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Fecha de publicación: 08/04/2026
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30254, Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes, aprobado por el Decreto Supremo N° 093-2019-PCM, y su exposición de motivos

Rectifican error material identificado en la parte considerativa y resolutiva de la Resolución de Dirección Ejecutiva
N° D000118-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

N° D000090-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE

Magdalena del Mar, 7 de abril del 2026

VISTOS:

El Informe Técnico N° D000221-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO de la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando N° D000136-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N° D000117-2026-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI);

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SERFOR, modificado por el Decreto Supremo N° 016- 2014-MINAGRI;

Que, por otro lado, mediante Resolución Ministerial N° 0368-2018-MINAGRI, modificada por Resolución Ministerial N° 0442-2019-MINAGRI, se aprueban los “Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente”; asimismo, a través de su artículo 3, se delega en el SERFOR la competencia para aprobar el redimensionamiento de los Bosques de Producción Permanente, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000118-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE de fecha 17 de mayo de 2023, se aprobó el redimensionamiento de la Zona 2A y 2B del Bosque de Producción Permanente de Huánuco, por exclusión de áreas de predios privados;

Que, la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre mediante el Memorando N° D000136-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS de fecha 18 de febrero de 2026, manifiesta su conformidad al Informe Técnico N° D000221-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO elaborado por la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, en el cual señala que de la revisión efectuada a la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000118-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE se advierte que existe un error material en el Artículo 1 y en la parte en la parte considerativa respecto de los cuadros de “Propuesta de redimensionamiento” y “Resumen de la propuesta” de las Zonas 2A y 2B del BPP Huánuco), consistente en lo siguiente: Superficie total final del BPP Huánuco se consignó 596,047.0274 ha, cuando lo correcto es 596,005.3574 ha; y de Área total resultante de sus zonas se consignó 170,697.1622 ha, cuando lo correcto es 170,585.1024 ha;

Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; asimismo, el numeral 212.2 prevé que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el documento del Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en mérito a lo informado y solicitado por Dirección General de Información y de Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, y en el marco del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, emita el acto resolutivo que rectifique de oficio el error material contenido en la parte considerativa y resolutiva de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000118-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, respecto del área de la superficie total final del BPP Huánuco y del área total resultante de sus zonas;

Que, el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, establece que es función del Director Ejecutivo expedir resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Rectificar el error material identificado en la parte considerativa y resolutiva de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000118-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, según el detalle siguiente:

DICE:

“Propuesta de redimensionamiento de la Zona 2A y Zona 2B del BPP Huánuco

Zona

Resolución

Área Oficial (ha)

Área SIG (ha)

(1)

Área (ha) a excluir

(2)

Área (ha) a excluir por edición

(3)

Zona Resultante

Área (ha) Resultante

(1)-(2)-(3)

Zona 2A

RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

152206.9853

152206.9853

14280.6481

--------

Zona 2A

131795.0586

--------

2A-3

6131.2786

Zona 2B

RDE N° D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE

34768.0731

34768.0731

1997.2481

112.0598

Zona 2B

32658.7652

TOTAL

186975.0584

186975.0584

16277.8962

112.0598

----------

170697.1622

DEBE DECIR:

“Propuesta de redimensionamiento de la Zona 2A y Zona 2B del BPP Huánuco

Zona

Resolución

Área Oficial (ha)

Área SIG (ha)

(1)

Área (ha) a excluir

(2)

Área (ha) excluida por edición cartográfica

(3)

Zona Resultante

Área (ha) Resultante

(1)-(2)-(3)

Zona 2A

RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

152206.985

152206.9853

14280.6481

--------

Zona 2A

131795.0586

--------

2A-3

6131.2786

Zona 2B

RDE N° D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE

34768.0731

34768.0731

1997.2481

112.0598

Zona 2B

32658.7652

TOTAL

186975.0584

186975.0584

16277.8962

112.0598

----------

170585.1024

DICE:

“Resumen de la propuesta de redimensionamiento de la Zona 2A y 2B del BPP Huánuco

BPP Huánuco Área Total (ha) oficial RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

Zona

Resolución

Área Oficial (ha)

Área SIG (ha)

(1)

Área (ha) a excluir

(2)

Área (ha) a excluir por edición

(3)

Zona Resultante

Área (ha) Resultante

(1)-(2)-(3)

BPP Huánuco Área (ha) Total Final

612395.3134

Zona 2A

RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

152206.985

152206.9853

14280.6481

--------

Zona 2A

131795.0586

596047.0274

--------

2A-3

6131.2786

Zona 2B

RDE N° D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE

34768.0731

34768.0731

1997.2481

112.0598

Zona 2B

32658.7652

TOTAL

186975.0584

186975.0584

16277.8962

112.0598

----------

170697.1622

DEBE DECIR:

“Resumen de la propuesta de redimensionamiento de la Zona 2A y 2B del BPP Huánuco

BPP Huánuco Área Total (ha) oficial RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

Zona

Resolución

Área Oficial (ha)

Área SIG (ha)

(1)

Área (ha) a excluir

(2)

Área (ha) excluida por edición cartográfica

(3)

Zona Resultante

Área (ha) Resultante

(1)-(2)-(3)

BPP Huánuco Área (ha) Total Final

612395.3134

Zona 2A

RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

152206.985

152206.9853

14280.6481

--------

Zona 2A

131795.0586

596005.3574

--------

2A-3

6131.2786

Zona 2B

RDE N° D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE

34768.0731

34768.0731

1997.2481

112.0598

Zona 2B

32658.7652

TOTAL

186975.0584

186975.0584

16277.8962

112.0598

----------

170585.1024

DICE:

“Artículo 1.- Aprobar el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco, respecto a la Zona 2A, al quedar dividida en dos (2) zonas: Zona 2A con un área de 131 795.0586 ha y Zona 2A-3 con un área de 6 131.2786 ha y, la Zona 2B al quedar con un área de 32 658.7652 ha, de acuerdo con el Mapa y Cuadros Descriptivos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución; quedando el Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco con una superficie total de 596 047.0274 ha (quinientos noventa y seis mil cuarenta y siete hectáreas con doscientos setenta y cuatro metros cuadrados), según el detalle siguiente:

BPP Huánuco Área Total (ha) oficial RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

Zona

Resolución

Área Oficial (ha)

Área SIG (ha)

(1)

Área (ha) a excluir

(2)

Área (ha) excluida por edición cartográfica

(3)

Zona Resultante

Área (ha) Resultante

(1)-(2)-(3)

BPP Huánuco Área (ha) Total Final

612395.3134

Zona 2A

RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

152206.985

152206.9853

14280.6481

--------

Zona 2A

131795.0586

596047.0274

--------

2A-3

6131.2786

Zona 2B

RDE N° D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE

34768.0731

34768.0731

1997.2481

112.0598

Zona 2B

32658.7652

TOTAL

186975.0584

186975.0584

16277.8962

112.0598

----------

170697.1622

DEBE DECIR:

“Artículo 1.- Aprobar el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco, respecto a la Zona 2A, al quedar dividida en dos (2) zonas: Zona 2A con un área de 131 795.0586 ha y Zona 2A-3 con un área de 6 131.2786 ha y, la Zona 2B al quedar con un área de 32 658.7652 ha, de acuerdo con el Mapa y Cuadros Descriptivos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución; quedando el Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco con una superficie total de 596005.3574 ha (quinientos noventa y seis mil cinco hectáreas con tres mil quinientos setenta y cuatro metros cuadrados), según el detalle siguiente:

BPP Huánuco Área Total (ha) oficial RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

Zona

Resolución

Área Oficial (ha)

Área SIG (ha)

(1)

Área (ha) a excluir

(2)

Área (ha) excluida por edición cartográfica

(3)

Zona Resultante

Área (ha) Resultante

(1)-(2)-(3)

BPP Huánuco Área (ha) Total Final

612395.3134

Zona 2A

RDE N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

152206.985

152206.9853

14280.6481

--------

Zona 2A

131795.0586

596005.3574

--------

2A-3

6131.2786

Zona 2B

RDE N° D000082-2020-MINAGRI-SERFOR-DE

34768.0731

34768.0731

1997.2481

112.0598

Zona 2B

32658.7652

TOTAL

186975.0584

186975.0584

16277.8962

112.0598

----------

170585.1024

Artículo 2.- Mantener subsistentes en todos sus demás extremos el texto de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000118-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE.

Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y a los ciudadanos Flavia Usthane Prato Urriaga y Oscar Roberto Hidalgo Grandez, para los fines pertinentes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.gob.pe/serfor).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DESIDERIO ERASMO OTÁROLA ACEVEDO

Director Ejecutivo

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

SERFOR

2503734-1