Otorgan a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales, en el “SER Fotovoltaica para los Distritos de Chulucanas y La Matanza en Provincia de Morropón, perteneciente al Departamento de Piura”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0028-2026-MINEM/DGE
Lima, 17 de marzo de 2026
VISTOS: El Expediente Nº 65428325, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “SER Fotovoltaica para los Distritos de Chulucanas y La Matanza en Provincia de Morropón, perteneciente al Departamento de Piura”, (en adelante, la OBRA), presentada por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. (en adelante, ENOSA) y el Informe Nº 218-2026-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante cartas ENOSA-D-1202-2024 con Registro Nº 3884045, de fecha 19 de diciembre de 2024, complementada con cartas ENOSA-D-0903-2025, ENOSA-D-1277-2025, y ENOSA-D-0074-2026, con Registros Nº 4118905, Nº 4177570, y Nº 4211564, ENOSA solicita el otorgamiento de la CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la OBRA. lo que ha permitido el acceso al servicio básico de electricidad a 749 viviendas, distribuidas en 20 localidades, cuyas coordenadas UTM WGS84 figuran en el Expediente;
Que, ENOSA ha presentado copia de la Resolución Directoral Nº 088-2013/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR, de fecha 03 de mayo de 2013, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), de la OBRA; respecto al otorgamiento de Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), ENOSA ha presentado la Resolución Directoral Nº 0151-2025-MINEM/DGE, de fecha 14 de agosto de 2025, conforme al Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM;
Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 218-2026-MINEM/DGE-DCE;
Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales, en el “SER Fotovoltaica para los Distritos de Chulucanas y La Matanza en Provincia de Morropón, perteneciente al Departamento de Piura”, lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 749 viviendas distribuidas en 20 localidades, en los términos y condiciones de la presente Resolución Directoral y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las coordenadas WGS-84, donde se ubican referencialmente los sistemas fotovoltaicos domiciliarios o usuarios, que obran en el expediente presentado, en conformidad con la cantidad que se indica en el cuadro siguiente:
|
Nº |
Localidad |
Viviendas |
Distrito |
Provincia |
Región |
Zona |
|
1 |
Alto El Gallo |
80 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
2 |
La Ancajima |
54 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
3 |
km 34 Sr. Cautivo |
59 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
4 |
km 41 San José |
50 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
5 |
Monte Azul |
43 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
6 |
Vega Honda |
41 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
7 |
Santiaguero |
34 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
8 |
Cruz Blanca |
39 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
9 |
Villa San Pedro |
18 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
10 |
San Elisa km 41 |
33 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
11 |
Santa Rosa km 32 |
34 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
12 |
Santa Cruz km 48 |
23 |
Chulucanas |
Morropón |
Piura |
17S |
|
13 |
Ternique |
58 |
La Matanza |
Morropón |
Piura |
17S |
|
14 |
Tierras Duras del Virrey |
52 |
La Matanza |
Morropón |
Piura |
17S |
|
15 |
Pampa de los Silva |
34 |
La Matanza |
Morropón |
Piura |
17S |
|
16 |
San Jacinto |
22 |
La Matanza |
Morropón |
Piura |
17S |
|
17 |
Nuevo Porvenir |
21 |
La Matanza |
Morropón |
Piura |
17S |
|
18 |
Hualtaco |
18 |
La Matanza |
Morropón |
Piura |
17S |
|
19 |
Colpas |
26 |
La Matanza |
Morropón |
Piura |
17S |
|
20 |
Barrios Altos I y II |
10 |
La Matanza |
Morropón |
Piura |
17S |
|
TOTAL |
749 |
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Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 196-2025 a suscribirse con Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. el que consta de 18 Cláusulas y 03 Anexos.
Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 196-2025 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.
Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 196-2025, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A., dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ADRIAN ZAPATA SERNAQUÉ
Director General
Dirección General de Electricidad
2500785-1