Logo El Peruano
Fecha de publicación: 01/04/2026
Aprueban la Versión 03 de la “Política Institucional Antisoborno de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU”, designan responsable de la función antisoborno y dictan otras disposiciones

Aprueban la Versión 03 de la “Política Institucional Antisoborno de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU”, designan responsable de la función antisoborno y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 64-2026-ATU/PE

Lima, 30 de marzo de 2026

VISTOS:

El Informe D-000017-2026-ATU/OILC-AELN y el Memorando D-000281-2026-ATU/GG-OILC, de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Informe D-000080-2026-ATU/GG-OPP-UPO, de la Unidad de Planeamiento y Organización; el Memorando N° D-000217-2026-ATU/GG-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº D-000181-2026-ATU/GG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; Y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao -ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera;

Que, de conformidad con el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, T.U.O. de la Ley N° 27444), aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de dicha Ley y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan;

Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del T.U.O. de la Ley N° 27444, señala que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;

Que, sobre el particular, por Resolución de Gerencia General N°058-2024-ATU/GG, se aprueba la Versión V03 de la Directiva N° D-001-2020-ATU/GG-OPP-UPO, “Directiva que regula la formulación, modificación y aprobación de documentos normativos en la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao”;

Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, cuyo objetivo general es contar con instituciones transparentes e íntegras que practiquen y promuevan la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil, y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 148-2024-PCM, se aprueba el Modelo de Integridad para fortalecer la capacidad de prevención y respuesta frente a la corrupción en las entidades del sector público, el cual materializa la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el ámbito institucional; teniendo como finalidad fortalecer la cultura de integridad en las entidades públicas, a fin de incrementar su capacidad de prevención y respuesta frente a prácticas antiéticas o corruptas, así como asegurar la prestación de servicios orientados al interés general y a la generación de valor público; estableciendo, entre uno de sus componentes, la gestión de riesgos que afectan la integridad pública;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2026-PCM/SIP, se aprueba la Directiva Nº 001-2026-PCM/SIP “Directiva para la implementación del Modelo de Integridad en las entidades del sector público”, que establece disposiciones para la implementación del Modelo de Integridad en las entidades del sector público, en el marco del Decreto Supremo N° 148-2024-PCM;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 113-2022-ATU/PE, se aprueba la Versión V02 de la Política Institucional Antisoborno de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, que constituye uno de los instrumentos iniciales para la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS) en la entidad;

Que, el SGAS de la ATU cuenta con el Certificado del Sistema de Gestión Antisoborno N.º ASO 2022/0029 otorgado por la certificadora AENOR Perú S.A.C., emitido el día 4 de septiembre de 2025, cuya vigencia se extiende hasta el día 4 de septiembre de 2028;

Que, mediante Resolución Directoral N.º 017-2025-INACAL/DN, se aprueba la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2025 “Sistemas de gestión antisoborno - Requisitos con orientación para su uso”, en cuyo numeral 5.3, referido a los roles, responsabilidades y autoridades, introduce modificaciones respecto de la versión anterior de la norma, estableciendo la denominación de “Función antisoborno” en reemplazo de la “Función de cumplimiento antisoborno”, así como precisiones en las responsabilidades y autoridades asociadas a dicho rol dentro del Sistema de Gestión Antisoborno;

Que, conforme a lo dispuesto en la referida Norma Técnica Peruana, la Alta Dirección debe asegurar que las responsabilidades y autoridades correspondientes a los roles pertinentes del Sistema de Gestión Antisoborno se encuentren debidamente asignadas y comunicadas dentro de la organización, por lo que resulta necesario adecuar los instrumentos institucionales del Sistema de Gestión Antisoborno de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, incluyendo la actualización de su Política Institucional Antisoborno;

Que, de acuerdo con lo establecido en el literal h) del numeral 7.4 de la Versión V03 de la Directiva N° D-001-2020-ATU/GG-OPP-UPO, procede la modificación de documentos normativos cuando las acciones operativas hayan cambiado como producto de la implementación de mejoras, supuesto en el cual se enmarca la actualización de la Política Institucional Antisoborno de la ATU;

Que, según el artículo 52 del el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 064-2025-ATU/PE y rectificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2025-ATU/PE, la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción es el órgano de apoyo responsable de la ejecución, coordinación y supervisión de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción en la ATU, así como de la evaluación de las denuncias sobre presuntos actos de corrupción. Promueve la implementación del Sistema de Control Interno;

Que, se verifica que la propuesta de Política Institucional ha sido elaborada conforme al marco normativo de la materia que le resulta aplicable, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en la Versión V03 de la Directiva N° D-001-2020-ATU/GG-OPP-UPO; contando con los informes técnicos y legales favorables, emitidos por , la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

Que, el literal t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva 064-2025-ATU/PE, rectificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2025-ATU/PE, establece como función de la Presidencia Ejecutiva emitir resoluciones en los asuntos de su competencia;

Contando con el visado de la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU; el Decreto Supremo N° 092- 2017-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo N° 148-2024-PCM, que aprueba el Modelo de Integridad para fortalecer la capacidad de prevención y respuesta frente a la corrupción en las entidades del sector público; Resolución Directoral N° 017-2025-INACAL/DN, que aprueba la Norma Técnica Peruana “NTP-ISO 37001:2025 Sistemas de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso. 2ª Edición”; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 064-2025-ATU/PE y rectificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2025-ATU/PE; y la Versión V03 de la Directiva N° D-001-2020-ATU/GG-OPP-UPO, “Directiva que regula la formulación, modificación y aprobación de documentos normativos en la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao”, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 058-2024-GG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación de la Versión V02 de la “Política Institucional Antisoborno de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao “ATU”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva 113-2022-ATU/PE, de acuerdo al Cuadro de Control de Cambios que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Aprobar la Versión 03 de la “Política Institucional Antisoborno de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU”, que como Anexo N° 2 forma parte integrante de la presente Resolución, incluye la modificación aprobada en el artículo 1 de la presente resolución, quedando sin efecto la Versión V02 de la citada Política Institucional, así como su norma de aprobación.

Artículo 3.- Designar a la Jefatura de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU como responsable de la Función Antisoborno, en el marco de la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2025 “Sistemas de gestión antisoborno - Requisitos con orientación para su uso”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 017-2025-INACAL/DN; asignándole la responsabilidad, independencia y autoridad para:

a) Asegurar que el sistema de gestión antisoborno cumple con los requisitos de la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2025 “Sistema de Gestión Antisoborno, Requisitos con orientación para su uso”, aprobada por Resolución Directoral N° 017- 2025-INACAL/DN.

b) Informar sobre el desempeño del sistema de gestión antisoborno al órgano de gobierno y a la alta dirección.

c) Supervisar el diseño y la implementación del sistema de gestión antisoborno por parte de la organización.

d) Proporcionar asesoramiento y orientación al personal y a las partes interesadas sobre el sistema de gestión antisoborno y los asuntos relacionados con el soborno.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Diario Oficial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID AUGUSTO HERNÁNDEZ SALAZAR

Presidente Ejecutivo

Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao -

Atu

POLÍTICA INSTITUCIONAL

POLÍTICA INSTITUCIONAL ANTISOBORNO DE LA AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO - ATU

ÍNDICE

I. PRESENTACIÓN

II. JUSTIFICACIÓN

III. OBJETIVO GENERAL

IV. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

V. ENUNCIADO DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL ANTISOBORNO

VI. PRINCIPIOS Y VALORES

VII. COMPROMISOS INSTITUCIONALES Y LINEAMIENTOS DE IMPLEMENTACIÓN

VIII. GLOSARIO DE TÉRMINOS

I. PRESENTACIÓN

La corrupción es un fenómeno social, político y económico complejo; es multidimensional, pues no se limita solo al soborno, sino que abarca una red de comportamientos, incentivos y fallas institucionales; es estructural, pues afecta la confianza en las instituciones, frena el desarrollo económico y socava la democracia de manera sistemática y es global, pues se manifiesta en todos los países y niveles de la sociedad, adaptándose a diferentes contextos culturales y legales.

Como un esfuerzo para hacer frente al fenómeno de la corrupción, se han suscrito importantes acuerdos multilaterales, como la “Convención Interamericana contra la Corrupción”1, que busca prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción, obligando al Estado peruano a adecuar su legislación y cooperar internacionalmente; y la “Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción”2 cuya finalidad es promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción; promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.

En atención a los compromisos asumidos por el Estado peruano, en el año 2017 se aprobó la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción mediante el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, la misma que constituye un marco normativo y de gestión, de cumplimiento obligatorio para las entidades del sector público, estableciendo directrices vinculantes para la implementación de mecanismos institucionales orientados a la prevención, disuasión y corrección de conductas irregulares que comprometan la integridad y la probidad en la función pública.

En dicho contexto, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) viene implementando diversas acciones estratégicas orientadas al fortalecimiento de la cultura de integridad y a la prevención de la corrupción en el ámbito institucional, entre ellas la implementación del “Modelo de Integridad” y el “Sistema de Gestión Antisoborno”, ambos sistemas de prevención de la corrupción.

El Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS) de ATU fue implementado el año 2022, recibiendo en el mismo año la certificación ASO 2022/2029 que acredita que la ATU dispone de un Sistema de Gestión Antisoborno conforme con la norma ISO 37001:2016, certificación que ha recibido la primera renovación el año 2025 con una vigencia de tres (03) años adicionales3.

Durante los tres (3) años de implementación, el SGAS de ATU se ha orientado al cumplimiento de los seis (6) compromisos institucionales señalados en la “Política Institucional Antisoborno de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao” aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 113-2022-ATU/PE, logrando impactar positivamente en los procesos que conforman el alcance del SGAS.

Al haber concluido este primer ciclo de implementación (2022-2025), la ATU ha evaluado los avances de cumplimiento de los compromisos establecidos, verificándose la necesidad de plantear nuevos compromisos alineados a la situación actual del SGAS, el mismo que tiene un alcance ampliado y un avance importante en el cumplimiento de dichos compromisos.

En dicho contexto, se presenta la V03 de la Política Institucional Antisoborno de la ATU, documento normativo que expresa la línea institucional de la ATU frente a cualquier intento o acto de soborno; y delimita los compromisos institucionales en el marco del Sistema de Gestión Antisoborno.

Lima, marzo de 2026.

II. JUSTIFICACIÓN

Según el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2025 de Transparencia Internacional — que evalúa a 182 países—, 31 han logrado avances significativos desde el 2012, el resto presenta un estancamiento o retroceso, lo que explica que el promedio mundial haya descendido a un mínimo histórico de 42 puntos respecto a 100 que es la máxima puntuación posible que implica menores grados de percepción de la corrupción, y más de dos tercios de los países evaluados mantengan una puntuación inferior a 504. En el ámbito nacional, esta problemática se percibe como muy grave, debido a que el Perú registra una tendencia decreciente en el IPC, alcanzando apenas 30 puntos el 2025; esto representa una caída de 8 puntos respecto al año 2020 y un retroceso del puesto 101 al 130 en el ranking global5. Asimismo, se evidencia una pérdida de 8 puntos en comparación con el trienio 2012-2014.

En el escenario global expuesto, se evidencia que la corrupción constituye un desafío global de carácter crítico, relevado en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que incorpora el Objetivo 16: “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas”, estableciendo como Meta 16.5 “Reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas”, convirtiéndose en el punto de partida de una serie de acciones que se orientarán al logro de dicha meta en un horizonte temporal de quince años.

En concordancia con dicho marco, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en el Informe “Perú: Evolución de los Indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), 2025”6, señala que, durante el 2024, el 2.5% de los hogares a nivel nacional reportó haber tenido contacto con funcionarios que solicitaron o aceptaron sobornos. Este indicador revela una brecha geográfica notable: la prevalencia en el área urbana (2.8%) es casi el doble que en la rural (1.5%). No obstante, en términos de tendencia, la proporción de hogares afectados muestra una reducción marginal de 0.2 puntos porcentuales respecto a 2023 y de 0.5 puntos frente a los niveles prepandemia (2019).

Gráfico N° 01: Perú: proporción de hogares que han tenido al menos un contacto con un funcionario público y que han pagado un soborno,

según área de residencia Periodo 2010 al 2024

2502138-1-2.pdf

Nota 1: Incluye regalos, propinas, sobornos o coimas. Fuente: INEI - Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO).

De otro lado, según la Defensoría del Pueblo, en el Reporte N° 7 Mapas de la corrupción Semestre I 2025, se indica que, en el primer semestre del año 2025, se reportaron 6,503 casos de corrupción en trámite, de los cuales Lima concentra el 20% (1,331 casos); tal como se verifica en el siguiente gráfico:

Gráfico 02: Casos de corrupción en trámite por departamento Periodo enero – junio del 2024

2502138-1-2.pdf

Fuente: Defensoría del Pueblo en https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2025/12/Reporte_N7.pdf

De la problemática señalada, se advierte que la corrupción, incluido el soborno, vulnera la confianza de los proveedores, de la ciudadanía y las partes interesadas en general, además de vulnerar el marco normativo y afectar considerablemente la imagen y la reputación de una institución. Conscientes de estas consecuencias, la ATU, viene orientando el uso de sus recursos asignados, hacia una gestión eficiente y transparente, alineando sus esfuerzos a la adopción de medidas que permitan luchar frontalmente contra la corrupción.

Si bien, se han establecido normas internas que coadyuvan al fortalecimiento de la cultura de integridad y se han implementado mecanismos concretos de lucha contra la corrupción, el panorama expuesto precedentemente reafirma la necesidad de implementar mejora continua7 en el Sistema de Gestión Antisoborno.

En dicho contexto, el SGAS de ATU ha sido materia de revisión por la OILC, en el ejercicio de la función de cumplimiento del SGAS; por la Gerencia General en el rol de Alta Dirección del SGAS y por la Presidencia Ejecutiva, en su rol de Órgano de Gobierno del SGAS; el año 2022 respecto a las metas de implementación; y los años 2023, 2024 y 2025 respecto al estado de las acciones de las revisiones previas; los cambios del contexto; el desempeño del SGAS incluyendo las no conformidades y las acciones correctivas; el resultado del seguimiento y medición, resultado de auditorías, reporte de sobornos, investigaciones, la naturaleza y extensión de los riesgos de soborno que enfrenta la ATU; la eficacia de las acciones adoptadas frente a la mitigación de los riesgos; las oportunidades de mejora y la eficacia de la implementación del SGAS; respecto al periodo evaluado.

Producto de la revisión8 se han implementado a lo largo de tres (3) años (2022-2025) diversas oportunidades de mejora que han impactado principalmente en el Alcance del SGAS, el cual ha ido incorporando paulatinamente nuevos procesos, impactando actualmente en 08 macroprocesos nivel 0, 14 procesos nivel 1 y 17 procedimientos TUPA a cargo de más de 900 colaboradores de 16 unidades de organización; así también en las herramientas de seguimiento al logro de metas y cumplimiento de objetivos; y, en la actualización de las matrices de riesgos de soborno, ajustándolas a nuevos contextos de riesgos y controles desarrollados frente a los mismos.

Tabla 01: Reporte de implementación de las oportunidades de mejora identificadas en las revisiones efectuadas del 2022 - 2025

Año

Ítem

OM

identificadas

OM

implementadas

OM no implementadas

OM no aplicables

Total

2022

Revisión de Alta Dirección

03

03

-

01

04

Revisión de órgano de Gobierno

04

04

-

-

04

2023

Revisión de Alta Dirección

-

-

-

-

-

Revisión de órgano de Gobierno

02

02

-

-

02

2024

Revisión de Alta Dirección

-

-

-

-

-

Revisión de órgano de Gobierno

02

02

-

-

02

2025

Revisión de Alta Dirección

-

-

-

-

-

Revisión de órgano de Gobierno

02

02

-

-

02

12

Elaboración: Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción.

De otro lado, se debe resaltar que la norma de referencia que regula el Sistema de Gestión Antisoborno ha sido actualizada con la aprobación de la ISO 37001:2025 y la correspondiente Resolución Directoral 000017-2025-INACAL/DN, que aprueba la Norma Técnica Peruana ISO 37001:2025 “Sistemas de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”.

Por lo expuesto, la aprobación de la V03 de la Política Institucional Antisoborno de la ATU, es un hito de especial relevancia que fortalece los avances logrados a la fecha, da continuidad a los mecanismos de integridad implementados y plantea nuevos compromisos institucionales para el Sistema de Gestión Antisoborno de la ATU alineados a la regulación vigente.

III. OBJETIVO GENERAL

Establecer compromisos institucionales que afiancen la cultura de integridad de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, para hacer frente a cualquier intento o acto de soborno.

IV. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

4.1. Fortalecer los mecanismos para prevenir, detectar, investigar y remediar, efectiva y oportunamente cualquier intento o acto de soborno que involucre a servidores/as civiles o locadores/as de servicios de ATU, en el marco de la prestación de sus servicios a la entidad.

4.2. Afianzar la cultura de integridad y la toma de conciencia entre los servidores/as civiles o locadores/as de servicios y partes interesadas, sobre los alcances de la Política Institucional Antisoborno, su deber de cumplir con ellos, y el valor de su contribución a la eficacia del Sistema de Gestión Antisoborno.

4.3. Generar un ambiente de confianza que promueva el planteamiento de inquietudes y denuncias de buena fe, garantizando la independencia de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el ejercicio de la función antisoborno.

V. ENUNCIADO DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL ANTISOBORNO

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), tiene como objetivo organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, alineando sus esfuerzos institucionales con medidas que permitan luchar frontalmente contra el soborno.

En la ATU, promovemos una cultura de integridad en todas nuestras actividades, dejando explícita la prohibición de cualquier intento o acto de soborno. Exigimos a los servidores/as civiles, locadores/as de servicios, partes interesadas y ciudadanía en general, que intervienen en los procesos institucionales, un comportamiento ético, transparente e íntegro, que garantice el cumplimiento de nuestro Código de Ética y Conducta y la normativa antisoborno.

No somos ni seremos tolerantes con cualquier intento o acto de soborno; toda acción fuera del margen de la normativa será sancionado administrativamente y denunciado ante las instancias correspondientes para la determinación de las responsabilidades civiles y/o penales, que correspondan.

En la ATU nos encontramos comprometidos con la implementación de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la corrupción, el fortalecimiento de la cultura de integridad, el cumplimiento normativo; así como, con la promoción del planteamiento de inquietudes de buena fe, la atención oportuna de las denuncias por actos de soborno y la mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno.

Para este fin, contamos con la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, que asume la función antisoborno de manera independiente, cuenta con autoridad para supervisar el diseño e implementación del Sistema de Gestión Antisoborno, asesorar y orientar sobre el SGAS y los asuntos relacionados al soborno.

VI. PRINCIPIOS Y VALORES

Los servidores/as civiles y locadores/as de servicios de la ATU contribuyen al fortalecimiento de la cultura de integridad, para ello, observan los siguientes principios y valores:

6.1. Honestidad:

Implica mantener una conducta intachable, privilegiando el interés general sobre el particular. La honestidad es un valor moral fundamental para entablar relaciones interpersonales basadas en la confianza, la sinceridad y el respeto mutuo.

6.2. Integridad:

Cualidad que rige la conducta al desempeñar sus funciones con responsabilidad, disciplina, respeto, honestidad, rectitud, verdad y justicia.

6.3. Probidad:

Actuar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando el provecho o ventaja personal a favor propio o de terceras personas, en claro rechazo a la corrupción en todos los ámbitos.

6.4. Respeto:

Adaptar su conducta observando la Constitución y las Leyes, así como las normas internas de la entidad, garantizando que en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento, así como el respeto a la dignidad de la persona.

Asimismo, considerando que el Sistema de Gestión Antisoborno se vincula con el componente “Gestión de Riesgos” del Modelo de Integridad, la ATU rige su accionar por los siguientes principios:

6.5. Adaptabilidad:

La ATU asume que la implementación del Modelo de Integridad y del Sistema de Gestión Antisoborno requiere promover un proceso de cambio y adaptación institucional a las medidas establecidas para elevar los estándares de integridad pública.

6.6. Coherencia:

La implementación del Modelo de Integridad y del Sistema de Gestión Antisoborno compromete a la ATU a promover y asegurar coherencia entre la visión de cambio hacia el fortalecimiento de una cultura de integridad con los actos cotidianos de la organización en sus relaciones internas y externas.

6.7. Cumplimiento:

La ATU cumple con el respeto de las normas establecidas en materia de integridad pública, antisoborno y, en general, aquellas referidas a la administración pública; propendiendo a evitar las situaciones de incumplimiento o transgresión de sus deberes y obligaciones.

6.8. Especialización:

La ATU fortalece la unidad de organización que ejerce la función de integridad para orientar la implementación del Modelo de Integridad, promoviendo la incorporación del enfoque de integridad pública y el conocimiento de las materias relacionadas en el conjunto de las unidades de organización.

6.9. Excelencia:

La ATU propende hacia la excelencia. En la implementación del Modelo de Integridad Y del Sistema de Gestión Antisoborno se inclina a trascender el cumplimiento y se adopta una actitud proactiva, adaptable al cambio y de búsqueda de la mejora continua, aportando valor público en su desarrollo.

6.10. Innovación:

La ATU promueve la adopción de buenas prácticas de integridad, incluyendo el desarrollo de nuevas ideas, métodos o tecnologías para mejorar la eficiencia, eficacia y adaptabilidad en el proceso de implementación del Modelo de Integridad y del Sistema de Gestión Antisoborno.

6.11. Liderazgo ético:

Supone la valoración justa de las decisiones adoptadas, asumir responsabilidades y proponer alternativas que permitan corregir errores y tomar, en adelante, mejores decisiones; así como, también el fortalecimiento de las condiciones que conduzcan a la entidad pública hacia la excelencia organizacional y el desarrollo de una sólida cultura de integridad.

6.12. Participación:

La implementación del Modelo de Integridad y del Sistema de Gestión Antisoborno requiere del involucramiento de todo el capital humano de la ATU. En los casos que corresponda, se asegura la articulación interinstitucional, a través de redes de integridad y comunidades de práctica; así como, la participación de diversos actores y partes interesadas.

6.13. Sostenibilidad:

La implementación del Modelo de Integridad y del Sistema de Gestión Antisoborno implica el desarrollo de un proceso de gestión del cambio, incluyendo el anclaje de los avances logrados y su integración a la cultura organizacional, evitando retrocesos motivados por cambios organizacionales.

VII. COMPROMISOS INSTITUCIONALES Y LINEAMIENTOS DE IMPLEMENTACIÓN

Para el cumplimiento de la Política Institucional Antisoborno de la ATU, se establecen cuatro (04) compromisos institucionales con sus correspondientes lineamientos de implementación, los mismos que se detallan a continuación:

Compromiso 1: Promover una cultura de integridad y cumplimiento de la normativa en la materia, consolidando valores y principios éticos entre los/as servidores/as civiles, locadores/as de servicios de la ATU y partes interesadas.

Lineamientos:

1. Elaborar e implementar, con una periodicidad anual, el “Programa de toma de conciencia y formación” alineado a las disposiciones de la NTP ISO 37001:2025.

2. Programar e implementar acciones de difusión interna y externa destinadas a promover la observancia de la Política Institucional Antisoborno, el Código de Ética y Conducta, de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao y otras normas aplicables.

3. Fomentar la línea comunicacional institucional, promoviendo que ésta sea acompañada de mensajes de integridad, lucha contra la corrupción en todos sus tipos, incluido el soborno.

4. Desarrollar materiales de toma de conciencia para los/as servidores/as y locadores/as de servicios de la entidad, orientados a garantizar la comprensión de la Política Antisoborno, el uso efectivo de los canales de denuncia y las responsabilidades éticas frente a la corrupción.

5. Transparentar y promover el uso del Registro de Incidencias y Liberalidades.

6. Ejercer la potestad disciplinaria ante el incumplimiento de lo dispuesto en la Política Institucional y por su vulneración a la normativa vigente.

Compromiso 2: Consolidar y actualizar los mecanismos de control antisoborno en los procesos del Alcance del SGAS de ATU ejecutados en contextos de riesgos que afectan la integridad pública.

Lineamientos:

1. Mantener actualizados los contextos de riesgos que afectan la integridad pública a los que se encuentra expuesta la entidad.

2. Gestionar los riesgos que afectan la integridad pública de los procesos que forman parte del Alcance del SGAS y los procesos de soporte exigidos por la NTP ISO 37001; y realizar seguimiento al cumplimiento de estos.

3. Consolidar los mecanismos de control frente a los riesgos de soborno; y promover la incorporación de nuevos controles alineados a los cambios legales, tecnológicos u operacionales.

Compromiso 3: Generar un ambiente de confianza que promueva y atienda el planteamiento de inquietudes y las denuncias de buena fe por presuntos actos de soborno, sin temor a represalias.

Lineamientos:

1. Atender oportuna y eficientemente la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, observando la normativa en la materia.

2. Gestionar las denuncias recibidas por presuntos actos de corrupción, incluido el soborno, aplicando los criterios de legalidad, objetividad y transparencia, velando por la estricta observancia del principio de reserva.

3. Aplicar las medidas de protección a los denunciantes o testigos, cuando corresponda.

4. Iniciar oportunamente las acciones administrativas y/o legales que correspondan frente a presuntos actos de soborno.

5. Implementar mecanismos idóneos para optimizar la gestión de la información generada en el marco de la gestión de denuncias por presuntos actos de corrupción, garantizando la reserva de la información.

Compromiso 4: Garantizar el cumplimiento de los requisitos aplicables al Sistema de Gestión Antisoborno y promover su mejora continua.

Lineamientos:

1. Mantener el Sistema de Gestión Antisoborno de la ATU alineado a la normativa vigente, dotándole de los recursos necesarios para su implementación, mantenimiento y mejora continua.

2. Promover la mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno, a través de la implementación de oportunidades de mejora identificadas durante el proceso de revisión por la dirección o a iniciativa de los responsables de los procesos.

3. Documentar las acciones correctivas frente a no conformidades identificadas durante las auditorías internas y externas al SGAS.

VIII. GLOSARIO DE TÉRMINOS

8.1. Buena práctica de integridad: Es la acción implementada para reducir o mitigar el riesgo de una práctica antiética o corrupta, que ha demostrado que funciona bien, es replicable y produce buenos resultados; y, por lo tanto, es recomendable compartir a otras entidades públicas.

8.2. Corrupción: Es el mal uso del poder público o privado para obtener un beneficio indebido; económico, no económico o ventaja; directa o indirecta; por agentes públicos, privados o ciudadanía; vulnerando principios y deberes éticos, normas y derechos fundamentales.

8.3. Cultura de integridad: Es la expresión de saberes y prácticas compartidas en una entidad pública donde se actúa de manera consistente con sus valores organizacionales y en coherencia con el cumplimiento de los principios, deberes y normas destinados a asegurar el interés general, luchar contra la corrupción y elevar permanentemente los estándares de la actuación pública. Dichos saberes y prácticas se extienden a los miembros de la organización y, fuera de ella, a sus partes interesadas.

8.4. Enfoque de integridad pública: Es una perspectiva de análisis y una estrategia transversal de gestión destinada a evaluar y fortalecer el desempeño ético de las personas en la administración pública, así como la capacidad de las entidades públicas para prevenir y/o mitigar la ocurrencia de prácticas antiéticas o corruptas.

8.5. Función antisoborno: Personas con responsabilidad y autoridad para la operación del sistema de gestión antisoborno.

8.6. Integridad pública: Es la actuación coherente con valores, principios y normas, que promueven y protegen el desempeño ético de la función pública, de modo que los poderes y recursos confiados al Estado se dispongan hacia los fines que se destinaron, asegurando que el servicio público a la ciudadanía se oriente al interés general y a la creación de valor público.

8.7. Locador/a de Servicios: Persona natural que brinda un servicio, por un periodo de tiempo determinado, sin vínculo laboral con la entidad; luego de suscrito el contrato civil.

8.8. Mejora continua: Actividad recurrente para mejorar el desempeño.

8.9. Parte interesada: Persona u organización que puede afectar, o percibirse como afectada por una decisión o actividad.

8.10. Servidor/a Civil: Personal del régimen de la ley N° 30057, Ley del Servicio Civil organizados en los siguientes grupos: funcionario/a público/a, directivo/a público/a, servidor/a civil de carrera y servidor/a de actividades complementarias. Comprende, también, a aquellos/as las servidores/as cuyos derechos se regulan por los Decretos Legislativos Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, de carreras especiales de acuerdo con la Ley, a los contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, así como bajo la modalidad de contratación directa a que hace referencia el Reglamento Interno de los/ las servidores/as Civiles de la entidad.

8.11. Sistema de gestión: Conjunto de elementos de una organización interrelacionados o que interactúan para establecer políticas, objetivos y procesos para lograr estos objetivos.

8.12. Soborno: Oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (de naturaleza financiera o no financiera), directa o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de las obligaciones de esa persona.

1 Aprobada en Perú mediante Resolución Legislativa 26757 en marzo de 1996 y ratificada en marzo de 1997.

2 Aprobada en Perú mediante Resolución Legislativa N°28357 en setiembre de 2004 y ratificada en octubre del mismo año.

3 La certificación tiene fecha de vencimiento el 04 de setiembre de 2028.

4 https://www.transparency.org/en/cpi/2025?gad_source=1&gad_campaignid=23552156524&gbraid=0AAAAADud0D80uOW

JKQtqqNPp_W75pyUD8&gclid=EAIaIQobChMI84yK9JeEkwMViWJIAB0y_QILEAAYASAAEgIhk_D_BwE

5 https://www.transparency.org/en/cpi/2025/index/per

6 https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib2062/libro.pdf

7 NTP ISO 37001:2025

10.1. Mejora continua

La organización debe mejorar continuamente la idoneidad, adecuación, y eficacia del sistema de gestión antisoborno.

8 NTP ISO 37001:2025

1.3 Revisión por la dirección

1.3.1 Generalidades

La alta dirección debe revisar el sistema de gestión antisoborno de la organización a intervalos planificados, para asegurarse de su idoneidad, adecuación y eficacia continuas.

El órgano de gobierno debe realizar revisiones de la implementación del sistema de gestión antisoborno por parte de la alta dirección, a intervalos planificados, basándose en la información proporcionada por la alta dirección y la función antisoborno y cualquier otra información que el órgano de gobierno solicite u obtenga.

ANEXO 01: CUADRO DE CONTROL DE CAMBIOS

Numeral / Disposición Vigente

Numeral / Disposición Modificado

Justificación

I. PRESENTACIÓN

La Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Supremo 092-2017-PCM, nace como resultado, entre otros, de la suscripción y ratificación de la Convención Interamericana de Lucha Contra la Corrupción (1996) y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (2003). Este último documento señala que “Cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, formulará y aplicará o mantendrá en vigor políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción”.

Es así que la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción tiene por objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; así como, garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía. Asimismo, su Objetivo Específico 2.4 es “Fortalecer la gestión de riesgos al interior de cada entidad pública”, estableciendo como lineamientos el “Identificar las brechas de integridad y de los mapas riesgos asociados, para adoptar los mecanismos de prevención necesarios”, “Implementar mecanismos de cumplimiento de normas anticorrupción”, entre otros.

Complementariamente, mediante el Decreto Supremo 180-2021-PCM, se aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, con la finalidad de fortalecer la respuesta coordinada de todas las entidades pertenecientes al Poder Ejecutivo, para asegurar el cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y la implementación del Modelo de Integridad para las entidades del sector público; asimismo, para asegurar la buena marcha de las entidades del Poder Ejecutivo, a través de la mitigación de riesgos que afectan la integridad pública y que dan paso a la ocurrencia de posibles actos de corrupción, así como de faltas administrativas y prácticas cuestionables.

I. PRESENTACIÓN

La corrupción es un fenómeno social, político y económico complejo; es multidimensional, pues no se limita solo al soborno, sino que abarca una red de comportamientos, incentivos y fallas institucionales; es estructural, pues afecta la confianza en las instituciones, frena el desarrollo económico y socava la democracia de manera sistemática y es global, pues se manifiesta en todos los países y niveles de la sociedad, adaptándose a diferentes contextos culturales y legales.

Como un esfuerzo para hacer frente al fenómeno de la corrupción, se han suscrito importantes acuerdos multilaterales, como la “Convención Interamericana contra la Corrupción”1, que busca prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción, obligando al Estado peruano a adecuar su legislación y cooperar internacionalmente; y la “Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción”2 cuya finalidad es promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción; promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.

En atención a los compromisos asumidos por el Estado peruano, en el año 2017 se aprobó la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción mediante el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, la misma que constituye un marco normativo y de gestión, de cumplimiento obligatorio para las entidades del sector público, estableciendo directrices vinculantes para la implementación de mecanismos institucionales orientados a la prevención, disuasión y corrección de conductas irregulares que comprometan la integridad y la probidad en la función pública.

En dicho contexto, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) viene implementando diversas acciones estratégicas orientadas al fortalecimiento de la cultura de integridad y a la prevención de la corrupción en el ámbito institucional, entre ellas la implementación del “Modelo de Integridad” y el “Sistema de Gestión Antisoborno”, ambos sistemas de prevención de la corrupción.

En la presentación de la propuesta de “V03 de la Política Institucional Antisoborno de la Autoridad” se incluye el contexto de la corrupción a nivel mundial la mención a la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001-2025, al ser la normativa específica que regula la implementación del SGAS.

Asimismo, se incorpora una narración de algunos aspectos resaltantes del SGAS como el Alcance vigente del SGAS.

En dicho contexto, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU viene promoviendo acciones tendientes a coadyuvar a la implementación de una cultura de integridad en la entidad, a través de la implementación de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que se materializa en diversas acciones y documentos normativos. De esta forma, a la fecha, ATU cuenta con el “Código de Ética y Conducta de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao”, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva 019-2020-ATU/PE; la “Directiva que regula la formulación y atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y medidas de protección al denunciante”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 102-2020-ATU-PE; el “Programa de Integridad de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – 2022” aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 047-2022-ATU/PE; además, se ha suscrito el “Acta de Compromiso para implementar el Modelo de Integridad Pública en la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao” por la Alta Dirección de la ATU y la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia de Consejos de Ministros (PCM).

Siguiendo esa línea de acción, la ATU comprometida con la lucha contra la corrupción, presenta la Política Institucional Antisoborno de la ATU, documento normativo que expresa la línea institucional de la ATU frente a cualquier acto de soborno; y delimita la actuación general de los/as servidores/as de la entidad y las partes interesadas involucradas en las actividades y procesos que se ejecutan para el

cumplimiento de los objetivos institucionales.

El Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS) de ATU fue implementado el año 2022, recibiendo en el mismo año la certificación ASO 2022/2029 que acredita que la ATU dispone de un Sistema de Gestión Antisoborno conforme con la norma ISO 37001:2016, certificación que ha recibido la primera renovación el año 2025 con una vigencia de tres (03) años adicionales3.

Durante los tres (3) años de implementación, el SGAS de ATU se ha orientado al cumplimiento de los seis (6) compromisos institucionales señalados en la “Política Institucional Antisoborno de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao” aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva 113-2022-ATU/PE, logrando impactar positivamente en los procesos que conforman el alcance del SGAS.

Al haber concluido este primer ciclo de implementación (2022-2025), la ATU ha evaluado los avances de cumplimiento de los compromisos establecidos, verificándose la necesidad de plantear nuevos compromisos alineados a la situación actual del SGAS, el mismo que tiene un alcance ampliado y un avance importante en el cumplimiento de dichos compromisos.

En dicho contexto, se presenta la V03 de la Política Institucional Antisoborno de la ATU, documento normativo que expresa la línea institucional de la ATU frente a cualquier intento o acto de soborno; y delimita los compromisos institucionales en el marco del Sistema de Gestión Antisoborno.

Numeral / Disposición Vigente

Numeral / Disposición Modificado

Justificación

II. JUSTIFICACIÓN

La corrupción es uno de los problemas más graves que se enfrenta en la actualidad; de acuerdo al Índice de Percepción de la Corrupción para el periodo 2021 elaborado por Transparencia Internacional, el Perú obtuvo una puntuación de 36, ubicándose en el puesto 105 de un total de 180 países. El mencionado índice es determinado en base a la percepción de su nivel de corrupción en el sector público según expertas/os y el empresariado; donde un nivel 100 indica limpio de corrupción y el 0 indica corrupción rampante.

De otro lado, según la Defensoría del Pueblo, entre el periodo 2017-2020 existen a nivel nacional, 27 275 casos de corrupción que se encuentran en trámite, asimismo señalan que Lima concentra el mayor porcentaje (17%) de investigaciones y procesos en trámite a nivel nacional.

Adicionalmente, el informe Perú: Percepción ciudadana sobre Gobernabilidad, democracia y confianza en las instituciones, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, señala que el 60.6% de la población considera a la corrupción como la principal preocupación, y la percibe como el principal problema del país, vinculada al poder político, como el tráfico de influencias, cobro de porcentajes sobre contratos y licitaciones, malversaciones, descuentos compulsivos, etc.

Ante la problemática señalada, la corrupción y el soborno son acciones que pueden afectar considerablemente la imagen y la reputación de una institución; además de vulnerar el marco normativo, la confianza de los proveedores, la ciudadanía y las partes interesadas en general. Conscientes de estas consecuencias, la ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuyo objetivo es organizar, implementar y gestionar, el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, viene orientando el uso de sus recursos asignados, hacia una gestión eficiente y transparente, alineando sus esfuerzos a fin de adoptar medidas que permitan luchar frontalmente contra la corrupción y el soborno.

Si bien, desde el inicio de las actividades y funciones de la ATU, se han establecido normas internas2 para coadyuvar a fortalecer la cultura de integridad en el marco de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, se requieren medidas complementarias destinadas a controlar, prevenir y mitigar los actos de corrupción, incluidos los de soborno.

Las acciones a ejecutarse como parte de las medidas complementarias permitirán reducir la brecha identificada por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros respecto a la implementación del Modelo de Integridad en la ATU, la misma que para el periodo 2021 resultó en 27% según el Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción (ICP).

Por lo expuesto, resulta necesario aprobar la Política Institucional Antisoborno de la ATU, la misma que evidencia el compromiso institucional para la promoción de la cultura de integridad.

II. JUSTIFICACIÓN

Según el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2025 de Transparencia Internacional —que evalúa a 182 países—, 31 han logrado avances significativos desde el 2012, el resto presenta un estancamiento o retroceso, lo que explica que el promedio mundial haya descendido a un mínimo histórico de 42 puntos respecto a 100 que es la máxima puntuación posible que implica menores grados de percepción de la corrupción, y más de dos tercios de los países evaluados mantengan una puntuación inferior a 50. En el ámbito nacional, esta problemática se percibe como muy grave, debido a que el Perú registra una tendencia decreciente en el IPC, alcanzando apenas 30 puntos el 2025; esto representa una caída de 8 puntos respecto al año 2020 y un retroceso del puesto 101 al 130 en el ranking global. Asimismo, se evidencia una pérdida de 8 puntos en comparación con el trienio 2012-2014.

En el escenario global expuesto, se evidencia que la corrupción constituye un desafío global de carácter crítico, relevado en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que incorpora el Objetivo 16: “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas”, estableciendo como Meta 16.5 “Reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas”, convirtiéndose en el punto de partida de una serie de acciones que se orientarán al logro de dicha meta en un horizonte temporal de quince años.

En concordancia con dicho marco, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en el Informe “Perú: Evolución de los Indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), 2025”, señala que, durante el 2024, el 2.5% de los hogares a nivel nacional reportó haber tenido contacto con funcionarios que solicitaron o aceptaron sobornos. Este indicador revela una brecha geográfica notable: la prevalencia en el área urbana (2.8%) es casi el doble que en la rural (1.5%). No obstante, en términos de tendencia, la proporción de hogares afectados muestra una reducción marginal de 0.2 puntos porcentuales respecto a 2023 y de 0.5 puntos frente a los niveles prepandemia (2019).

(…)

De otro lado, según la Defensoría del Pueblo, en el Reporte N° 7 Mapas de la corrupción Semestre I 2025, se indica que, en el primer semestre del año 2025, se reportaron 6,503 casos de corrupción en trámite, de los cuales Lima concentra el 20% (1,331 casos); tal como se verifica en el siguiente gráfico:

(…)

De la problemática señalada, se advierte que la corrupción, incluido el soborno, vulnera la confianza de los proveedores, de la ciudadanía y las partes interesadas en general, además de vulnerar el marco normativo y afectar considerablemente la imagen y la reputación de una institución. Conscientes de estas consecuencias, la ATU, viene orientando el uso de sus recursos asignados, hacia una gestión eficiente y transparente, alineando sus esfuerzos a la adopción de medidas que permitan luchar frontalmente contra la corrupción.

Si bien, se han establecido normas internas que coadyuvan al fortalecimiento de la cultura de integridad y se han implementado mecanismos concretos de lucha contra la corrupción, el panorama expuesto precedentemente reafirma la necesidad de implementar mejora continua en el Sistema de Gestión Antisoborno.

En dicho contexto, el SGAS de ATU ha sido materia de revisión por la OILC, en el ejercicio de la función de cumplimiento del SGAS; por la Gerencia General en el rol de Alta Dirección del SGAS y por la Presidencia Ejecutiva, en su rol de Órgano de Gobierno del SGAS; el año 2022 respecto a las metas de implementación; y los años 2023, 2024 y 2025 respecto al estado de las acciones de las revisiones previas; los cambios del contexto; el desempeño del SGAS incluyendo las no conformidades y las acciones correctivas; el resultado del seguimiento y medición, resultado de auditorías, reporte de sobornos, investigaciones, la naturaleza y extensión de los riesgos de soborno que enfrenta la ATU; la eficacia de las acciones adoptadas frente a la mitigación de los riesgos; las oportunidades de mejora y la eficacia de la implementación del SGAS; respecto al periodo evaluado.

Producto de la revisión se han implementado a lo largo de tres (3) años (2022-2025) diversas oportunidades de mejora que han impactado principalmente en el Alcance del SGAS, el cual ha ido incorporando paulatinamente nuevos procesos, impactando actualmente en 08 macroprocesos nivel 0, 14 procesos nivel 1 y 17 procedimientos TUPA a cargo de más de 900 colaboradores de 16 unidades de organización; así también en las herramientas de seguimiento al logro de metas y cumplimiento de objetivos; y, en la actualización de las matrices de riesgos de soborno, ajustándolas a nuevos contextos de riesgos y controles desarrollados frente a los mismos.

En la Justificación se actualizan los resultados del IPC en Perú, citándose la última data disponible (2025).

Asimismo, se incorpora el Gráfico N° 01 que da cuenta de la proporción de hogares que han tenido al menos un contacto con un funcionario público y que han pagado un soborno, considerando la última data disponible.

También, se incorporó información estadística de la Defensoría del Pueblo sobre casos de corrupción en trámite, considerando la última información estadística disponible.

Se presenta además el reporte de la implementación de las oportunidades de mejora identificadas en las revisiones del SGAS efectuadas del 2022 - 2025

Numeral / Disposición Vigente

Numeral / Disposición Modificado

Justificación

(…).

De otro lado, se debe resaltar que la norma de referencia que regula el Sistema de Gestión Antisoborno ha sido actualizada con la aprobación de la ISO 37001:2025 y la correspondiente Resolución Directoral N° 000017-2025-INACAL/DN, que aprueba la Norma Técnica Peruana ISO 37001:2025 “Sistemas de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”.

Por lo expuesto, la aprobación de la V03 de la Política Institucional Antisoborno de la ATU, es un hito de especial relevancia que fortalece los avances logrados a la fecha, da continuidad a los mecanismos de integridad implementados y plantea nuevos compromisos institucionales para el Sistema de Gestión Antisoborno de la ATU

alineados a la regulación vigente.

III. OBJETIVO GENERAL

Establecer compromisos institucionales que afiancen la línea ética de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, para hacer frente a cualquier acto de soborno; con la participación activa del personal y locadores/as de servicios de los diferentes órganos y unidades orgánicas de la ATU.

III. OBJETIVO GENERAL

Establecer compromisos institucionales que afiancen la cultura de integridad de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, para hacer frente a cualquier intento o acto de soborno.

Se acotó el objetivo general retirando la mención a los actores (personal y locadores de la ATU) toda vez que su mención era una lista limitativa al no considerarse a los socios de negocio.

IV. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

4.1. Fortalecer los mecanismos para prevenir, detectar, investigar y remediar efectiva y oportunamente cualquier acto de soborno que se presente en la entidad.

4.2. Promover la cultura de integridad y ética al interior de la entidad, encaminada a mitigar los riesgos por soborno, a través de un efectivo y oportuno proceso de identificación, valoración e implementación de acciones de control antisoborno.

IV. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

4.1. Fortalecer los mecanismos para prevenir, detectar, investigar y remediar, efectiva y oportunamente cualquier intento o acto de soborno que involucre a servidores/as civiles o locadores/as de servicios de ATU, en el marco de la prestación de sus servicios a la entidad.

4.2. Afianzar la cultura de integridad y la toma de conciencia entre los servidores/as civiles o locadores/as de servicios y partes interesadas, sobre los alcances de la Política Institucional Antisoborno, su deber de cumplir con ellos, y el valor de su contribución a la eficacia del Sistema de Gestión Antisoborno.

4.3. Generar un ambiente de confianza que promueva el planteamiento de inquietudes y denuncias de buena fe, garantizando la independencia de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el ejercicio de la función antisoborno.

En la versión vigente se señala que los mecanismos de prevención se dirigen a los actos de soborno que se presenten en la entidad, pudiendo generar confusión respecto al lugar físico en el que se materialicen dichos actos; por lo que, en la versión modificada se vinculan los mecanismos de prevención a los actos de soborno que involucren a un colaborador de ATU en el marco de la prestación de sus servicios a la entidad.

Asimismo, se redefinió el objetivo específico 2 e incorporó un tercer objetivo, los mismos que alinean a los requisitos de la NTP 5.2.

V. ENUNCIADO DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL ANTISOBORNO

La Autoridad del Transporte Urbano para Lima y Callao ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, tiene como objetivo organizar, implementar y gestionar, el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, alineando sus esfuerzos institucionales con medidas que permitan luchar frontalmente contra el soborno.

En la ATU, promovemos una cultura de integridad en todas nuestras actividades, exigiendo al personal y locadores/as de servicios de la entidad, partes interesadas y ciudadanía en general que intervienen en los procesos, un comportamiento ético, transparente e imparcial, cumpliendo a cabalidad con el Código de Ética y Conducta institucional y la normativa antisoborno. No somos ni seremos tolerantes con cualquier intento o acto de soborno, todo acto fuera del margen normativo será sancionado administrativamente y denunciado ante las instancias correspondientes.

La Alta Dirección, así como el personal y locadores/as de servicios de la ATU, se encuentran comprometidos en el cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la corrupción, la implementación, cumplimiento y mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno y el fortalecimiento de la cultura de integridad; para ello cuenta con la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción quien asume la función de cumplimiento de manera independiente y realiza el seguimiento de las acciones correspondientes.

V. ENUNCIADO DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL ANTISOBORNO

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), tiene como objetivo organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, alineando sus esfuerzos institucionales con medidas que permitan luchar frontalmente contra el soborno.

En la ATU, promovemos una cultura de integridad en todas nuestras actividades, dejando explícita la prohibición de cualquier intento o acto de soborno. Exigimos a los servidores/as civiles, locadores/as de servicios, partes interesadas y ciudadanía en general, que intervienen en los procesos institucionales, un comportamiento ético, transparente e íntegro, que garantice el cumplimiento de nuestro Código de Ética y Conducta y la normativa antisoborno.

No somos ni seremos tolerantes con cualquier intento o acto de soborno; toda acción fuera del margen de la normativa será sancionado administrativamente y denunciado ante las instancias correspondientes para la determinación de las responsabilidades civiles y/o penales, que correspondan.

En la ATU nos encontramos comprometidos con la implementación de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la corrupción, el fortalecimiento de la cultura de integridad, el cumplimiento normativo; así como, con la promoción del planteamiento de inquietudes de buena fe, la atención oportuna de las denuncias por actos de soborno y la mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno.

Para este fin, contamos con la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, que asume la función antisoborno de manera independiente, cuenta con autoridad para supervisar el diseño e implementación del Sistema de Gestión Antisoborno, asesorar y orientar sobre el SGAS y los asuntos relacionados al soborno.

Se realizaron ajustes de forma en la redacción del enunciado de la política.

Se incorporó expresamente la prohibición de cualquier intento o acto de soborno, en concordancia con lo establecido en el literal a) del requisito 5.2. de la NTP ISO 37001:2025, que indica: La alta dirección debe establecer una política antisoborno.

Numeral / Disposición Vigente

Numeral / Disposición Modificado

Justificación

V. ENUNCIADO DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL ANTISOBORNO

(…)

Para el cumplimiento de la Política Institucional Antisoborno de la ATU, nos comprometemos a:

· Promover una cultura de integridad, transparente y respetuosa de la normativa sobre la materia, consolidando valores y principios éticos en el personal y locadores/as de servicios de la ATU.

· Rechazar cualquier intento o acto de soborno e implementar mecanismos para prevenir, detectar y sancionar el soborno en todas sus formas, reportando, de ser el caso, las incidencias ante la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción.

· Fomentar el uso de los canales habilitados para la presentación de denuncias sobre presuntos actos de corrupción en todos sus tipos, incluido el de soborno, sin temor a represalias; absolver las consultas que se planteen, y garantizar la confidencialidad de la información.

· Prohibir al personal y locadores/as de servicios de la ATU la petición y/o aceptación de regalos, dádivas, retribuciones o similares que configuren una ventaja indebida y vulneren el Código de Ética y Conducta de la ATU.

· Actuar con imparcialidad, transparencia e integridad en todos los actos vinculados con la entidad, declarando que el incumplimiento a los compromisos establecidos en la presente Política, será sancionado administrativamente por su vulneración a la normativa vigente y denunciado ante las instancias correspondientes.

· Implementar el Sistema de Gestión Antisoborno, cumpliendo con los requisitos que se establecen en la normativa aplicable y promover su mejora continua.

VII. COMPROMISOS INSTITUCIONALES Y LINEAMIENTOS DE IMPLEMENTACIÓN

1. Promover una cultura de integridad y cumplimiento de la normativa en la materia, consolidando valores y principios éticos entre los/as servidores/as civiles, locadores/as de servicios de la ATU y partes interesadas.

2. Consolidar y actualizar los mecanismos de control antisoborno en los procesos del Alcance del SGAS de ATU ejecutados en contextos de riesgos que afectan la integridad pública.

3. Generar un ambiente de confianza que promueva y atienda el planteamiento de inquietudes y las denuncias de buena fe por presuntos actos de soborno, sin temor a represalias.

4. Garantizar el cumplimiento de los requisitos aplicables al Sistema de Gestión Antisoborno y promover su mejora continua.

En la V03 de la Política institucional los compromisos se incorporaron en la sección VII a fin de ser presentados conjuntamente con los lineamientos de implementación de los mismos.

Asimismo, considerando los avances de la entidad en la implementación del SGAS, se han redefinido los compromisos agrupándolos en cuatro (4) los mismos que tienen un enfoque de: i) Toma de conciencia, ii) Gestión de riesgos, iii) Denuncias y iv) Mejora continua; en ese sentido, se tiene lo siguiente:

Compromiso 1: Se redefinió su descripción con un enfoque hacia la toma de conciencia.

Compromiso 2: Considerando que los lineamientos alineados al mismo ya se encuentran implementados, ya no se considera incorporándose lo referido a la gestión de riesgos.

En el compromiso 3 recoge el fomento de un ambiente de confianza para el planteamiento de inquietudes y denuncias de buena fe sin temor a represalias.

En el compromiso 4 se busca asegurar el cumplimiento de los requisitos del SGAS y promover su mejora continua.

VI. PRINCIPIOS

Los funcionarios/as, directivos/as, servidores/as y locadores/as de servicios de la ATU contribuyen al fortalecimiento de la cultura de integridad, para ello, observan los siguientes principios:

6.1. Honestidad (…)

6.2. Integridad (…)

6.3. Probidad (…)

6.4. Respeto (…)

6.5. Prevención (…)

6.6. Objetividad (…)

VI. PRINCIPIOS Y VALORES

6.1. Honestidad (…)

6.2. Integridad (…)

6.3. Probidad (…)

6.4. Respeto (…)

6.5. Adaptabilidad (…)

6.6. Coherencia (…)

6.7. Cumplimiento (…)

6.8. Especialización (…)

6.9. Excelencia (…)

6.10. Innovación (…)

6.11. Liderazgo Ético (…)

6.12. Participación (…)

6.13. Sostenibilidad (…)

Tomando en consideración el Compromiso por la Integridad y la Lucha contra la Corrupción en el Sector Transportes y Comunicaciones suscrito en fecha 10.Dic.2024 y el Decreto Supremo N° 148-2024-PCM, se incorporaron 9 principios alineados al Modelo de Integridad.

VII. LINEAMIENTOS

C1. Promover una cultura de integridad, transparente y respetuosa de la normativa sobre la materia, consolidando valores y principios éticos al personal y locadores/as de servicios de la ATU

Lineamientos:

- L1. Difundir los alcances de la Política Institucional Antisoborno de la ATU, el Código de Ética y Conducta de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao y otra normativa aplicable que coadyuve al cumplimiento de los objetivos de la presente Política.

- L2. Fortalecer las capacidades del personal y locadores/as de servicios de la ATU en temas de integridad y lucha contra la corrupción para hacer frente a cualquier acto de corrupción incluido el soborno.

- L3. Fomentar la línea comunicacional institucional, promoviendo que ésta sea acompañada de mensajes de integridad, lucha contra la corrupción en todos sus tipos, incluido el soborno.

C2. Rechazar cualquier intento o acto de soborno e implementar mecanismos para prevenir, detectar y sancionar el soborno en todas sus formas, reportando, de ser el caso, las incidencias ante la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción.

Lineamientos:

- L1. Implementar el Sistema de Gestión Antisoborno de la ATU con el objeto de prevenir, detectar y gestionar conductas relacionadas al soborno, cumpliendo con la normativa en la materia.

- L2. Implementar el Registro de Incidencias y Liberalidades, con el objeto de transparentar información sobre las liberalidades recibidas y/o incidencias sobre la materia.

VII. COMPROMISOS INSTITUCIONALES Y LINEAMIENTOS DE IMPLEMENTACIÓN

Compromiso 1: Promover una cultura de integridad y cumplimiento de la normativa en la materia, consolidando valores y principios éticos entre los/as servidores/as civiles, locadores/as de servicios de la ATU y partes interesadas.

Lineamientos:

1. Elaborar e implementar, con una periodicidad anual, el “Programa de toma de conciencia y formación” alineado a las disposiciones de la NTP ISO 37001:2025.

2. Programar e implementar acciones de difusión interna y externa destinadas a promover la observancia de la Política Institucional Antisoborno, el Código de Ética y Conducta, de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao y otras normas aplicables.

3. Fomentar la línea comunicacional institucional, promoviendo que ésta sea acompañada de mensajes de integridad, lucha contra la corrupción en todos sus tipos, incluido el soborno.

4. Desarrollar materiales de toma de conciencia para los/as servidores/as y locadores/as de servicios de la entidad, orientados a garantizar la comprensión de la Política Antisoborno, el uso efectivo de los canales de denuncia y las responsabilidades éticas frente a la corrupción.

5. Transparentar y promover el uso del Registro de Incidencias y Liberalidades.

6. Ejercer la potestad disciplinaria ante el incumplimiento de lo dispuesto en la Política Institucional y por su vulneración a la normativa vigente.

La V03 considera 4 compromisos los mismos que consideran un total de 17 lineamientos.

Cabe indicar que los lineamientos en su integridad han sido reorganizados a nivel de su alineamiento con los compromisos propuestos, considerando su vinculación, así como el nivel de implementación.

Según lo expuesto en el informe de sustento de la V03 de la Política ya no incorpora los lineamientos que han sido implementados.

El C1 y sus 03 lineamientos de implementación se encuentran vigentes. Sin embargo, considerando los avances del SGAS, la versión V03 de la Política Institucional, presenta el compromiso 1 vinculado a 6 lineamientos, entre los cuales se recoge el L1 y L2 modificados para un mejor entendimiento, así como el L3, los cuales responden a los requisitos establecidos en la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2025.

El C2 se encuentra vigente, sin embargo, los 02 lineamientos L1 y L2, ya fueron implementados. Así, el L1 se acredita con la Resolución de Gerencia General N° 087-2023-ATU/GG; en tanto que el L2 se acredita con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 088-2022-ATU/PE.

Numeral / Disposición Vigente

Numeral / Disposición Modificado

Justificación

C3. Fomentar el uso de los canales habilitados para la presentación de denuncias sobre presuntos actos de corrupción en todos sus tipos, incluido el de soborno, sin temor a represalias; absolver las consultas que se planteen, y garantizar la confidencialidad de la información.

Lineamientos:

  • L1. Mantener habilitados los canales de denuncia por presuntos actos de corrupción y difundirlos a través de los medios oficiales de la entidad.
  • L2. Gestionar las denuncias recibidas por presuntos actos de corrupción, incluido el de soborno, aplicando los criterios de objetividad, transparencia, entre otros y velando por la estricta observancia del principio de reserva.
  • L3. Aplicar las medidas de protección al denunciante o testigos según corresponda.

C4. Prohibir al personal y locadores/as de servicios de la ATU la petición y/o aceptación de regalos, dádivas, retribuciones o similares que configuren una ventaja indebida y vulneren el Código de Ética y Conducta de la ATU.

Lineamientos:

  • L1. Aprobar normativa interna que regule la prohibición de la aceptación de regalos, dádivas, retribuciones o similares que configuren una ventaja indebida y vulneren el Código de Ética y Conducta de la ATU.
  • L2. Sensibilizar al personal y locadores/as de servicios de la entidad sobre los alcances de los lineamientos establecidos en la normativa aplicable.

C5. Actuar con imparcialidad, transparencia e integridad en todos los actos vinculados con la entidad, declarando que el incumplimiento a los compromisos establecidos en la presente Política, será sancionado administrativamente por su vulneración a la normativa vigente y denunciado ante las instancias correspondientes.

Lineamientos:

  • L1. Desarrollar mapas de riesgos asociados a soborno, para implementar las medidas de control a fin de mitigarlos.
  • L2. Ejercer la potestad disciplinaria ante el incumplimiento de lo dispuesto en la Política Institucional, por su vulneración a la normativa vigente y denunciar los hechos ante las instancias correspondientes.

Compromiso 2: Consolidar y actualizar los mecanismos de control antisoborno en los procesos del Alcance del SGAS de ATU ejecutados en contextos de riesgos que afectan la integridad pública.

Lineamientos:

1. Mantener actualizados los contextos de riesgos que afectan la integridad pública a los que se encuentra expuesta la entidad.

2. Gestionar los riesgos que afectan la integridad pública de los procesos que forman parte del Alcance del SGAS y los procesos de soporte exigidos por la NTP ISO 37001; y realizar seguimiento al cumplimiento de estos.

3. Consolidar los mecanismos de control frente a los riesgos de soborno; y promover la incorporación de nuevos controles alineados a los cambios legales, tecnológicos u operacionales.

Compromiso 3: Generar un ambiente de confianza que promueva y atienda el planteamiento de inquietudes y las denuncias de buena fe por presuntos actos de soborno, sin temor a represalias.

Lineamientos:

1. Atender oportuna y eficientemente la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, observando la normativa en la materia.

2. Gestionar las denuncias recibidas por presuntos actos de corrupción, incluido el soborno, aplicando los criterios de legalidad, objetividad y transparencia, velando por la estricta observancia del principio de reserva.

3. Aplicar las medidas de protección a los denunciantes o testigos, cuando corresponda.

4. Iniciar oportunamente las acciones administrativas y/o legales que correspondan frente a presuntos actos de soborno.

5. Implementar mecanismos idóneos para optimizar la gestión de la información generada en el marco de la gestión de denuncias por presuntos actos de corrupción, garantizando la reserva de la información.

Compromiso 4: Garantizar el cumplimiento de los requisitos aplicables al Sistema de Gestión Antisoborno y promover su mejora continua.

En cuanto al C3, el L1 no se encuentra vigente, toda vez que la Directiva N° 002-2023-PCM-SIP establece que la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano es el canal único de contacto digital del Estado peruano con la ciudadanía para la presentación de denuncias por actos de corrupción y solicitudes de medidas de protección al denunciante; por ende, no se puede promover una pluralidad de canales de atención de denuncias.

Los L2 y L3 se encuentran vigentes, y han sido consideradas como parte de los lineamientos del compromiso 3 de la V03.

El C4 se encuentra vigente y responde a los requisitos establecidos en la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2025 por lo que ha sido considerado como parte del enunciado de la V03.

Cabe indicar que el L1 ya se encuentra implementado, tal y como se acredita con la Resolución de Presidencia Ejecutiva 088-2022-ATU/PE.

El L2 se mantiene vigente, por lo que, en la propuesta de V03 de la Política Institucional ha sido considerada como parte del compromiso 1.

El C5 y los 02 lineamientos se encuentran vigentes y responden a los requisitos establecidos en la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2025, no obstante, para mayor comprensión de la integralidad del documento, el L1 ha sido replanteado y presentado dentro del compromiso 2 de la V03; y el L2 que se encuentra vigente, ha sido considerado como parte de los lineamientos del compromiso 1 en la V03.

C6. Implementar el Sistema de Gestión Antisoborno, cumpliendo con los requisitos que se establecen en la normativa aplicable y promover su mejora continua.

Lineamientos:

- L1. Dirigir los esfuerzos institucionales con el objeto de implementar el Sistema de Gestión Antisoborno, reforzando su comprensión en todo el personal y locadores/as de servicios, respecto a su importancia para la entidad.

- L2. Promover la mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno a través de la ejecución de Auditorías internas, entre otras acciones.

Lineamientos:

1. Mantener el Sistema de Gestión Antisoborno de la ATU alineado a la normativa vigente, dotándole de los recursos necesarios para su implementación, mantenimiento y mejora continua.

2. Promover la mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno, a través de la implementación de oportunidades de mejora identificadas durante el proceso de revisión por la dirección o a iniciativa de los responsables de los procesos.

3. Documentar las acciones correctivas frente a no conformidades identificadas durante las auditorías internas y externas al SGAS.

El C6 fue implementado respecto a la implementación del SGAS, sin embargo, se mantiene vigente el compromiso de cumplir los requisitos y promover su mejora continua, recogiéndose los mismos en el compromiso 4 en la V03. En tanto que la 2da parte del L1 ha sido considerado como parte de los lineamientos del compromiso 01.

De otro lado, el L2 que es de ejecución permanente, ha sido considerado como parte de los lineamientos del compromiso 4 en la V03.

VIII. GLOSARIO DE TÉRMINOS

8.1. Corrupción: (…).

8.2. Integridad pública: (…).

8.3. Locador/a de Servicios: (…).

8.4. Parte interesada: (…).

8.5. Personal: Para efectos de la presente política, entiéndase como personal a todos los servidores civiles independientemente del régimen laboral al que pertenezcan y miembros del Consejo Directivo de la ATU.

8.6. Servidor/a Civil: (…).

8.7. Soborno: (…).

VIII. GLOSARIO DE TÉRMINOS

8.1.Buena práctica de integridad: (…).

8.2.Corrupción: (…).

8.3.Cultura de integridad: (…).

8.4.Enfoque de integridad pública: (…).

8.5.Función antisoborno: (…).

8.6. Integridad pública: (…).

8.7. Locador/a de Servicios: (…).

8.8. Mejora continua: (…).

8.9. Parte interesada: (…).

8.10. Servidor/a Civil: (…).

8.11. Sistema de gestión: (…).

8.12. Soborno: (…).

Se elimina la definición de “Personal”, toda vez que durante el desarrollo del documento normativo se utiliza “servidores/as civiles” para hacer referencia a quienes mantienen vínculo laboral con ATU.

Asimismo, se adicionaron los siguientes términos:

- Buena práctica de integridad

- Cultura de integridad

- Enfoque de integridad pública

- Función antisoborno

- Mejora Continua

- Sistema de gestión

1 Aprobada en Perú mediante Resolución Legislativa N° 26757 en marzo de 1996 y ratificada en marzo de 1997.

2 Aprobada en Perú mediante Resolución Legislativa N°28357 en setiembre de 2004 y ratificada en octubre del mismo año.

3 La certificación tiene fecha de vencimiento el 04 de setiembre de 2028.

2502138_1