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Fecha de publicación: 16/04/2026
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del PNUD para ejecución del proyecto “Promoción de diálogo y consolidación del Acuerdo Nacional”

Rectifican error material contenido en la R.D. N° 087-2025-MINEM/DGE que otorgó concesión eléctrica rural a favor de RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C.

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 0026-2026-MINEM-DGE

Lima, 16 de marzo de 2026

VISTOS: El Expediente N° 65418825 sobre solicitud de otorgamiento de Concesión Eléctrica Rural para el proyecto “Electrificación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Autónomos en las Regiones Piura, Arequipa, San Martín, Ancash, Lambayeque, La Libertad, Pasco, Ayacucho, Puno, Junín, Huánuco, Cajamarca, Huancavelica, Moquegua, Tacna, Apurímac y Tumbes”, presentada por RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C.; la solicitud de rectificación de error material de Resolución Directoral N° 087-2025-MINEM/DGE, presentada mediante documento ingresado con Registro N° 4186120; el Informe N° 215-2026-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral N° 087-2025-MEM/DGE, publicada el 14 de junio de 2025 en el diario oficial El Peruano, se otorgó a favor de RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C., la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el proyecto: “Electrificación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Autónomos en las Regiones Piura, Arequipa, San Martín, Ancash, Lambayeque, La Libertad, Pasco, Ayacucho, Puno, Junín, Huánuco, Cajamarca, Huancavelica, Moquegua, Tacna, Apurímac y Tumbes”, ubicado en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna y Tumbes, y se aprobó el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 187-2025;

Que, mediante comunicación al diario oficial El Peruano, se dispone la publicación de la Resolución Directoral N° 0087-2025-MINEM/DGE, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aplicado en virtud de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM;

Que, con fecha 14 de junio de 2025, se publica en el diario oficial El Peruano la Resolución Directoral N° 087-2025-MINEM/DGE;

Que, mediante Carta N° 005-2025-RENOVA, ingresada con Registro N° 4186120, se solicita la corrección de la citada Resolución Directoral N° 087-2025-MINEM/DGE, a fin de que se modifique el artículo 3 de la parte resolutiva de dicha Resolución;

Que, al respecto, el párrafo 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”;

Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 215-2026-MINEM/DGE-DCE, el error material que se solicita rectificar no altera el sentido de la decisión, ni lo sustancial del contenido de la Resolución Directoral N° 087-2025-MINEM/DGE, por lo cual es procedente la rectificación solicitada;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Rectificar el error material contenido en el artículo 3 de la Resolución Directoral N° 087-2025-MINEM/DGE, de acuerdo al siguiente detalle:

Dice:

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 187-2025 a suscribirse con RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C., el cual consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos.

Debe decir:

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 187-2025 a suscribirse con RENOVA SOLARIS ENERGÍA S.A.C., el cual consta de 17 Cláusulas y 04 Anexos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CRISTOBAL MUNGUIA CHIPANA

Director General (d.t)

Dirección General de Electricidad

2501451-1