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Fecha de publicación: 30/03/2026
Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta de Economía Circular en el Sector Turismo al 2030

Prorrogan plazo de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2026, así como el plazo de vencimiento para el pago de la primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2026

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 03-2026/MDSMP

San Martín de Porres, 23 de marzo de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN MARTÍN DE PORRES

VISTOS: El Informe N° 124-2026-SGRTYCD/GAT/MDSMP de fecha 16 de marzo de 2026 emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, Informe N° 012-2026-GAT-MDSMP de fecha 17 de marzo de 2026 de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 124-2026-OGAJ/MDSMP de fecha 20 de marzo de 2026 emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorandum N° 251-2026-MDSMP/GM de fecha 23 de marzo de 2026 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;

Que, mediante Ordenanza N° 584/MDSMP publicada en el diario Oficial El Peruano con fecha 13 de diciembre de 2025, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2026, estableciéndose el calendario de vencimiento correspondiente y facultándose al alcalde en la Tercera Disposición Final a dictar medidas complementarias y reglamentarias, incluyendo la prórroga de las fechas de vencimiento;

Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 01-2026/MDSMP de fecha 20 de febrero de 2026, se dispuso prorrogar el vencimiento de la primera cuota de los arbitrios municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2026 así como el vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del impuesto predial correspondiente al mismo ejercicio fiscal, hasta el último día hábil del mes de marzo de 2026;

Que, mediante Informe N° 124-2026-SGRTYCD/GAT/MDSMP de fecha 16 de marzo de 2026, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, considera pertinente ampliar el plazo de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2026, así como el plazo de vencimiento para el pago de la primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2026, extendiendo dicho plazo hasta el 30 de abril de 2026;

Que, mediante el Informe N° 012-2026-GAT-MDSMP de fecha 17 de marzo de 2026, la Gerencia de Administración Tributaria hace suyo el Informe N°124-2026-SGRTYCD/GAT/MDSMP de la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 124-2026-OGAJ/MDSMP de fecha 20 de marzo de 2026, señala que resulta procedente aprobar la prórroga de la Ordenanza N° 584/MDSMP mediante el cual se regula el régimen tributario de los arbitrios municipales de barrido de calles recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2026, como del impuesto predial hasta el último día hábil del mes de abril de 2026;

Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 251-2026-MDSMP/GM de fecha 23 de marzo de 2026, corre traslado de los actuados a la Secretaría General, con la finalidad de que en el marco de sus competencias se sirva emitir el acto administrativo que corresponda;

En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de abril de 2026 el plazo de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2026, así como el plazo de vencimiento para el pago de la primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2026, cuyo vencimiento fue previamente prorrogado hasta el último día hábil del mes de marzo de 2026 mediante Decreto de Alcaldía N° 01-2026/MDSMP.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres
(www.gob.pe/munisanmartindeporres).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA

Alcalde

2500096-1