Aprueban publicación para comentarios del Proyecto de Resolución para derogar las “Normas especiales para la prestación del servicio de acceso a internet fijo aplicables a Telefónica del Perú S.A.A.”, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo N° 00138-2020-CD/OSIPTEL
RESOLUCIÓN N° 000037-2026-CD/OSIPTEL
San Borja, 30 de marzo del 2026
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MATERIA |
DEROGACIÓN DE LAS “NORMAS ESPECIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET FIJO, APLICABLES A TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.” - PROYECTO |
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ADMINISTRADO |
INTEGRATEL PERÚ S.A.A. |
VISTO:
(i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto derogar las “Normas especiales para la prestación del servicio de acceso a internet fijo aplicables a Telefónica del Perú S.A.A.”1, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo N° 00138-2020-CD/OSIPTEL;
(ii) El Informe N° 000074-2026-DPRC/OSIPTEL de la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia que sustenta el Proyecto al que se refiere el numeral precedente; con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo señalado en el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley N° 27332, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (en adelante, Osiptel) ejerce, entre otras, la Función Normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM (en adelante, Reglamento General), el Consejo Directivo del Osiptel es competente para ejercer de manera exclusiva la función normativa;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, el Osiptel tiene entre sus funciones fundamentales la de mantener y promover una competencia efectiva y justa entre los prestadores de servicios portadores, finales, de difusión y de valor añadido;
Que, en el mismo sentido, el artículo 19 del Reglamento General señala que son objetivos específicos del Osiptel, entre otros, promover la existencia de condiciones de competencia en la prestación de los servicios de telecomunicaciones y facilitar el desarrollo, modernización y explotación eficiente de los servicios de telecomunicaciones;
Que mediante Resolución de Consejo Directivo N° 00138-2020-CD/OSIPTEL, se aprobaron las “Normas especiales para la prestación del servicio de acceso a internet fijo aplicables a Telefónica del Perú S.A.A.”;
Que la Agenda Regulatoria propuesta para el periodo 2026 - 2027 contempla la evaluación de la regulación asimétrica establecida mediante las “Normas Especiales para la prestación del servicio de acceso a internet fijo aplicables a Telefónica del Perú S.A.A.”;
Que, las condiciones de mercado que justificaron la emisión de las “Normas Especiales para la prestación del servicio de acceso a internet fijo aplicables a Telefónica del Perú S.A.A.”, han variado; asimismo, existen otros mecanismos previstos en la normativa vigente que cubren el objetivo de empoderar al usuario, reducir los costos de transacción asociados a la gestión de solicitudes de baja, migraciones y suspensiones temporales y fomentar la dinámica o intensidad competitiva del servicio de acceso a Internet fijo;
Que, como resultado de la evaluación sobre la continuidad de las obligaciones establecidas en las “Normas especiales para la prestación del servicio de acceso a internet fijo aplicables a Telefónica del Perú S.A.A.”, conforme a los fundamentos motivados en el Informe N° 000074-2026-DPRC/OSIPTEL - el mismo que forma parte integrante de la presente resolución -, se considera que corresponde la derogación de la referida norma;
Que, de acuerdo a la política de transparencia institucional del Osiptel, contenida en los artículos 7 y 27 del Reglamento General, en concordancia con las disposiciones del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, se considera pertinente que el Proyecto Normativo referido en la sección de VISTOS sea publicado para comentarios de los interesados, otorgándose el plazo respectivo;
De conformidad con las funciones señaladas en el artículo 24 del Reglamento General del Osiptel, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, así como en el literal b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel aprobado por Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, y estando al Acuerdo N° 1067/5138/2026 adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión de fecha 27 de marzo de 2026;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la publicación para comentarios del Proyecto de Resolución para derogar las “Normas especiales para la prestación del servicio de acceso a internet fijo aplicables a Telefónica del Perú S.A.A.”, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo N° 00138-2020-CD/OSIPTEL; que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Establecer un plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el diario oficial El Peruano, para que Integratel Perú S.A.A. y otros interesados puedan presentar sus comentarios sobre el Proyecto de Resolución referido en el artículo 1.
Los comentarios serán presentados a través de la Mesa de Partes Digital del Osiptel (https://srvsgdmpv.osiptel.gob.pe/mesa-partes-frontend/browser/), para lo cual se debe adjuntar un archivo en formato MS WORD, de conformidad con el anexo de la presente Resolución.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo, publicar la presente resolución y su anexo, el Proyecto de Resolución señalado en el artículo 1, la exposición de motivos y el Informe N° 000074-2026-DPRC/OSIPTEL en la sede digital del Osiptel (https://www.gob.pe/osiptel).
Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas la notificación de la presente resolución y su anexo, el Proyecto de Resolución señalado en el artículo 1, la exposición de motivos y el Informe N° 000074-2026-DPRC/OSIPTEL a Integratel Perú S.A.A.
Artículo 5.- Encargar a la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
JESUS EDUARDO GUILLEN MARROQUIN
Presidente Ejecutivo (e)
Consejo Directivo
ANEXO
Formato para la presentación de comentarios
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN PARA DEROGAR LAS NORMAS ESPECIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET FIJO, APLICABLES A TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. |
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Concepto |
Comentarios |
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Artículo Único |
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1 Actualmente denominada Integratel Perú S.A.A.
2503405-1