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Fecha de publicación: 08/04/2026
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30254, Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes, aprobado por el Decreto Supremo N° 093-2019-PCM, y su exposición de motivos

Otorgan a favor de la Empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la zona comprendida en la obra “Creación de la Línea de Mediana y Baja Tensión en los Centros Poblados de la Quebrada de Julquillas del Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros – Departamento de Ancash”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 0033-2026-MINEM/DGE

Lima, 20 de marzo de 2026

VISTOS: El Expediente Nº 65420225 sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra “Creación de la Línea de Mediana y Baja Tensión en los Centros Poblados de la Quebrada de Julquillas del Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros – Departamento de Ancash” (en adelante, LA OBRA), presentada por la Empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. (en adelante, TOPELEC); y, el Informe Nº 224-2026-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección de Concesiones Eléctricas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con Registro Nº 3960438 (MPD), de fecha 28 de marzo de 2025, TOPELEC solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en LA OBRA, que comprende al Valle de Julquillas, conformada por la localidad de Julquillas y tres conjuntos de cargas especiales de uso productivo con fines agrícolas, con una población total de 201 habitantes, 60 abonados domésticos, 07 cargas de uso general y 09 cargas de uso productivo, haciendo un total de 76 abonados, cuyas coordenadas UTM WGS84, zona 18L, figuran en el Expediente;

Que, TOPELEC ha presentado copia de la Resolución Directoral Nº 0095-2022-MINEM-DGE la cual otorga la Calificación como Sistema Eléctrico Rural a las instalaciones eléctricas conformantes de LA OBRA, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM;

Que, LA OBRA no se encuentra dentro de un Área Natural Protegida de Administración Nacional, una Zona de Amortiguamiento, un Área de Conservación Regional, un sitio Ramsar o un Ecosistema Frágil o Hábitat Crítico reconocido por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, configurándose así uno de los supuestos de exclusión previstos en el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1652, por lo que no se requiere de la obtención de la certificación ambiental;

Que, según el Informe de Vistos, la Dirección de Concesiones Eléctricas, en el marco de sus competencias, ha verificado que TOPELEC ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, y los artículos 48 al 52 de su Reglamento, por lo que recomienda otorgar la Concesión Eléctrica Rural para LA OBRA, a favor de TOPELEC;

De conformidad con lo dispuesto en el la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2020-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la zona comprendida en LA OBRA “Creación de la Línea de Mediana y Baja Tensión en los Centros Poblados de la Quebrada de Julquillas del Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros – Departamento de Ancash”, en los términos y condiciones establecidos en la presente Resolución Directoral y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las coordenadas UTM WGS84, zona 18L, conforme a las especificaciones obrantes en el Expediente.

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200-2026 a suscribirse con la Empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C., el cual consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos.

Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200-2026 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200-2026 referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a la Empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ADRIAN ZAPATA SERNAQUÉ

Director General

Dirección General de Electricidad

2500764-1