Designan Vocales del Tribunal Administrativo Previsional de la Oficina de Normalización Previsional
resolución ministerial
N° 165-2026-EF/10
Lima, 6 de abril del 2026
CONSIDERANDO
Que, mediante la Octogésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se crea el Tribunal Administrativo Previsional en la estructura administrativa de la Oficina de Normalización Previsional;
Que, el Tribunal Administrativo Previsional es el encargado de resolver en última instancia administrativa las controversias que versen sobre derechos y obligaciones previsionales de los regímenes a cargo del Estado de los Decretos Leyes N° 18846 y N° 19990, Ley N° 30003 y el Decreto Ley N° 20530; así como otros regímenes previsionales a cargo del Estado que sean administrados por la Oficina de Normalización Previsional;
Que, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto Supremo N° 385-2015-EF, Reglamento del Tribunal Administrativo Previsional, los vocales del Tribunal Administrativo Previsional son elegidos por concurso público y designados mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas por un periodo de tres (3) años, pudiendo ser ratificados por periodos similares;
Que, la Oficina de Normalización Previsional ha llevado a cabo el Concurso Público de Selección de Vocal del Tribunal Administrativo Previsional TAP N° 001-2026-ONP, resultando ganadores los señores Roberto Antonio Baca Merino y Alberto Córdova Salazar;
Que, en consecuencia, resulta necesario designar a los Vocales que conformarán el Tribunal Administrativo Previsional; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y en el Reglamento del Tribunal Administrativo Previsional, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 385-2015-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a los señores Roberto Antonio Baca Merino y Alberto Córdova Salazar como Vocales del Tribunal Administrativo Previsional de la Oficina de Normalización Previsional.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Oficina de Normalización Previsional y a los interesados, para su conocimiento y fines.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Ministro de Economía y Finanzas
2503034-1