N° 43314758, como personal suplente, para participar en la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) de la Revista Naval Internacional “INR - 250”, a realizarse en la ciudad Norfolk, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, del 20 al 23 de abril de 2026; así como, autorizar su salida del país el 19 de abril y su retorno el 24 de abril de 2026;

Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 037-2026 el cual concluye que es legalmente procedente autorizar la presente comisión de servicio; de la misma manera, se remite la Hoja de Gastos N° 059-2026; la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 073-2026; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000003 y N° 0000000094 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, de acuerdo con lo, señalado en la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá fortalecer, acrecentar y consolidar los vínculos de camaradería y cooperación existentes entre las Marinas participantes, considerando además el beneficio de estrechar los lazos de amistad en relación estratégica entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de los Estados Unidos de América;

Que, mediante el Oficio N° 00735-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 039-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 00597-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatoria; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío Roberto Javier VARGAS SALAS, identificado con CIP. N° 00913170 y DNI. N° 09855100, como personal titular; así como, del Capitán de Fragata Jhonathan Ralf RIVERA DELGADO, identificado con CIP. N° 01022179 y DNI. N° 43314758, como personal suplente, para participar en la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) de la Revista Naval “INR - 250”, a realizarse en la ciudad Norfolk, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, del 20 al 23 de abril del 2026; así como, autorizar su salida del país el 19 de abril y su retorno el 24 de abril de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular.

Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - Ciudad de Norfolk, Estado de Virginia (Estados Unidos de América) - Lima

Clase económica

US$ 2,012.28 x 1 persona US$ 2,012.28

Viáticos:

US$ 440.00 x 1 persona x 4 días US$ 1,760.00

_____________

Total a pagar: US$ 3,772.28

Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El Oficial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO FRANCISCO DÍAZ DAÑINO

Ministro de Defensa

2504142-1