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Fecha de publicación: 10/04/2026
Designan Jefe de la Oficina General de Tecnología de la Información

Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00391-2026-DE

Lima, 7 de abril del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 2531/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00738-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00578-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta N° SER 6/26, el Secretario Permanente de la Conferencia Naval Interamericana de la Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales, hace extensiva la invitación a la Marina de Guerra del Perú para participar en el “I Workshop RITN HF 2026”, a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 20 al 24 de abril del 2026; asimismo, precisan que cubrirán los gastos de pasajes aéreos y el alojamiento durante la totalidad del evento;

Que, con Oficio N° 2531/51, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Corbeta José Alonso COMBE ÁLVAREZ, identificado con CIP N° 00069607 y DNI N° 70692649, y del Teniente Segundo ING. Ayrton Andrés GARCÍA ZAVALETA, identificado con CIP N° 00202484 y DNI N° 71250189, como personal titular, y del Capitán de Fragata Sergio DAVIS VEGA, identificado con CIP N° 01014134 y DNI N° 43307115, de la Alférez de Fragata Jessica Andrea LAZARO GUZMÁN, identificada con CIP N° 00127991 y DNI N° 75118809, como personal suplente, para participar en el “I Workshop RITN HF 2026”, a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 20 al 24 de abril de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 19 de abril y su retorno el 25 de abril de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 002- 2026; la Hoja de Gastos N° 065-2026 y la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 078-2026 que precisan el pago de viáticos diarios por el 40% del que corresponde a la zona geográfica; así como la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000003 que garantiza el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto, permitirá fortalecer los lazos de cooperación y coordinación entre los países miembros de la Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales, mediante el intercambio de experiencias, conocimientos técnicos, ponencias y exposiciones ofrecidas por representantes de diferentes marinas; así como, por el Comando Sur de los Estados Unidos de América y expertos en sistemas de comunicaciones que proporcionan una visión integral sobre la evaluación y proyección futura de los mismos;

Que, mediante el Oficio N° 00738-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 040-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 00578-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatoria; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Corbeta José Alonso COMBE ÁLVAREZ y del Teniente Segundo ING. Ayrton Andrés GARCÍA ZAVALETA, como personal titular, del Capitán de Fragata Sergio DAVIS VEGA y de la Alférez de Fragata Jessica Andrea LAZARO GUZMÁN, como personal suplente, para participar en el “I Workshop RITN HF 2026”, a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 20 al 24 de abril de 2026; así como, autorizar su salida del país el 19 de abril y su retorno el 25 de abril de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular.

Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Viáticos:

US$ 370.00 x 2 personas x 5 días X 40% US$ 1,480.00

Total a pagar: US$ 1,480.00

Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal naval más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO FRANCISCO DÍAZ DAÑINO

Ministro de Defensa

2504127-1