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Fecha de publicación: 01/04/2026
Designan representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor

Aprueban Reglamento Interno del Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ

resolución ministerial

N° 0105-2026-MIDAGRI

Lima, 30 de marzo de 2026

VISTOS:

El Acta de la Sesión Ordinaria N° 004-2025-MIDAGRI-FA/CD del Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ de fecha 3 de diciembre de 2025; el Memorando N° 00100-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros que adjunta el Informe N° 00012-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-DSFFA-MHOC de la Dirección de Seguro y Fomento del Financiamiento Agrario; y, el Informe N° 00397-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el literal a) del numeral 2 del artículo 6 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, es una de las funciones rectoras del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), aprobar las disposiciones normativas de su competencia; asimismo, conforme al numeral 4.1 del artículo 4 de la referida Ley, este Ministerio ejerce rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1637, Decreto Legislativo que modifica el Decreto de Urgencia N° 027-2009, Dictan medidas extraordinarias a favor de la actividad agraria, para fortalecer el Fondo AGROPERÚ y mejorar el acceso a servicios financieros de los pequeños productores agrarios organizados, publicado el 30 de agosto de 2024, en el Diario Oficial El Peruano, que tiene por finalidad fortalecer el Fondo AGROPERÚ, a fin de mejorar las condiciones de acceso a los servicios financieros agrarios en favor de los pequeños productores agrarios organizados;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1637, establece la adecuación del Decreto Supremo N° 004-2020-MINAGRI, que aprobó la reestructuración del Fondo AGROPERÚ a las disposiciones contenidas en el mencionado Decreto Legislativo, mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Desarrollo Agrario y Riego y de Economía y Finanzas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001- 2025-MIDAGRI, Decreto Supremo que aprueba la reestructuración del Fondo AGROPERÚ, adecuado a su normativa vigente de creación, publicado el 14 de febrero de 2025, en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba la reestructuración del Fondo AGROPERÚ conforme a la normativa vigente de su creación, con el fin de promover el acceso a garantías para la cobertura de riesgos crediticios, el financiamiento directo, la provisión de servicios de extensión agraria, y el fomento de seguros agrarios implementados por el Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agrario (FOGASA), en beneficio de los pequeños productores agrarios organizados, bajo cualquier forma asociativa contemplada en la normatividad vigente;

Que, el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 001- 2025-MIDAGRI dispone la modificación del Reglamento Interno del Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ, la cual es aprobada por el Consejo Directivo y formalizada posteriormente mediante Resolución Ministerial del MIDAGRI;

Que, en cumplimiento de dicho mandato normativo, y considerando los cambios sustantivos introducidos en el marco normativo que regula al Fondo AGROPERÚ, en particular, el Decreto Legislativo N° 1637 y el Decreto Supremo N° 001-2025-MIDAGRI, se efectuó un análisis integral del Reglamento Interno aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0099-2020-MINAGRI. Como resultado, se determinó que más del 30% de sus disposiciones sean modificadas o adecuadas al nuevo régimen jurídico; por lo que, conforme a criterios de técnica legislativa y a fin de garantizar coherencia, claridad y sistematicidad, se optó por consolidar dichas modificaciones en un nuevo texto integral que reemplace al reglamento vigente;

Que, el Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ acordó por unanimidad en Sesión Ordinaria N° 004-2025-MIDAGRI-FA/CD, de fecha 3 de diciembre de 2025, que consta en el Acta respectiva el acuerdo siguiente: i) 05-2025-CD Fondo AGROPERÚ: En el marco de lo establecido en la normativa vigente y considerando el sustento expuesto durante el primer punto de agenda de la presente sesión, así como lo señalado en el Oficio N° 0148-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS/CD-FONDO AGROPERÚ-ST, que adjunta el Informe N° 0092-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-DSFFA-MHOC, el Consejo Directivo aprueba por unanimidad la propuesta consensuada del nuevo Reglamento Interno del Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ; asimismo, se encarga a la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ realizar las gestiones necesarias para que el nuevo Reglamento Interno sea aprobado mediante Resolución Ministerial del MIDAGRI, disponiéndose la derogación del Reglamento vigente aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0099-2020-MINAGRI;

Que, mediante Memorando N° 00100-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros, remite al Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego el Informe N° 00012-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-DSFFA-MHOC de la Dirección de Seguro y Fomento del Financiamiento Agrario, que sustenta un proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el “Reglamento Interno del Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ”, que consta de veinticuatro (24) artículos y tres (3) disposiciones complementarias finales; asimismo, deroga la Resolución Ministerial N° 0099-2020-MINAGRI que aprobó el Reglamento Interno del Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ, de fecha 19 de abril de 2020;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 00397-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ emite opinión favorable respecto al Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ;

Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Legislativo N° 1637, Decreto Legislativo que modifica el Decreto de Urgencia N° 027-2009, Dictan medidas extraordinarias a favor de la actividad agraria, para fortalecer el Fondo AGROPERÚ y mejorar el acceso a servicios financieros de los pequeños productores agrarios organizados; el Decreto Supremo N° 001-2025-MIDAGRI, Decreto Supremo que aprueba la reestructuración del Fondo AGROPERÚ, adecuado a su normativa vigente de creación; y, la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogación

Se deroga la Resolución Ministerial N° 0099-2020- MINAGRI, de fecha 19 de abril de 2020.

Artículo 2.- Aprobación

Se aprueba el Reglamento Interno del Consejo Directivo del Fondo AGROPERÚ, el mismo consta de veinticuatro (24) artículos y tres (3) disposiciones complementarias finales y, que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Notificación

Se dispone la notificación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo a la Secretaría Técnica del Fondo AGROPERÚ, para los fines respectivos.

Artículo 4.- Publicación

Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese

FELIPE CÉSAR MEZA MILLÁN

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

2501741-1