Aprueban Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
N° 134-2026-MDY-GM
Puerto Callao, 30 de marzo de 2026
VISTOS: El Trámite Interno N° 04199-2026 de fecha 24 de marzo de 2026, que contiene el Informe Técnico N° 71-2026-MDY-GAF-SGGRH de fecha 23 de marzo de 2026, el Proveído N° 513-2026-MDY-GAF de fecha 26 de marzo de 2026, el Proveído N° 066-2026-MDY-GAJ de fecha 26 de marzo de 2026, Informe N° 070-2026-MDY-GPPMI-SGP de fecha 26 de marzo de 2026, el Informe N° 224-2026-MDY-GPPMI de fecha 26 de marzo de 2026, el Informe Legal N° 202-2026-MDY-GAJ de fecha 27 de marzo de 2026; y demás antecedentes;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular y disfrutan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia”; la autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades radica en la facultad para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, con la finalidad de administrar los servicios públicos y su organización interna, entre otros;
Que, en el numeral 1) del art. 195° de la Constitución Política del Perú, establece: “Artículo 195.- Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. (…)
Que, en el art. VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece: “los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio”;
Que, en el numeral 1.1) del art. IV del Título Preliminar del TUO de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado con el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece: “1.1. Principio de legalidad: Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y el derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas”;
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil;
Que, es menester mencionar que en el literal j) del art. IV del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece: “Artículo IV.- Definiciones (…) j) Titular de la entidad: Para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente.”
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 139-2023-MDY-ALC de fecha 24 de abril del 2023, resuelve en su Artículo Tercero: DISPONER a quien corresponda realizar las acciones administrativas para la actualización de los instrumentos de gestión municipal: MCC (…);
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 191-2025-MDY-ALC de fecha 16 de octubre de 2026, resuelve en su Artículo Segundo: APROBAR el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, el cual contiene 230 cargos estructurales, y consta en un numero de 285 folios, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución (…);
Que, mediante Informe Técnico N° 71-2026-MDY-GAF-SGGRH de fecha 23 de marzo de 2026, la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos concluye en su numeral 4.2 lo siguiente “Asimismo, se ha identificado que los cargos estructurales contenidos en el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) aprobado fueron formulados en base al CAP Provisional 2017, instrumento que, si bien fue válido para una etapa transitoria, no refleja la estructura organizacional actual ni se encuentra alineado con los criterios técnicos actualizados de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR”. Asimismo, en su numeral 4.3 manifiesta, “En ese contexto, la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) en los términos actuales no se ajusta plenamente al marco normativo vigente ni garantiza la coherencia técnico jurídica de los instrumentos de gestión institucional”.
Que, mediante Proveído N° 513-2026-MDY-GAF de fecha 26 de marzo de 2026, la Gerencia de Administración y Finanzas remite a Gerencia Municipal, la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, para que por medio de su despacho se derive a la Gerencia de Asesoría Jurídica para el análisis correspondiente, ello a efectos de continuar con el procedimiento administrativo y su posible aprobación mediante acto resolutivo;
Que, mediante Proveído N° 066-2026-MDY-GAJ de fecha 26 de marzo de 2026, la Gerencia de Asesoría Jurídica remite a Gerencia Municipal, del estudio de dicho trámite, se advierte que NO cuenta con pronunciamiento u opinión de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones, según lo estipulado en el numeral 4) del art. 53° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha - ROF, en la cual señala: “Emitir opinión técnica respecto a los documentos de gestión de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha”;
Que, mediante Informe N° 070-2026-MDY-GPPMI-SGP de fecha 26 de marzo de 2026, la Sub Gerencia de Planeamiento, concluye: de la revisión técnica efectuada SE EMITE OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC);
Que, mediante Informe N° 224-2026-MDY-GPPMI de fecha 26 de marzo de 2026, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones remite a Gerencia Municipal, opinión técnica favorable para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC), al encontrarse alineado con la normativa vigente, la estructura organizacional y los objetivos de modernización institucional;
Que, cabe señalar que la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos, como órgano responsable del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en la Entidad, ejerce las facultades previstas en el artículo 3° del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias. Dicho artículo señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos, y, b) Administración de puestos, que determina lineamientos de diseño de puestos y administración de puestos los cuales contribuyen a la elaboración del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) incluido en el documento de gestión CORREGIDO y AJUSTADO plenamente al marco normativo vigente, garantizando la coherencia técnico jurídica conforme a la norma modificada mediante Decreto Supremo N° 145-2025-PCM (publicado el 23 de diciembre de 2025) - Ley N° 31419 “disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción”;
Que, asimismo mediante Resolución de Alcaldía N° 191-2025-MDY-ALC de fecha 16 de octubre de 2025, se APRUEBA el manual de clasificador de cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, formulado y adecuado con lo dispuesto en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de personal provisional” aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; así como lo enmarcado en la Ley N° 31419 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM: asimismo, resulta pertinente precisar que durante el año 2025 la Ley N° 31419 fue objeto de modificaciones mediante Ley N° 32507, cuyo desarrollo reglamentario se efectuó a través del Decreto Legislativo N° 145-2025-PCM, incorporando disposiciones orientadas a fortalecer los criterios de idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción.
Que, en ese sentido el literal c) del numeral 5 Disposiciones Generales, de la Directiva N° 006-2021- SERVIR-GDSRH, refiere que, el Manual de Clasificador de Cargos es un documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad. Por lo que, el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) es un documento de gestión clave. Por lo que, cabe precisar que la anterior aprobación del MCC (Resolución de Alcaldía N° 191-2025-MDY-ALC) fue realizada sin considerar plenamente el marco normativo de idoneidad actualizado mediante Decreto Supremo N° 145-2025-PCM, publicado el 23 de diciembre de 2025, que modifica el Reglamento de la Ley N° 31419;
Sin embargo, es pertinente señalar que, en el referido decreto supremo en su Segunda Disposición Complementaria Final, literal b), otorga a las entidades públicas del Gobierno Regional y Local un plazo de hasta doce (12) meses contados desde el día siguiente de su publicación (23 de diciembre de 2025) para culminar la adecuación de sus instrumentos de gestión. En ese contexto, la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, al pretender aprobar la nueva propuesta de MCC en la presente fecha (marzo 2026), se encuentra actuando dentro del plazo de adecuación legalmente conferido, demostrando diligencia para garantizar el alineamiento técnico-jurídico con la nueva norma de idoneidad;
En concordancia a los antes referido la Sub Gerencia de Gestión de Recurso Humanos mediante Informe Técnico N° 71-2026-MDY-GAF-SGGRH de fecha 23 de marzo de 2026, en sus conclusiones manifiesta en el numeral 4.1: “Que, la vigencia de una norma modificatoria implica que los actos administrativos deben emitirse con base en el marco normativo vigente al momento de su expedición, conforme al artículo 3 de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual establece como requisito de validez de todo acto administrativo su conformidad con el ordenamiento jurídico vigente; asimismo, en el numeral 4.2, establece: “Asimismo, se ha identificado que los cargos estructurales contenidos en el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) aprobado fueron formulados en base al CAP Provisional 2017, instrumento que, si bien fue válido para una etapa transitoria, no refleja la estructura organizacional actual ni se encuentra alineado con los criterios técnicos actualizados de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR”. Cabe precisar que en el numeral 3.14 del mencionado Informe Técnico señalan: que el Manual de Clasificadores de Cargos (MCC) aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 191-2025-MDY-ALC que se pretende dejar sin efecto contemplaba 230 cargos estructurales. En merito a ello, precisan en su numeral 3.18 (…) SE HA ELABORADO UNA NUEVA PROPUESTA de Manual de Clasificador de Cargos elaborado por la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos en la cual se prevé 237 cargos estructurales; refiriendo en el numeral 3.19 que los cargos estructurales fueron establecidos en base a la necesidad de dar cumplimiento a las resoluciones judiciales emitidas en el marco de procesos seguidos contra la entidad, las cuales tienen autoridad de cosa juzgada conforme al artículo 139 inciso 2 de la Constitución Política del Perú, y, por tanto, resultan obligatorias e inexcusables para la administración considerarlas;
Por lo manifestado, es importante destacar que la actuación de la administración municipal se rige por el Principio de Legalidad, consagrado en el Numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual establece que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y el derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas. En este sentido, la emisión y/o modificación de los instrumentos de gestión, como el Manual de Clasificador de Cargos (MCC), debe garantizar la plena sujeción al ordenamiento jurídico vigente, incluyendo los criterios técnicos y las modificaciones normativas emanadas por el ente rector (SERVIR), así como el cumplimiento inexcusable de las Resoluciones Judiciales firmes que posean autoridad de cosa juzgada, conforme al Artículo 139° inciso 2 de la Constitución Política del Perú;
Cabe precisar que, con Informe N° 070-2026-MDY-GPPMI-SGP de fecha 26 de marzo de 2026, la Sub Gerencia de Planeamiento emitió su Opinión Técnica Favorable respecto a la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha. Dicho informe concluye lo siguiente: Se determina que el MCC propuesto se encuentra alineado a la estructura organizacional vigente, al proceso de modernización institucional, a la Normativa del Sistema Administrativo de Recursos Humanos y a las necesidades de fortalecimiento institucional; y, En virtud de lo anterior, se recomienda continuar con el trámite correspondiente para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, conforme a la normativa vigente.
Por lo manifestado, se ha determinado que la propuesta inicial, basada en el CAP Provisional 2017, no reflejaba la estructura organizacional actual ni las necesidades institucionales. La nueva propuesta de MCC, que incrementa los cargos estructurales de 151 a 237, responde a la necesidad de optimizar la estructura funcional de la Entidad y, crucialmente, de dar estricto cumplimiento a las resoluciones judiciales firmes que gozan de la autoridad de cosa juzgada, cuya ejecución es obligatoria para la Administración, priorizando el respeto al ordenamiento constitucional;
En mérito a estos fundamentos, resulta imprescindible dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 191-2025-MDY-ALC, para proceder con la aprobación de la nueva propuesta del MCC, garantizando así la plena legalidad, el rigor técnico y el cumplimiento de las obligaciones judiciales de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha.
Que, mediante Informe Legal N° 202-2026-MDY-GAJ de fecha 27 de marzo de 2026, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina: DECLARAR VIABLE dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 191-2025-MDY-ALC; y, en mérito a que la nueva propuesta del MCC cumple con las exigencias normativas y cuenta con el informe técnico favorable, procede la APROBACIÓN del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, a fin de optimizar la gestión de recursos humanos y formalizar la estructura de puestos de la entidad;
Que, de conformidad con el punto 5.2.2 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, que faculta al Titular de la Entidad a aprobar el MCC, y en concordancia con el literal j) del art. IV del Decreto Legislativo N° 040-2014-PCM - Aprueban Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, el Gerente Municipal es la máxima autoridad administrativa. Dado que la Resolución de Alcaldía N° 191-2025-MDY-ALC (acto que se pretende dejar sin efecto) fue emitida por el Alcalde, le corresponde al Gerente Municipal, mediante Resolución de Gerencia, dejarla sin efecto y, a su vez, aprobar la nueva propuesta del Manual de Clasificador de Cargos (MCC).
Que, en mérito al principio de segregación de funciones, por el cual los servidores y funcionarios públicos responden por la función que ejercen, debiéndose delimitar la responsabilidad del Titular de la Entidad y Gerente Municipal, en la verificación que el expediente cuente con el sustento técnico conforme a ley, asimismo en virtud al principio de confianza el cual opera en el marco del principio de distribución de funciones y atribuciones (obligaciones), fundamentado en la actuación de un servidor o funcionario público conforme al deber estipulado por las normas, confiando a su vez que otros servidores actuaran reglamentariamente, operando así la presunción de que todo servidor actúa bajo el cabal cumplimiento de sus funciones;
Que, estando a las consideraciones expuestas y en mérito a la Resolución de Alcaldía N° 028-2025-MDY de fecha 08 de enero del 2025, en conformidad a la Resolución de Alcaldía N° 204-2025-MDY, de fecha 24 de noviembre de 2025, la misma que delega las facultades administrativas y resolutivas propias del Despacho de Alcaldía a la Gerencia Municipal.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 191-2025-MDY-ALC de fecha 03 de enero de 2025, por las causales de inadecuación al marco normativo vigente (Decreto Supremo N° 145-2025-PCM) y la necesidad de optimizar la estructura de cargos en cumplimiento de las obligaciones legales y judiciales, siendo que la presente adecuación se enmarca dentro del plazo de doce (12) meses establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del referido Decreto Supremo, conforme a la motivación señalada en la parte considerativa del presente.
Artículo Segundo.- APROBAR el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, el cual contiene 237 cargos estructurales. Dicho documento, que consta de 263 folios, se adjunta como Anexo y forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones y demás unidades orgánicas de la entidad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General las diligencias correspondientes a fin de que la presente resolución sea publicado en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución y el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, en el Portal Web de esta Entidad Edil: https://www.gob.pe/muniyarinacocha.
Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archìvese.
WALTER ARMANDO MEDINA ALEGRIA
Gerente Municipal
2501442-1