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Fecha de publicación: 02/04/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales

Designan Viceministro de Hidrocarburos

resolución suprema

nº 011-2026-em

Lima, 1 de abril de 2026

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30705, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, donde se determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas;

Que, el artículo 10 de la referida Ley establece que la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas está compuesta, entre otros, por el Viceministro de Electricidad, el Viceministro de Hidrocarburos y el Viceministro de Minas;

Que, el Viceministro de Hidrocarburos, formula, coordina, ejecuta y supervisa la política de desarrollo sostenible en materia de hidrocarburos, de conformidad con la respectiva política nacional;

Que, se encuentra vacante el puesto de Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas;

Que, en consecuencia resulta necesario designar a la persona que desempeñe dicho puesto;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al señor MARCO ERIC AGAMA RODRIGUEZ, en el puesto de Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de confianza.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

WALDIR ELOY AYASTA MECHÁN

Ministro de Energía y Minas

2502572-5