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Fecha de publicación: 10/04/2026
Designan Jefe de la Oficina General de Tecnología de la Información

Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento para la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Junín

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL

N° 429-2026-GRJ/CR

VISTO:

Dictamen N° 003-2026-GRJ-CPPPATyDI, de fecha 16.03.2026.

POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional N° 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias - Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley N° 28968, Ley N° 29053 y demás normas complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización estipula que los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, (…), así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas; concordante con el artículo 8° de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, establece que el Estado debe promover y establecer los mecanismos para lograr una adecuada democracia participativa de los ciudadanos;

Que, el numeral 3 de artículo 8° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estipula que la gestión del gobierno regional se rige por el principio de gestión moderna y rendición de cuentas. Y, el artículo 24°, dispone que el Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el período. Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;

Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, establece que la transparencia de la información es una iniciativa que permite el desarrollo de un gobierno abierto que promueve una relación horizontal entre el gobierno y la ciudadanía; Y, el V Plan de Acción de Gobierno Abierto, aprobado con Decreto Supremo N° 033-2023-PCM, señala la necesidad de apertura del Estado hacia las personas, con el fin de que las entidades públicas provean información a través de canales oportunos y accesibles, promuevan la participación de las personas en el ciclo de vida de las intervenciones públicas, gestionen efectivos mecanismos de rendición de cuentas, e instalen herramientas efectivas de prevención y lucha contra la corrupción;

Que, el literal g) del numeral 6.3 de la Directiva N° 016-2022-CG/PREVI “Rendición de Cuentas de Titulares y Transferencia de Gestión”, dispone que la exposición del informe de rendición de cuentas de titulares en las audiencias públicas es dirigida a los ciudadanos;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015 - 2024 - PCM/SD, se aprueba el instrumento técnico para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales, cuyo objeto es brindar pautas y orientaciones concretas que contribuyan a que los gobiernos regionales y locales desarrollen las audiencias públicas de rendición de cuentas, brindando información de calidad en base a sus planes de desarrollo concertado y objetivos de desarrollo sostenible, respetando la autonomía de los gobiernos descentralizados;

Que, la Comisión Permanente de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en reunión de Comisión, aprobó el Dictamen N° 003-2026-GRJ-CPPPATyDI, el cual después de un análisis y debate correspondiente en el Pleno del Consejo Regional, fue sometido a votación, contando con el voto UNÁNIME, y se aprobó la siguiente;

“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN”

Artículo Primero.- DEROGAR, en su integridad la Ordenanza Regional N° 382-2023-GRJ/CR, y toda norma de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente, la cual regulaba, el desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Junín.

Artículo Segundo.- APROBAR, el Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Junín y el Anexo N° 1, 2, y 3, que forma parte integrante del citado reglamento, el mismo que consta de ocho (08) títulos, y cuarenta y cinco (45) Artículos.

Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, y con todos sus anexos, en el portal institucional, (www.regionjunin.gob.pe) del Gobierno Regional Junín.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, para que, a través de la Secretaría General del Gobierno Regional de Junín, notifique la presente Ordenanza Regional, a las instancias correspondientes en coordinación de la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Planeamiento del Pliego del Gobierno Regional de Junín, para su conocimiento y cumplimiento.

Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Junín a los 17 días del mes de marzo del año 2026.

LUIS FERNANDO MORALES NIEVA

Presidente del Consejo Regional de Junín

Por lo tanto:

Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase.

Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 23 días del mes de marzo del 2026.

ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE

Gobernador Regional

2501159-1