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Fecha de publicación: 09/04/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Palca, Tacna y La Yarada - Los Palos de la provincia de Tacna del departamento de Tacna y en el distrito de Tarata de la provincia de Tarata del departamento de Tacna

Otorgan diploma duplicado de título profesional en pedagogía y humanidades; esp.: biología y química a egresada de la Universidad Nacional del Centro del Perú

UNIVERSIDAD NACIONAL

DEL CENTRO DEL PERÚ

secretaría general

RESOLUCIÓN Nº 1876-2026-CU-GYT/UNCP

Huancayo, 19 de marzo de 2026

Visto, el expediente de la ciudadana AMELIA YESENIA CHAVARRIA HUAYTA, solicita expedición de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL en PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; ESP.: BIOLOGÍA Y QUÍMICA, por pérdida. Cumple con los requisitos de acuerdo con la Directiva N° 001-2018-SG-UNCP.

CONSIDERANDO:

De conformidad a los artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país;

De conformidad al Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad;

De conformidad al Congreso a la Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;

De conformidad a la Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones N° 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;

De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma;

De conformidad a la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modificaciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos - SUNEDU”;

Que, doña AMELIA YESENIA CHAVARRIA HUAYTA, solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL en PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; ESP.: BIOLOGÍA Y QUÍMICA, por pérdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad.

De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 19 de marzo de 2026.

RESUELVE:

1º.- ANULAR el DIPLOMA PRIMIGENIO de TÍTULO PROFESIONAL en PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; ESP.: BIOLOGÍA Y QUÍMICA, de doña AMELIA YESENIA CHAVARRIA HUAYTA, de fecha primigenio 10.03.2000, por motivo de pérdida.

2º.- OTORGAR el DIPLOMA DUPLICADO DE TÍTULO PROFESIONAL en PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; ESP.: BIOLOGÍA Y QUÍMICA, a doña AMELIA YESENIA CHAVARRIA HUAYTA.

3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad de Educación.

Regístrese, comuníquese y cúmplase,

CESAR PAUL ORTIZ JAHN

Rector

JOHANI ORIHUELA OSORIO

Secretaria General

2501161-1